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Cómo emplea el Estado: datos y definiciones sobre planta permanente, contratados y monotributistas

Luego de la asunción de Mauricio Macri y la serie de despidos anunciados en diferentes dependencias públicas, se volvió a discutir sobre las formas de contratación del Estado. Un repaso de la situación de los trabajadores públicos.

El Estado, a nivel nacional, tiene diferentes maneras de contratar personal, de acuerdo a lo establecido en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional. Algunas de ellas son: el régimen de estabilidad, de contrataciones por tiempo determinado y de prestación de servicios al personal de gabinete de las autoridades superiores.

En la práctica existen otras figuras, aunque no están en esta ley, como los monotributistas. Gonzalo Dieguez, director del Programa de Gestión Pública de Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), explicó a Chequeado que la Ley Marco funciona sólo para la administración central, pero que para los entes descentralizados funcionan más de 50 reglamentaciones. “Los regímenes laborales dentro del Estado son muy heterogéneos, hay diferentes criterios. Depende de cada organismo y de la naturaleza jurídica de cada programa o contrato”, comentó.

La norma debería ser la contratación en el régimen de estabilidad, es decir de planta permanente. Las contrataciones por tiempo determinado o en planta transitoria sólo pueden representar un porcentaje de los empleados que es fijado por el convenio colectivo. Hoy el convenio vigente es el de 2006, que establece en un 15% la proporción personal transitorio sobre el total de trabajadores permanentes.

Existen diferentes figuras entre quienes no son empleados permanentes. Una de ella es la de empleado en planta transitoria. Estos trabajadores son empleados estatales y forman parte de un convenio colectivo de trabajo, por lo que gozan de vacaciones, paritarias y aportes sociales. Si bien la ley impone que su trabajo deberá enfocarse en proyectos específicos y de tiempo limitado, en la práctica suelen desempeñarse muchas veces en tareas permanentes.

Por otra parte, existen los llamados “contratados”. Se trata de empleados “por tiempo determinado” que deben renegociar su situación periódicamente. Una de las diferencias de los contratados es que no pueden concursar por cargos, por lo que no pueden llevar adelante una carrera administrativa. Sin embargo, la mayor peculiaridad de su régimen es que no forman parte de un convenio laboral, por lo que, si bien en la práctica la mayoría termina negociando sus vacaciones, no tienen derechos a paritarias ni el Estado le realiza sus aportes sociales.

De acuerdo a datos oficiales publicados en el Boletín Fiscal del segundo trimestre de 2015, el 19% de los trabajadores del Poder Ejecutivo Nacional estaban como “contratados”. En algunas dependencias, como el Ministerio de Trabajo, los contratados llegan a ser el 74% del total de empleados. Es decir que hay casi tres veces más contratados que trabajadores permanentes, una proporción que está muy por encima del 15% del convenio colectivo.

Según un informe de jefatura de Gabinete que analizó la situación contractual de las jurisdicciones ministeriales y entidades descentralizadas, por lo que cubre más entes que el Boletín Fiscal, en el segundo semestre del 2014 el 69,7% trabajaba en planta permanente (238.697 empleados), mientras que el 8,4% lo hacía en planta transitoria (28.604) y el 19% lo hacía con contratos bajo dependencia laboral a término fijo (65.000). Finalmente, sólo el otro 3 por ciento restante (10.013) eran los llamados monotributistas, o sea con contratos bajo locación de servicios personales, de obra u otras modalidades.

El abogado laboralista Julián de Diego, socio fundador del estudio De Diego & Asociados, aseguró a Chequeado que “todos los contratos que se firman con el Estado de parte de monotributistas o de trabajadores autónomos para cubrir tareas de forma permanente, son en fraude de la ley”.

Según este informe de Cippec, en el segundo trimestre del 2015, el 28% del personal de la administración pública nacional era contratado, mientras que el 72% era parte de la planta permanente o transitoria.

“Todos los fallos que hay en contra del Estado dicen que los contratos deben tener un objeto con un plazo fijo, como puede ser un proyecto determinado. Si el trabajador va a cumplir tareas comunes del día a día, el plazo no es fijo, por lo que la persona debería ser contratada en tiempo indeterminado”, explicó de Diego.

