Skip to content
Esta nota tiene más de un año

Bloqueo a Clarín: los puntos clave


Un grupo de trabajadores de Artes Gráficas Rioplatenses (AGR), compañía perteneciente al Grupo Clarín, obstaculizó ayer la distribución de la edición del matutino como método de protesta. A continuación, los puntos clave sobre el tema.

  • Clarín: “No hay conflictos gremiales en la imprenta”. FALSO 

Según la Federación Gráfica Bonaerense y el Ministerio de Trabajo, AGR mantiene un conflicto laboral desde septiembre de 2004, cuando la empresa subsidiaria del Grupo Clarín despidió a 119 trabajadores, entre ellos a toda la Comisión Interna del taller.

A partir de ese momento, según informó a Chequeado.com el secretario de Prensa de la federación, Antonio Pansik, AGR judicializó el conflicto y abrió seis expedientes en la Justicia, que finalmente falló a favor de los trabajadores en el juicio oral y los absolvió en 2008. Por otro lado, la empresa eludió el cumplimiento de fallos laborales a través de medidas cautelares que ordenaban la reinstalación de los delegados en sus puestos de trabajo. 

En noviembre de 2010, el MT multó a la empresa con una suma de $ 1.347.000 por impedir la realización de una asamblea y obstaculizar la elección de la comisión de delegados -cuyo mandato vencía ese mismo mes-, además de negarse a reincorporar a los despedidos. La decisión del Ministerio perdió vigencia puesto que la empresa permitió la realización de las elecciones el 18 de febrero de 2011 y aceptó reincorporar a los trabajadores a partir del 9 de marzo, disposición que la empresa finalmente cumplió en los hechos.

Sin embargo, el reclamo actual de la Comisión Interna que ganó las elecciones, y que derivó en el bloqueo al diario Clarín el día domingo, se basa en las condiciones laborales dentro de AGR: persecución gremial, el no reconocimiento de los haberes adeudados y el pago de horas extras, y la presencia de personal de seguridad que los controla, como medidas para obstruir la actividad gremial.

Por su parte, Pansik explicó que la FGB “no participó del bloqueo al diario” y que “si bien reivindicamos el derecho a huelga dentro del lugar de trabajo, en este caso esto no se cumplió y por eso la federación no apoya este método de protesta.”

Actualización del 29/03: Clarín afirmó en una nota que “no existen conflictos colectivos en ninguna de las empresas de Clarín”. Esto no es cierto. Más detalles sobre el bloqueo en nuestro Hilando Fino.  

  • Clarín: el bloqueo a la circulación de diarios es ilegal. VERDADERO

Según el artículo 161 del Código Penal la obstrucción de la distribución de un diario es un delito, clasificado dentro de las infracciones contra la libertad de prensa. El código prevé que “sufrirá prisión de uno a seis meses, el que impidiere o estorbare la libre circulación de un libro o periódico.”

Por otro lado, el derecho a huelga está reconocido en la Constitución Nacional. Mario Ackerman, especialista en derecho laboral y docente de la Universidad de Buenos Aires, escribió en una nota de 2005 sobre el tema que “en materia de regulación del ejercicio del derecho de huelga, la Argentina tiene, desde la reforma laboral del año 2004, una legislación muy poco restrictiva, y con ello, particularmente respetuosa de la libertad sindical.” Sólo existen restricciones al derecho de huelga en el caso de los servicios esenciales para la comunidad (los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas y el control de tráfico aéreo).  

Existen antecedentes de conflictos entre los dos derechos, la libertad de prensa y el derecho a huelga. Uno de ellos se dio en enero de este año cuando un grupo de trabajadores bloqueó una planta de Clarín en Pompeya. Ante esa situación, el juez nacional penal Gastón Polo Olivera, falló a favor de la libertad de prensa, dictaminando que el derecho a huelga no es irrestricto y prohibió “todo acto de bloqueo externo de la planta AGR y/o cualquier otra conducta que implique impedir y obstruir el normal y regular ingreso y egreso de personas y de bienes“. Esta resolución fue notificada a Nilda Garré, ministra de Seguridad, para que diese cumplimiento. Parte de la oposición exige ahora un juicio político a la ministra por no haber acatado la sentencia judicial. 

