Cinco puntos para entender el trabajo en las cárceles
La Cámara Nacional de Casación Penal, el máximo tribunal penal del país, resolvió que una persona detenida que trabaja debe tener todos los derechos que establece la Ley de Contrato de Trabajo, y estos incluyen el aguinaldo y las vacaciones. Además, intimó a que se elabore un régimen laboral para las personas presas, que tenga en cuenta las especificidades de la privación de libertad. Cinco puntos para entender cómo se organiza el trabajo en las cárceles.
1. Los presos tienen derecho a trabajar y a recibir una remuneración.
“El trabajo constituye un derecho y un deber del interno”, establece la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena, que determina también que éste debe ser remunerado.
El 30% del salario debe ser depositado en un fondo de reserva, que se le entrega al preso al momento de salir de la cárcel. “En lugar de darles cuentas individuales, en general hay una sola cuenta en la que se deposita todo y luego se le da un cheque a cada persona cuando sale. Aunque también pasa mucho que los presos piden que esos fondos se le entreguen a su familia durante el tiempo que están encarcelados”, explicó Natalia Recalde, psicóloga que trabajó en la Dirección Nacional de Readaptación Social del Sistema Penitenciario Federal.
La normativa también preveía que el 25% fuese a “costear los gastos que causare en el establecimiento”, pero la Corte Suprema de Justicia de la Nación lo declaró inconstitucional, puesto que, sostuvo, el Estado debe hacerse cargo del mantenimiento de la persona detenida, por lo que esta suma no debe sustraerse.
Los presos no tienen aún derecho al seguro de desempleo, aunque desde el sindicato que los nuclea, Sindicato Único de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (Sutpla), aseguraron que es uno de los reclamos que mantienen
2. Sólo trabaja el 40% de los presos.
A pesar de que es un derecho, hoy sólo el 39,5% de los presos tiene un trabajo. Esta proporción es mayor en las cárceles federales, donde llega al 75 por ciento.
De todos los presos del país, sólo el 18% trabaja entre 30 y 40 horas semanales, algo que el fallo de la Cámara de Casación señaló como contexto de su decisión. Esto quiere decir que el otro 82% no llega a tener un empleo a tiempo completo, por lo que no cobra el salario mínimo vigente de $4.400 brutos (ver los datos).
3. Ganan $22 por hora.
El salario por hora de los presos es el mismo que de las personas en libertad: es el que fija el Consejo para el Salario Mínimo y desde septiembre de 2014 es de $22.
La Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) advierte, sin embargo, que muchas veces no se computa el total de horas trabajadas, por lo que no se les paga lo que corresponde. “Los detenidos cobran, en definitiva, según la cantidad de horas que la autoridad penitenciaria sostiene que han trabajado. No existe ningún tipo de instancia donde rebatir esa decisión”, y agregó que “nada impide que un detenido sea afectado a trabajo y, sin importar la cantidad de días y horas que ponga su fuerza de trabajo a disposición, se le reconozcan una cantidad de horas mucho menor”.
4. Trabajan dentro de la cárcel en distintos oficios.
Los trabajos remunerados se dividen en distintas categorías según su fin, explica la PPN. Algunos son trabajos para el funcionamiento de las propias cárceles, otros son talleres productivos gestionados por el sistema penitenciario, y otros son actividades en las que participan empresas privadas.
En todos los casos es el Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario (Encope) el que coordina y contrata a los trabajadores, y en el caso de las empresas privadas, éstas “se limitan a entregar la materia prima y retirar la mercadería, abonando como contraprestación la suma fija previamente pactada al Ente Cooperador, independientemente de la cantidad de trabajadores que hayan sido empleados para la tarea”.
“La mayoría trabaja en talleres de mueblería, zapaterías o ropa para los penitenciarios, muebles para escuelas y peluches”, son algunos de los rubros que enumeró Recalde.
5. La mayoría trabajaba antes de estar preso.
Un estudio que hizo el Centro de Estudio Latinoamericano sobre Inseguridad y Violencia (CELIV), de la Universidad de Tres de Febrero, en base a una encuesta realizada a detenidos en las cárceles federales y bonaerenses, concluyó que “el 71% de los condenados se encontraba trabajando antes de ser detenidos. Sin embargo, dichos trabajos eran en general de una baja calidad económico-ocupacional”. Y detalla que de éstos el 33% trabajaba de manera autónoma, el 32% como empleado de una empresa privada y el 21% como albañil u obrero en una fábrica, entre otros.
Entre los desocupados durante el mes anterior a su detención, la mayoría lo estaba porque se dedicaba a un trabajo ilegal (el 35%).
Fecha de publicación original: 05/12/2014
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