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Esta nota tiene más de un año

La historia detrás de la causa judicial que enfrentó Facundo Manes por su trabajo como neurólogo

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Desde que lanzó su precandidatura, surgieron notas periodísticas y posteos en redes que aluden a una causa en la que se investigó al médico radical por la presunta emisión de certificados falsos para internar a una mujer por demencia.
  • Si bien la causa existió, la Justicia penal desestimó en 2 instancias estas acusaciones y Manes fue sobreseído, decisión que se encuentra firme desde hace más de una década.
  • En el fuero civil, la mujer en cuestión no fue declarada insana pero sí fue inhabilitada judicialmente y los médicos del Cuerpo Médico Forense avalaron el diagnóstico presentado por Manes.

Facundo Manes es precandidato a diputado nacional en representación de la Unión Cívica Radical (UCR) dentro de la lista de la alianza Juntos. A poco de lanzar su postulación, volvió a aparecer en el debate público un hecho judicial vinculado a su carrera profesional: una denuncia por presunta mala praxis en su actividad como médico neurólogo.


Notas periodísticas (ver acá, acá y acá), posteos (ver acá y acá) y videos en las redes sociales dan cuenta de una causa judicial contra Manes en la que él presuntamente diagnosticó de forma errónea a Natalia Cohan de Kohen, una artista plástica, y emitió incluso certificados falsos.

Sin embargo, si bien la causa existió, lo que algunas notas no señalan es que la Justicia penal desestimó en 2 instancias estas acusaciones y Manes fue sobreseído, decisión que se encuentra firme desde hace más de una década.

Las primeras consultas y la disputa económica

La historia que tiene a Manes ahora como protagonista se inició como una presunta disputa por dinero en el seno de una familia. Por iniciativa de sus hijas, Nora y Claudia Kohen, la artista plástica Cohan de Kohen realizó una consulta en el Instituto FLENI. La familia llegó a Manes, que trabajaba en esa institución, por recomendación de quien era entonces rector de la Universidad de Buenos Aires (UBA), el médico Guillermo Jaim Etcheverry.

En el diagnóstico intervinieron Manes y la neuróloga cognitiva Griselda Russo, quienes determinaron que la paciente padecía una demencia frontotemporal, una patología que afecta la personalidad, la conducta y el lenguaje de las personas. Con los certificados firmados por ambos especialistas, se inició el juicio por insania en la Justicia civil y, el 13 de junio de 2005, Cohan de Kohen fue internada en el Instituto de Neurociencias de Buenos Aires (INEBA).

El proceso de insania se realiza para que sea la Justicia, con la intervención de peritos, quien determine la capacidad jurídica de una persona y nombre a un “curador” en caso de ser necesario. Ninguna persona es declarada incapacitada por insania sin la orden de un juez.

En paralelo, Norma Galve, abogada de Cohan de Kohen, presentó una denuncia penal por presunta privación ilegítima de la libertad. La abogada sostuvo que su cliente había consultado previamente a 2 especialistas (un psiquiatra y un psicólogo) que le aseguraron que se encontraba en perfecto estado de salud.

Es por eso que denunció que su internación era una maniobra de las hijas, ya que 10 años atrás Cohan de Kohen y su fallecido esposo habían vendido el Laboratorio Argentina SA, del que eran dueños, y ahora sus hijas, según la denuncia, no le daban acceso a la parte del dinero que le correspondía.

La primera causa penal, en medio del juicio civil

En el fuero penal -por la denuncia de la artista plástica por supuesta privación ilegítima de la libertad- intervino en primera instancia la fiscal Elsa Areu Franco, quien dictaminó que “no se comprobó que al decidirse la internación de la Sra. Kohan de Cohen se haya infringido alguna norma penal”. Explicó, además, que “se llegó a ese extremo por la expresa indicación del neurólogo” y esto fue “corroborado luego por el informe realizado en el expediente civil, por los facultativos del Cuerpo Médico Forense” que “confirmaron de manera categórica que la internación era necesaria”.

Conclusiones de los médicos forenses que visitaron a la paciente en su internación.

