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FrasesDiscutible
No es claro que la afirmación sea cierta o no. La conclusión depende de las variables con las que se la analice.

De Gennaro: “Los trabajadores de las fuerzas de seguridad pública pueden sindicalizarse”

“Los trabajadores de las fuerzas de seguridad pública pueden sindicalizarse, la ley los ampara, la Constitución Nacional y las normas internacionales”, declaró Victor De Gennaro, diputado de Unidad Popular (UP), en una entrevista en Radio Continental. 

Hoy ninguna fuerza de seguridad en la Argentina tiene personería gremial: el Ministerio de Trabajo de la Nación rechazó todas las solicitudes de inscripción presentadas hasta el momento.

En los considerandos de los rechazos, el Ministerio dejó asentado que “la tarea de seguridad que la ley impone a las fuerzas armadas y policiales, a partir de una organización jerárquica vertical, en un marco de disciplina, es esencial para el mantenimiento del orden interno de la fuerza y la operatividad en el cumplimiento de los objetivos a su cargo, los que se dificultarían considerablemente a partir de la constitución de un sindicato para estas categorías.”

De Gennaro y otros dirigentes sindicales, sin embargo, argumentan que es un derecho constitucional que se le está negando a una parte de la población. La Constitución, en el artículo 14 bis, establece que “el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor (…) organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.”

Este derecho está reglamentado por la ley 23.551 que otorga, entre otras cosas, el derecho a huelga. El Ministerio de Trabajo presenta ésto como una de las razones por negarle la personería, puesto que luego no podría impedir las huelgas, y ello pondría en riesgo la seguridad pública.

Otro punto conflictivo es la autonomía que otorga la ley a los sindicatos. Eso argumentó un tribunal bonaerense, al rechazar el pedido de inscripción gremial de un grupo de policías: “[Un sindicato] debe tener autonomía de actuación respecto del Estado y de los empleadores, impidiéndose que se someta a otros poderes sociales o que éstos interfieran en su actuación, y que la fuerza policial no es independiente del Estado sino que lo representa e integra.

Hoy no hay trabajadores de las fuerzas de seguridad del país que tengan personería gremial”, explicó Ever Palermo, dirigente de la Asociación Democrática Policial y Penitenciaria (ADEPOL). Y agregó que podrían haber reglas específicas para los sindicatos policiales: “En muchos países existe el derecho a sindicalizarse, sin derecho a huelga, por ejemplo”. Es el caso, entre otros, de Inglaterra, España y Uruguay.
 
Existen varios proyectos de ley en el Congreso, uno de ellos fue presentado por Patricia Bullrich (Unión por Todos), para hacer una ley específica que otorgue el derecho de sindicalización a las fuerzas policiales, como la Policía Federal, sin que tengan derecho a huelga.
 
La Organización Internacional del Trabajo (OIT,) por su lado, no establece obligaciones para sus Estados miembros, y en este punto deja libertad de acción, al igual que muchos de los tratados internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

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Comentarios

  • superoriental5 de octubre de 2012 a las 2:45 pmPor ahí es buena idea permitir que se sindicalicen sin derecho a huelga. Entiendo las razones expuestas y las comparto, pero sin la huelga de esta oportunidad no se hubiera hecho evidente la maniobra tan sucia de la que fueron objeto. ¿Pagarles en negro? tristísimo de un estado nacional.
  • snooper7 de octubre de 2012 a las 7:25 amError. La normativa es categórica al respecto.

    Primero deben comprender las jerarquías de las normativas tal como se sabe la pirámide de Kelsen: la Constitución Nacional está por encima de la Ley 23.551.

    A criterio personal se debe crear una ley especial para estas fuerzas, pero la no existencia de la misma no debe significar la no adopción de derechos fundamentales tal como lo hace el MTEySS.

    Recomiendo leer el siguiente enlace: http://www.apropol.com.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=48&Itemid=1 donde se ve como La Comisión Interamericana de Derechos Humanos está a favor de la sindicalización policia.

    Por favor no digamos que un derecho fundamental establecido en la Constitución Nacional "es discutible", espero que no siga el mismo criterio para la libertad, la vida, la propiedad, la educación, la salud, porque sería un cáos.
  • Mariano T.7 de octubre de 2012 a las 4:00 pmLa sindicalización en realidad preserva la cadena de mandos.
    Los delegados gremiales pueden quedar temporariamente fuera de la escala jerárquica, con fueros sindicales como los demás delegados civiles, y plantarse a reclamar ante un superior, negociar, etc sin estar obligado a obedecer ninguna orden.
    La tropa solo emite voto secreto, y esta al margen de cualquier exabrupto del delegado electo.
    Evita situaciones como la actual que es una ruptura grave de la cadena de mando.

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