El especialista afirmó que estos procesos se utilizan para eludir la cantidad de empleados que se puede tener en una repartición. “Cuando se exceden esos números, se contrata a un monotributista, pero eso está por fuera de la ley”, sostuvo.

En los últimos años el empleo bajo la figura de contrataciones aumentó más que la planta permanente. Entre 2003 y 2012 el empleo público se incrementó un 71 por ciento, de acuerdo a este otro estudio “Evolución y distribución del empleo público en el sector público nacional argentino. Una primera aproximación” de Cippec. Pero mientras los empleados de planta permanente crecieron un 43%, los contratados lo hicieron en un 224 por ciento. Así, la participación de los trabajadores contratados pasó de representar el 15% del total de los empleados públicos en el 2003 al 30% en 2012.

Las diferencias en la situación laboral implican también diferencias salariales. Según los datos de Cippec, el salario promedio de un empleado en planta transitoria en 2012 era el 70% del promedio de aquel empleado como planta permanente, mientras que la remuneración promedio de los contratados significaban un 63% del trabajador con estabilidad.

La precarización laboral en el Estado es un flagelo que se da en todo nivel. Desde el punto de vista de la administración pública, esto es conveniente por el hecho de permitir una mayor flexibilidad a la hora de achicar el gasto público y disminuir la incidencia de los salarios en el presupuesto destinado al funcionamiento del Estado. A su vez, genera disciplinamiento ante el temor del despido”, consideró Hernán Izurieta, delegado general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en el Ministerio de Trabajo en este chequeo.

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Comentarios

  • Melisa23 de mayo de 2023 a las 10:36 pmHola yo soy becaria del ministerio de salud. Tenemos renovación de contratos cada 12 meses. Mí consulta es si soy MONOTRIBUTISTA o trabajo bajo relación de dependencia?
  • Mabel28 de septiembre de 2023 a las 7:54 pmMi hijo trabaja desde hace 7 años en el Registro Civil de CABA con contrato renovebla cada seis meses. tiene foja de servicio intachable. Es monotributista. No percibe aguinaldo, su sueldo es inferior a los demas y no goza de ningun beneficio ni puede estar afiliado a sindicato. Lo que percibe es un sueldo de indigente. Quisiera saber cuanto tiempo tiene que pasar para que lo pasen a planta permanente. Muchas gracias. Con las nuevas medidas del Ministerio de Economia el unico beneficio que obtuvo fue que pago $ 1.500. menos de monotributo. Ningun otro refuerzo de ningun tipo para el. Agradeceria respuesta y consejo. Gracias.
  • Juan7 de octubre de 2023 a las 11:47 pmHola, soy planta transitoria en un organismo descentralizado de la apn, si se hace concuerdo para planta permanente, me pueden bajar la letra, o sea si do B transito me pueden bajar a c permanente? Hace más de 11 años que estoy en esta situación de tránsitoriedad, gracias
  • fabiana ferreyra4 de noviembre de 2023 a las 4:16 pmHola soy tecnica y monotirbutista le facturo al miniterio de salud de la provincia de santa Fe hace 6 años , la precarizacion laboral es absoluta , hoy noviembre 2023 nos adeudan 4 facturas y hace años nos prometen el pase a planta , que posibilidad existe de hacer un juicio en esta situacion para que abonen los haberes adeudados.
  • Luis1 de febrero de 2024 a las 9:57 amHola soy Luis trabajo en IOMA desde hace 4 años como monotributistas hace un par de meses nos pasaron a ser "privados" y los otros años nada...se podrá hacer algo al respecto. Somos alrededor de 180 compañeros.
  • Paula26 de febrero de 2024 a las 1:34 pmHola, soy monotributista de manera continua (sin nunca dejar de facturar) en un hospital público de la provincia de Santa Fe, entré en el 2015, llevo 9 años facturando y con renovación de contrato cada 6 meses. Nunca me han efectivizado a pesar de las promesas a pase a planta permanente. Estoy en condiciones de hacer un juicio al estado con posibilidad de ganarlo? O solo voy a perder tiempo y dinero?

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