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FrasesFalso
La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

CFK: “Para los invisibles y los pobres no hay ni cautelares, ni inconstitucionalidades, ni nada”

Es que para los invisibles y los pobres no hay ni cautelares, ni inconstitucionalidades, ni nada”, dijo Cristina Fernández en un acto en el que presentó la llamada ley de régimen de empleadas domésticas, y agregó: “Por eso digo que es tan necesaria una reforma en la Justicia para que garantice verdaderamente los derechos de todos los ciudadanos, no sólo de aquellos solamente que tienen presión de lobby o que pueden tener la plata para juntarse, [o] contratar un buen estudio de abogados”. Cabe destacar que en los considerandos del texto original de la ley que regula las medidas cautelares no se hace mención a este asunto.

La Presidenta afirmó de esta manera que las medidas cautelares serían un mecanismo judicial sólo utilizado por los ciudadanos con recursos. Sin embargo, existen varios antecedentes de personas y grupos en situación de vulnerabilidad que demuestran lo contrario. Por otra parte, los especialistas consultados destacan que el problema no es la denegación de estas medidas para parte de la población, si no la falta de acceso a la Justicia, algo que la ley que obtuvo ayer media sanción del Senado no resuelve.

Hay miles de cautelares obtenidas por ciudadanos que ven violados sus derechos, en todas las jurisdicciones, en todos los fueros, desde el tribunal más básico de cualquier provincia hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”, recordó a Chequeado.com Gustavo Maurino, co-director de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).

Alguno de los antecedentes de personas en situación de vulnerabilidad que solicitaron y obtuvieron una medida cautelar son :

La Asociación Benghalensis y otras organizaciones no gubernamentales dedicadas a desarrollar actividades contra el SIDA promovieron a fines de los ’90 una acción de amparo para que los Ministerios de Salud y Acción Social de la Nación cumplieran con “la asistencia, tratamiento y rehabilitación de los enfermos”, de acuerdo a la Ley 23.798. Al mismo tiempo, presentaron una medida cautelar para que se garantizara el suministro de medicamentos. El juez de primera instancia les concedió la cautelar, y luego la Corte Suprema, en un fallo del año 2000, ratificó la sentencia.

La Corte también hizo lugar, en un fallo de 2006, a una medida cautelar presentada por Karina Rodríguez, beneficiaria de un plan de asistencia alimentaria interrumpido por las autoridades estatales. De esta manera, ordenó al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Quilmes que le proveyera a sus dos hijos “alimentos necesarios para asegurar una dieta que cubra las necesidades nutricionales básicas y se realicen controles sobre la evolución de su salud”.

– En 2007, el entonces defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, solicitó y obtuvo un fallo de la Corte con una medida cautelar para que el Estado Nacional y el Gobierno de la Provincia de Chaco garantizaran a la comunidad toba “las necesidades básicas de estos pobladores originarios”, para lo cual requería que se enviara personal para asistencia médica, medicamentos, alimentos y agua potable, entre otros requisitos.

No son los únicos casos. En un comunicado donde se analiza el proyecto de ley del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) sobre este tipo de medidas, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) informa que se solicitó este recurso judicial “para asegurar el acceso a la educación de migrantes, la definición de alternativas de vivienda de personas desalojadas, la suspensión de normas limitantes en forma inconstitucional de la libertad personal o la suspensión de actos administrativos de expulsión de migrantes”. Y, además, puntualiza el caso de la ESMA, “que podría haber sido derribada”; el PAMI, organismo que en los ’90 corrió el riesgo de ser privatizado, y “la suspensión de los efectos de la reforma del sistema de excarcelaciones bonaerense”.  

Cuando se dice que no hay cautelares para los pobres, en realidad habría que decir que lo que no hay es acceso a la Justicia. Lo que hace falta es un adecuado sistema de defensa pública para las personas de más bajos recursos”, explicó Maurino. El especialista agregó que “no hay recursos fácilmente disponibles que puedan utilizar, como el acceso a abogados, a información legal o a procedimientos baratos, rápidos y cercanos”.

Sosteniendo esta posición, el abogado de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y profesor de Derecho de la Universidad de San Andrés, Martín Böhmer, destacó que “existen gran cantidad de medidas para avanzar en el acercamiento de la Justicia a las clases desprotegidas, como las juntas vecinales, una Justicia móvil para las poblaciones lejanas u obligaciones para que los Colegios de Abogados faciliten sus servicios jurídicos”.

Sin acceso

El proyecto definitivo que obtuvo ayer media sanción del Senado incorporó finalmente dos modificaciones al texto original: una establece que los jueces o tribunales incompetentes podrán dictar cautelares contra el Estado “cuando se trate de sectores socialmente vulnerables (…) y se encuentre comprometida la vida digna, conforme la Convención Americana de Derechos Humanos, la salud o un derecho de naturaleza alimentaria. También tendrá eficacia cuando se trate de un derecho de naturaleza ambiental”, agrega. En la segunda, resguarda el derecho de huelga de los trabajadores, quienes no podrán ser afectados por una cautelar del Estado y, en cambio, deberá regirse por las leyes vigentes.

Estas modificaciones están en línea con el pedido que realizó el CELS al exponer en el Senado; con un punto del proyecto de ley que presentó el espacio Justicia Legítima y otras ONGs para proteger los derechos de los más vulnerables. Sin embargo, ni en este ni en los otros cinco proyectos presentados por el Ejecutivo se trata el problema de acceso a la Justicia que plantean los especialistas.

En este sentido, en una columna publicada en el diario MDZ OnLine, el vicepresidente del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), Alberto Binder, señala que las propuestas del Ejecutivo son “reformas menores que no solucionan ningún problema de fondo ni tampoco ponen en peligro la República”.

Entre sus conclusiones, el abogado penalista agrega que “en el camino quedaron grandes temas que no fueron encarados”, como “las medidas de fortalecimiento de la Justicia de cercanía para facilitar el acceso a la Justicia, la reforma de la abogacía para generar una verdadera abogacía social, el reconocimiento de la justicia de los pueblos indígenas y la democratización interna del Poder Judicial cambiando las formas de gobierno interna”.

Este chequeo contó con la colaboración de Ariel Riera (AM_Riera) y Matías Cardenas.

Comentarios

  • cae2226 de abril de 2013 a las 2:03 pmes facil... vean quienes aportan capitales a este medio y fijense con quien tienen vinculos esos "aportantes"...
  • Rata30 de abril de 2013 a las 9:50 pmYo no soy antisemita, tengo 4 amigos judios y tampoco racista porque tengo 2 amigas negras

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