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Esta nota tiene más de un año

¿La Corte Suprema ya había avalado el “2×1” como publicó Clarín?

“Más relato: con Cristina Kirchner, la Corte Suprema también había avalado el ‘2×1’ para un represor”, tituló el diario Clarín al referirse a un caso presuntamente similar al que resolvió la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que la semana última validó por mayoría la aplicación del cómputo del “2×1” para Luis Muiña, un condenado por crímenes de lesa humanidad. La nota buscaba desmentir una frase de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien había dicho en Twitter que este fallo no hubiera sido posible durante su gobierno.

El fallo mencionado por Clarín es “Simón, Antonio”, un jefe de Inteligencia del Departamento 123 de Paso de los Libres durante la dictadura, condenado por el juez federal Ariel Lijo en 2012 a 19 años de prisión por asociación ilícita, privación ilegal de la libertad y reducción a la servidumbre. Lijo validó el “2×1” y como Simón se encontraba detenido desde 2002 dispuso que ya había cumplido 17 de los 19 años, por lo que sólo le correspondía cumplir una condena de poco más de un año. La Sala II de la Cámara Federal lo confirmó.

El procurador fiscal ante la Corte Eduardo Casal pidió en su dictamen que no se aplicara el “2×1” y el máximo tribunal, en agosto de 2013, rechazó tratar el recurso amparándose en el artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial. ¿Qué quiere decir esto? Según este artículo, la Corte puede evitar expedirse en una causa “por falta de agravio federal suficiente” o cuando los planteos fueran “insustanciales o carentes de trascendencia”. Así, con la sola invocación de este artículo, la Corte evitó tratar el tema y, por omisión, dejó firme el fallo de la instancia anterior.

Esto no quiere decir que se hubiera expedido sobre la cuestión de fondo, como sí lo hizo en el caso “Muiña” porque fallos por artículo 280 como “Simón” no sientan precedentes. De hecho, pocos meses más tarde la Corte aplicó el mismo 280 para fallar en sentido contrario. Víctor Rei, condenado por apropiación de un hijo de desaparecidos durante la dictadura, pidió que se le aplique el criterio del “2×1”. Su pedido fue rechazado por el Tribunal Oral que lo condenó y por la Cámara de Casación Penal. Rei recurrió a la Corte, que rechazó el pedido apelando al artículo 280 y dejó firme los fallos anteriores, que no avalaron la aplicación del “2×1”.

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Comentarios

  • Guillermo12 de mayo de 2017 a las 10:46 amLa verdad que esta nota nos está tratando de idiotas. Si la CSJ RECHAZA el pedido del fiscal para QUE NO SE APLIQUE EL 2X1, ESTA DICIENDO QUE LO FALLADO ES VALIDO. Perdieron credito, muchachos de CHEQUEADO. No los vuelvo a leer nunca mas.
    • Martin13 de mayo de 2017 a las 11:07 amNo necesariamente. Rechaza evaluar el tema y expedirse, por lo que se mantiene el fallo anterior, sin sentar jurisprudencia.
      • Guillermo17 de mayo de 2017 a las 9:17 amNo sienta jurisprudencia pero en este caso puntual AVALA lo fallado porque no lo modifica.
  • Silvina12 de mayo de 2017 a las 10:48 am¿Con qué criterio eligen poner o no los "FALSO" o "VERDADERO" en las notas? En un tema que es tan sensible y que ayudaría a los lectores a entender mejor la discusión y los intereses que hay detrás. Chequeado pierde credibilidad al no identificar las notas con V o F como lo hacen siempre, es una lástima.
  • Carlos12 de mayo de 2017 a las 11:21 amPoco interesante lo despreciable y lo que debió ser el foco de discusión es que un ex presidente declare que en su gobierno la corte nunca hubiera dado dictamen en favor o en contra de algo. Admitir eso sería que durante esa gestión la República dejó de existir como tal
  • sarasa12 de mayo de 2017 a las 12:06 pmPongan FALSO, muchachos... FALSO
  • PABLO JAVIER RODRIGUEZ12 de mayo de 2017 a las 5:24 pmEs falso, pero el represor SIMON Antonio, le dieron el 2x1, ok fue una camara....Y? que se discute ? si Clarin, Nacion etc Mienten?
  • rene14 de mayo de 2017 a las 7:59 pmHubiese estado bueno chequear el cerebro de una ex presidente que dice con naturalidad "en mi gobierno no hubiese habido una resolución así de la corte". En un asunto sobre el que se debate el grado de institucionalidad y criterio democrático, no estaría mal ASEGURAR que un declaración de tal calibre es de un orden autoritario sin disimulo

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