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Por qué la Corte descalificó la ley de subrogancias

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró por unanimidad la inconstitucionalidad de la Ley 27.145. La norma, sancionada en junio de este año, establecía un régimen para la designación de jueces subrogantes. Para la Corte, el nuevo reglamento habilitaba al Consejo de la Magistratura a designar conjueces y secretarios judiciales que no cumplen con los requisitos establecidos por la Constitución Nacional para ser jueces; no fijaba criterios objetivos de preferencia de un integrante de esta lista sobre otro y permitía la designación de subrogantes por mayoría simple de los miembros del Consejo, en desmedro de los dos tercios que la Constitución exige para las ternas de jueces titulares.

Además, para situaciones especiales, la ley habilita al Consejo a nombrar subrogantes prescindiendo del Poder Ejecutivo Nacional y del Senado, como establece la Constitución para los jueces titulares. El fallo sostiene que esto contradice la jurisprudencia aplicada por la Corte en el precedente “Rosza”, que destaca la necesaria participación de los tres poderes del Estado a la hora de designar un subrogante.

La causa en la que se expresó el máximo tribunal, sin embargo, aludía al caso de Laureano Durán, juez federal subrogante de La Plata, cuya designación, anterior a la mencionada ley, se produjo bajo el reglamento establecido por la Resolución 8/2014 del Consejo de la Magistratura. La Corte declaró inconstitucional el artículo 7 de este reglamento, que habilitaba a secretarios judiciales a desempeñarse como subrogantes (Durán era secretario de la Cámara Federal de La Plata cuando lo nombraron), además de invalidar la ley de subrogantes vigente.

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