Los forenses a los que refiere el dictamen son Esteban Toro Martínez y Marcelo Rudelir, quienes por pedido de la jueza civil Gladys Carminati, que tramitaba el mencionado juicio de insania, concurrieron al INEBA el 27 de junio de 2005 a analizar a la paciente para determinar si era correcta su internación.

El informe que elevaron 3 días más tarde a la jueza concluía que la paciente “presenta un trastorno psíquico bajo la forma clínica de síndrome psicoorgánico cerebral”; “debe permanecer internada para su mayor protección y adecuado tratamiento” y “presenta peligrosidad por indefensión”. De esta manera, el 1° de julio Carminati dispuso mantener la internación, que se había iniciado 2 semanas atrás.


A 2 semanas del ingreso al INEBA, la jueza Civil avaló y mantuvo la internación de Cohan de Kohen.

También declaró como testigo ante la Justicia penal Jorge Garramuño, médico psiquiatra del INEBA, quien también coincidió con el diagnóstico. El dictamen de la fiscal Areu Franco fue emitido el 14 de julio de 2005. Para ese momento, la paciente ya había sido externada del INEBA. Al día siguiente, el juez de la causa, Julio Corvalán de la Colina, adhirió a lo dictaminado por Areu Franco y sobreseyó a Nora y Claudia Cohen, las hijas de la paciente. En este primer expediente, Manes no estaba imputado.

Una nueva causa penal

Cerrada la causa contra las hijas, la defensa de Kohan de Cohen impulsó un nuevo juicio penal, en este caso contra Manes y Russo. Los acusó de emitir certificados falsos para dar inicio al proceso de insania. Según la denuncia, el médico le habría solicitado a Russo que confeccionara un nuevo certificado por la confianza que existía entre ambos. Sin embargo, el certificado de Manes señalaba que la paciente padecía lo que se conoce como la enfermedad de “Pick”, y el de Russo menciona bipolaridad.

En febrero de 2007, Areu de Franco y Corvalán de la Colina volvieron a señalar lo mismo: no había delito en esta acción. Por eso, sobreseyeron a Manes y a Russo. El juez señaló: “No medió dolo en dicha conducta, por más que pudieran existir dudas en cuanto a lo certero del diagnóstico”.

La Sala VII de la llamada Cámara del Crimen requirió nuevas medidas probatorias antes de confirmar lo dispuesto en primera instancia. En junio de 2007, Areu de Franco volvió a solicitar el sobreseimiento y en noviembre Corvalán de la Colina sobreseyó a los 2 imputados. Para entonces ya existían nuevos informes periciales originados en el fuero civil, que no eran coincidentes pero no contradecían de manera explícita la postura de Manes.

En abril de 2008, la Cámara confirmó el sobreseimiento de ambos médicos. “A pesar de las divergencias en torno al estado de salud mental de la paciente, (…) para la época de la emisión de los certificados padecía un trastorno de conducta y costumbres que (…) dio margen a la necesidad de protegerla”, señaló la Cámara.

Resolución de la Cámara del Crimen que confirma el sobreseimiento de Manes.

El juicio de insania

Además del informe elaborado por Rudelir y Toro Martínez al inicio del juicio, se elaboraron otros informes. La Justicia civil sorteó 3 peritos para elaborar un nuevo dictamen. Fueron sorteados Fabiana Zylber, Carlos Díaz y Ricardo Beres. El informe fue elaborado durante los últimos meses de 2005 y arrojó un diagnóstico de “síndrome psicoorgánico”, con la necesidad de un tratamiento psicoterapéutico y psicofarmacológico, pero sin necesidad de internación.

La defensa de la paciente solicitó una nueva intervención del Cuerpo Médico Forense. La nueva Junta Médica fue integrada por Toro Martínez y Rudelir, como en el primer análisis, y se sumó el perito Ricardo Risso. Los expertos señalaron que no encontraron “un cuadro compatible con demencia médica”, pero aclararon: “Ahora no tiene autonomía psíquica suficiente para tener bajo jurisdicción y control lo que posee, y en alguna medida, incluso a su propia persona”.

