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FrasesFalso
La afirmación ha demostrado ser falsa, al ser contrastada con las fuentes y datos más serios y confiables.

Agustín Rossi: “Cristina Fernández de Kirchner está claramente proscripta”

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La Vicepresidenta fue condenada a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, pero este fallo no se encuentra firme y puede ser apelado ante la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia, que no tienen plazos estrictos para resolver. 
  • Los antecedentes en casos complejos acreditan que todo el proceso puede demorar varios años. 
  • Por eso, la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos aún no tiene efectos y Fernández de Kirchner hoy puede ser candidata. Esto mismo fue sostenido por el ministro de Seguridad nacional, Aníbal Fernández, y la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto.

El flamante jefe de Gabinete de la Nación, Agustín Rossi, aseguró en una entrevista en CNN Radio que la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner “está claramente proscripta” de cara a las elecciones de 2023. Y agregó, en relación al veredicto del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 porteño en la causa “Vialidad”, que se trata de una “sentencia proscriptiva”. Sin embargo, esto es falso. 

La condena contra la vicepresidenta no se encuentra firme (por lo que no tiene efectos aún) y puede ser apelada ante la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que no tienen plazos estrictos para resolver, según las normas vigentes. 

De esta manera, la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, una de las decisiones que dictó el tribunal que la condenó, aún no rige y Fernández de Kirchner puede ser candidata en las elecciones de este año. Esto mismo dijeron públicamente el ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández, y la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, como se verá más abajo.

¿Qué pasó con la Vicepresidenta en la causa “Vialidad”?

El 6 de diciembre último, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 -integrado por Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu- condenó a Fernández de Kirchner a 6 años de prisión en la causa conocida como “Vialidad” por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Además, dictó la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

En este expediente se investigó si el empresario Lázaro Báez resultó beneficiado con la adjudicación de 51 obras públicas viales con fondos nacionales en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015 -durante las gestiones de Néstor Kirchner (Partido Justicialista) y Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria)- y si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos.

¿Por qué Cristina Fernández de Kirchner sí puede ser candidata?

La inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, al igual que la condena de prisión, sólo se ejecutan o tienen vigencia una vez que una sentencia queda firme. ¿Qué significa que la condena quede firme? Se habla de sentencia firme cuando ya no quedan recursos pendientes de resolución en la Justicia argentina. Es lo que se llama “cosa juzgada”.

En el caso de Fernández de Kirchner, la defensa puede apelar ante la Cámara Federal de Casación Penal y, en caso de que este tribunal confirme la sentencia, aún podría recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sólo si la Casación y el máximo tribunal confirmaran la condena se trataría de una sentencia firme y empezaría a tener efectos.

La Ley 23.298 de Partidos Políticos enumera un listado de grupos de personas que no pueden ser candidatos a cargos electivos. Entre ellos, señala a “los excluidos del padrón electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes”. El criterio para excluir personas del padrón electoral está fijado en el Código Nacional Electoral, que excluye a los “condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad” mientras dure la condena.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 condenó a 6 años de prisión a la ex mandataria y la inhabilitó de forma perpetua para ejercer cargos públicos. Esto también está regulado por el Código Penal, que habilita, al momento de dictar sentencia, a imponer la inhabilitación absoluta (privación de empleo o cargo público, del derecho electoral y suspensión del goce de jubilaciones), que puede transformarse en perpetua “cuando el autor se hubiere valido de su empleo, cargo, profesión o derecho” para la comisión del delito.

¿Qué explicación dio Rossi?

El argumento del Jefe de Gabinete y de muchos otros miembros del oficialismo es que la condena dictada en diciembre último deja a la Vicepresidenta “a tiro” de una proscripción inminente. El argumento de la oposición es que el “a tiro” puede durar años o incluso no llegar nunca, si el fallo se revoca total o, incluso, parcialmente.

“Cristina está sufriendo una sentencia de efectos proscriptivos. Si bien desde el punto de vista jurídico es una sentencia de primera instancia y no está firme, con el Poder Judicial argentino que tenemos es totalmente dable de pensar que si es candidata Cristina, que nunca manifestó que iba a ser candidata pero mantenía latente la posibilidad de serlo, los tiempos procesales para convertir esa sentencia en definitiva se pudiesen acortar”, manifestó Rossi en una entrevista en el programa “A Dos Voces”, del canal Todo Noticias (TN). Esto mismo fue contestado por el área de Prensa del Jefe de Gabinete ante la consulta de Chequeado.