Temas

Comentarios

  • Lucas29 de marzo de 2011 a las 10:49 pmMuy buen chequeo!! Me queda una duda nomás: me gustaría saber qué debería haber hecho concretamente Nilda Garré, es decir: ¿por qué le podrían hacer un juicio político? ¿Cómo debería haber actuado? ¿Es cierto sólo está obligada a actuar después de una cierta cantidad de horas del conflicto? Muchas gracias!
    Les dejo también un audio de un delegado que cuenta el problema gremial y desvincula el conflicto de Moyano: http://www.divshare.com/download/14429423-013 Saludos!!
  • Rodrigo31 de marzo de 2011 a las 7:37 pmEl tema es el siguiente para mi. sin discutir la guerra publica ya de clarin-gobierno. ¿Es responsabilidad de Nilda Garré desocupar algo que tiene otra ley que no permite desocuparse?. porque el derecho a huelga es algo que contradice la ley de libertad de prensa y viceversa. entonces me pregunto ¿porque un juez prefiere a un diario con gran poder que a los trabajadores, que como se puede ver no tienen mas alternativa que hacer una huelga?. con esto no dejo de criticar la forma pero en realidad ¿les quedaba otra opción?
    Saludos.
    • Pedro1 de abril de 2011 a las 8:47 pmEl derecho de huelga puede perfectamente ser ejercitado sin avanzar sobre la libertad de prensa. Es ingenuo pensar que no les quedaba otra opcion, es el argumento que usan los que matan para robar y luego dicen que no les quedaba otra opcion para comer. Aca el delito no esta en la huelga en si ,sino en el bloqueo. Al impedir la libre circulacion de un diario, se esta atentando contra la libertad de prensa y se esta excediendo en el derecho de huelga. Yo tengo el derecho de hacer huelga pero ese derecho no me desliga de mis otras responsablidades sociales. Puedo hacerle huelga a mi jefe por un reclamo salarial pero eso no me otorga el derecho de secuestrar a mi jefe y mantenerlo encerrado en el sotano de mi casa! Nilda Garré cometio un grave delito penal al no hacer respetar la ley y(lo cual es su obligacion) y al no haber acatado conscientemente un fallo judicial. Deberia ser sometida a juicio politico y separada de sus funciones por mal desempeño.
      • Poroto7 de abril de 2011 a las 2:31 pmPasa que según dice en página12 (que sé que es oficialista) el diario podría haber salido por otras puertas... o sea que la protesta no impidió la difusión del mismo. Pero a Clarín le vino como anillo al dedo. Fue una huelga/protesta mas no un bloqueo, a mi entender.
  • Marcos3 de abril de 2011 a las 2:22 amMas allá del bloqueo, el monopolio NO TIENE impedimento real de expresarse por otros medios! Los trabajadores son y serán siempre los más afectados. Y ante este enfrentamiento de derechos (que en realidad hoy no es tal, supremacía constitucional, derecho no operativo, pirámide de Kelsen), Garré no puede actuar por ORDENES sino por conciencia. Creo que se da mucha entidad a Clarín. Todos estamos en contra del corte o bloqueo, pero tenemos que estar en contra de que se llegue a estos usos después de tantos años de lucha por reincorporación y en síntesis reconocimientos de derecho de trabajadores.
  • walter7 de abril de 2011 a las 12:48 pmCuando la gente del campo cortaba las rutas y desabastecia al pais el monopolio Clarin los apoyo durante las 24 hs y el reclamo era visto como legitimo. Ahora que reclaman los trabajadores del mismo medio, es una medida que ataca la libertad de prensa ?

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Responder a walter Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *