CORRECTOR
«Hecho» es de hacer. «Yo lo he hecho». «Echo» es de echar. «Yo lo echo del trabajo»; «Lo echó, le sacó la roja». «Hechar» no existe.
Contracciones AL (a+el) y DEL (de+el) se rompen cuando chocan con un nombre propio que comienza con EL. Voy a El Cairo; Soy de El Salvador.
Condicional «si»: «Si lo hubiera/hubiese sabido, te lo habría/hubiera/hubiese dicho» (correcto). «Si lo habría (incorrecto) sabido».
El diario económico "El Cronista Comercial" presenta hoy un error importante en el destacado de tapa. En el título principal, donde dice "YPF vuelve ser" debería ser "YPF vuelve a ser". Ver tapa: http://kiosko.net/ar/np/ar_cronista.html
«Porqué» (sustantivo). Dime el porqué (motivo) de tu tristeza. Plural: porqués.
Buzon de los lectores
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nuestrascalificaciones
Verdadero El dato ha demostrado ser verdadero, al ser contrastado con las fuentes y datos mencionados más serios y confiables.
Verdadero + En el caso de afirmaciones apoyadas en datos numéricos, los encontrados no sólo ratifican sino que refuerzan lo expresado.
Verdadero, pero… El dato es estrictamente verdadero, pero se ha utilizado para reforzar una determinada intencionalidad.
discutible No es claro que el dato sea cierto o no. La conclusión depende de las variables con las que se lo analice.
Apresurado El dato podría ser verdadero, pero es resultado de una proyección y no de un dato objetivo de la realidad.
Exagerado El dato es real, pero se utiliza para reforzar la visión sobre un escenario que no es tal.
Engañoso El dato puede contener costados verdaderos, pero intencionalmente o no, ha sido manipulado para reforzar una afirmación concreta.
Insostenible El dato surge de investigaciones con falta de sustento o graves errores metodológicos, o resulta imposible de chequear.
Falso El dato ha demostrado ser falso, al ser contrastado con las fuentes y datos mencionados más serios y confiables. |
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Por Olivia Sohr
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Martes 06 de Septiembre de 2011 |

INSOSTENIBLE El diario afirmó que el 20% de la tierra productiva está en manos de extranjeros, pero no hay relevamientos oficiales sobre el tema.
La presidenta Cristina Fernández pidió, durante la presentación del Plan Estratégico Agropecuario, la pronta aprobación en el Congreso del proyecto de ley que presentó en abril, para limitar la compra de tierras por parte de extranjeros. El matutino Tiempo Argentino publicó hace algunas semanas una nota en la que expuso cifras sobre la tenencia extranjera de tierras. “Las tierras en manos extranjeras equivalen a la superficie de Italia”, tituló y el cuerpo de la nota profundizaba que representaría “casi el 20% del área productiva del país.” Las cifras sobre el tema, sin embargo, son sólo estimaciones, que varían mucho según la fuente que se utilice.
“Según la Federación Agraria, son 34 millones de hectáreas, la misma superficie que ocupa Italia entera, o las provincias de Tucumán, Córdoba, Catamarca y Jujuy sumadas”, publicó Tiempo Argentino. Las estimaciones de la Federación Agraria mencionan en realidad casi la mitad de esa cifra, entre 19 y 20 millones de hectáreas.
Otras fuentes estiman una superficie menor. El ministro de Agricultura, Julián Domínguez, por ejemplo, citó en su exposición frente a la comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados, un número calculado por el Ministerio de Agricultura. Según Domínguez, "registralmente, podemos acreditar que, a la fecha, siete millones de hectáreas están en manos de extranjeros o personas jurídicas de otras nacionalidades."
La Fundación Pensar, del PRO, por otro lado, publicó en su informe “Propiedad extranjera de la tierra. Datos, legislación y límites constitucionales”, que habría un mínimo de 5,8 millones de hectáreas. El cálculo surge “simplemente de sumar todas las propiedades que es de público conocimiento que son de propiedad extranjera”, y concluye que “sería necesario contar con datos de mayor confiabilidad.”
El mismo proyecto de ley reconoce que no existen cifras fiables sobre el tema, y por lo mismo crea un registro nacional de tierras rurales, dentro del Ministerio de Justicia. Prevé además un relevamiento para determinar la propiedad de las tierras en los 180 días que sigan a la aprobación del texto.
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