En la entrevista en CNN Radio, Rossi respondió sobre la proscripción de Fernández de Kirchner cuando le preguntaron por los dichos del ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández, quien señaló que la vicepresidenta “no está proscripta”. Esto último también lo sostuvo la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto. 

El argumento de la proscripción está presente en el debate público desde el momento de la condena. En un principio fueron gobernadores, legisladores, funcionarios y dirigentes del Frente de Todos. Y, en su último discurso de 2022, incluso la Vicepresidenta señaló al referirse a su posible candidatura: “Ni renunciamiento ni autoexclusión, acá hay proscripción”.

Los tiempos del proceso penal

En el juicio de “Vialidad” ya se leyó el veredicto y -como se dijo- aún quedan 2 instancias judiciales para apelar: la Cámara de Casación y la Corte Suprema. Pero este proceso no comenzó, ya que las partes tienen que presentar sus recursos de apelación tras la publicación del fallo con los fundamentos de la condena y esto todavía no ocurrió. Solamente se leyó el veredicto. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 9 de marzo próximo. 

Según el Código Procesal Penal de la Nación, desde el momento en que se notifica la sentencia, hay un plazo de 10 días hábiles para interponer el recurso de casación. El Tribunal Oral tiene 3 días para resolver si concede el recurso (por jurisprudencia, esto siempre se concede en los casos de condenas). En caso de hacerlo, hay otros 3 días, que se cuentan a partir del momento en el que el recurso llega a Casación, para que las partes se presenten ante este tribunal a mantener el recurso. Y luego, otros 10 días para que los interesados examinen el expediente. En resumen, con todos estos plazos cumplidos se llegaría a mediados de abril.

Aquí comienza la parte menos estricta en cuanto a plazos. El Presidente de la Sala debe fijar una audiencia, pero el Código no establece en qué fecha debe realizarse ese debate oral. Tras la audiencia, el Código sostiene que la Sala tiene 20 días para resolver. Pero ese plazo no es perentorio, sino ordenatorio, es decir que no es de cumplimiento obligatorio y, en casos complejos como el de la vicepresidenta, suele ser mucho más prolongado. 

A todo esto, hay que sumarle los tiempos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que no tiene ningún tipo de plazos para resolver un recurso extraordinario federal

Si se mira el calendario electoral, la Ley 26571, que instauró las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), establece que el 24 de junio próximo (50 días antes de los comicios) es la fecha límite para la presentación de las listas de precandidatos. Por lo tanto, los tiempos de la Justicia le permitirían a la vicepresidenta ser candidata a cualquier cargo público.

Los ejemplos cercanos en el tiempo

En la causa “Ciccone”, el ex vicepresidente Amado Boudou (Frente para la Victoria) fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 en agosto de 2018. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena en julio de 2019, 11 meses después. Y la Corte Suprema confirmó la condena un año y medio después, en diciembre de 2020. 

Se trata de un plazo corto, si se compara con expedientes complejos: en la causa por la llamada “Tragedia de Once”, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 dictó sentencia en diciembre de 2015 y la Sala II de la Cámara de Casación confirmó las condenas en mayo de 2018, 2 años y medio después. Y la confirmación de la Corte llegó en septiembre de 2020, a casi 5 años de la primera condena.

En noviembre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 sobreseyó a la vicepresidenta en la causa “Hotesur”. A casi 15 meses, la Cámara Federal de Casación Penal aún no resolvió el caso. Fernández de Kirchner también fue sobreseída en la causa “Dólar futuro”. En este caso se trató de una resolución de la Cámara Federal de Casación Penal. La causa está en la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde junio de 2021, aún sin resolución. 

También la Cámara Federal de Casación Penal tiene pendiente de resolución el sobreseimiento de la vicepresidenta en la causa por el Memorándum de Entendimiento con Irán. La causa también lleva más de un año en manos del tribunal y no tiene resolución.

Por lo tanto, la frase de Rossi, quien dijo la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner “está claramente proscripta”, es falsa. La condena contra la vicepresidenta no se encuentra firme y puede ser apelada ante la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que no tienen plazos estrictos para resolver. De esta manera, la inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos, una de las decisiones que dictó el tribunal que la condenó, aún no rige y Fernández de Kirchner puede ser candidata.

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Comentarios

  • Luis Elena25 de febrero de 2023 a las 8:54 amNo sean tan evidentes...

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