El artículo 141 del Código Civil habilita a un juez a declarar “incapaz por demencia” a una persona. Pero, en este caso, tanto los peritos de oficio como los peritos del Cuerpo Médico Forense optaron por la recomendación del artículo 152 bis, inciso 2, que habilita la posibilidad de declarar inhábil a “los disminuidos en sus facultades cuando (…) el juez estime que del ejercicio de su plena capacidad pueda resultar presumiblemente daño a su persona o patrimonio”.

Con los 2 peritajes oficiales en sus manos (sumadas a los peritajes de parte), la jueza Carminati resolvió en diciembre de 2006 declarar inhábil a Cohan de Kohen y nombró un “curador” definitivo, es decir, alguien que cuida a la persona y a sus bienes. La Sala J de la Cámara Civil confirmó esta resolución, aunque con modificaciones: revocó, por ejemplo, el fragmento que le imponía a la paciente un límite de gastos mensuales.

Las posiciones en la actualidad

Desde el equipo de Manes señalaron a Chequeado que el médico “actuó profesionalmente haciendo un diagnóstico a partir de una tomografía y una resonancia del cerebro, que es lo más seguro para identificar esta patología. Además la entrevistó a ella y a su familia, porque quienes rodean a una persona con demencia frontotemporal son los primeros en notar los cambios en la persona”.

Explicaron que “la justicia desestimó de manera concluyente” las denuncias respecto de la falsedad del diagnóstico y lo mismo sucedió “a partir de un informe profesional muy contundente de los peritos que intervinieron (más de 11 en total) en el expediente Civil” en el que “se ratificó el diagnóstico, decretando la inhibición de la paciente y su correspondiente protección mediante un curador”. Y concluyeron: “Todas las decisiones judiciales antes mencionadas fueron tomadas en base a lo expuesto a los peritos oficiales y no al certificado emitido por Manes, que solo tuvo el carácter de indicio, para abrir la causa a prueba”.

Cohan de Kohen actualmente tiene 102 años y está protegida por un curador. Este medio consultó a Ana Rosenfeld, quien ejerció su defensa en el fuero Civil, pero la abogada prefirió no hacer declaraciones. En 2009 se publicó un documental sobre su caso. En él se aclara al final que la señora recompuso la relación con sus hijas, a quienes había enfrentado judicialmente.

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Fecha de publicación original: 03/08/2021

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Comentarios

  • Beatriz18 de agosto de 2022 a las 1:10 amNo me extraña la conducta de las hijas. Conozco muchos casos como éste.
  • María Magan25 de agosto de 2022 a las 8:11 pmPero utilizó papelería de Fleni para su diagnóstico de mal de Pick y nunca fue paciente de la institución. X eso lo despidieron de Fleni.
  • Ri3 de octubre de 2022 a las 3:12 pmQue alguien defienda la ley de salud mental de 2010 indica que son ignorantes con opiniones marcadamente ideológicas. Y la nota carece de credibilidad, aún si fuese cierto.
  • Rosa María Fader21 de octubre de 2022 a las 2:09 amExcelente informe que, con los datos precisos rescata el honor y el prestigio de un profesional.
  • MARIA CRISTINA ZURUTUZA22 de mayo de 2023 a las 7:33 pmlei cuidadosamente el informe de chequeado, que encuentro razonablemente elaborado; sin embargo, queda muy confuso cuales fueron los diagnosticos sucesivos que tuvo la señora Cohan de Kohen. Lo que si es llamativo es la respuesta del instituto Fleni: eso de que las mejores herramientas para diagnosticar perturbaciones en salud mental son la RM y la TC es absolutamente disparatado y claramente una maniobra de marketing (porque son palabras que pueden impresionar facilmente a un desprevenido lector lego en la materia). Tengo muchas dudas y lamento no poder acceder al expediente para tener el panorama mas clar. Saludps Lic Maria Cristina Zurutuza psicologa UBA especialista en salud mental x residencia medica

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