Skip to content

El Gobierno quiere cambiar la Ley de Glaciares: por qué es clave el “ambiente periglacial” en el debate

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El “ambiente periglacial” son áreas donde no necesariamente hay glaciares y que se caracterizan por la presencia de suelo congelado y ciclos de congelación y descongelación del terreno.
  • Los defensores de modificar la ley sostienen que la protección actual del ambiente periglacial es demasiado amplia e “indefinida”, lo que habilita bloqueos a proyectos mineros aun en zonas donde no habría verdaderos recursos hídricos.
  • En cambio, especialistas que se oponen a la modificación señalan que el ambiente periglacial incluye glaciares de escombros y suelos congelados que aportan al caudal de ríos, y que la ley, por el principio precautorio, obliga a proteger estas reservas.

El Gobierno anunció este lunes el envío al Congreso del proyecto para reformar la Ley de Glaciares, “con el objetivo de ordenar el marco normativo vigente, poner fin a interpretaciones arbitrarias y consolidar un esquema de federalismo ambiental plenamente compatible con la Constitución Nacional”, según el comunicado de la Oficina del Presidente.

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, había anunciado que la modificación a la Ley de Glaciares sería uno de los temas a tratar en las sesiones extraordinarias del Congreso, que se extenderán hasta el 30 de diciembre.

Aunque todavía no se conocen los detalles del texto del proyecto, los funcionarios que defienden la modificación de la ley insisten en la necesidad de revisar el concepto de “ambiente periglacial” incluido en la norma. Se trata de áreas donde no necesariamente hay glaciares y que se caracterizan por la presencia de suelo congelado y ciclos de congelación y descongelación del terreno. 

Según Javier Milei, la idea del proyecto fue del gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo. Además, la iniciativa cuenta con el apoyo de los otros 3 gobernadores que forman parte de la Mesa del Cobre: Marcelo Orrego (San Juan), Raúl Jalil (Catamarca) y Carlos Sadir (Jujuy).

Frente al avance del Ejecutivo, 25 organizaciones emitieron un comunicado que se tituló “Sin agua no hay desarrollo posible: razones por las cuales la Ley de Glaciares no debe modificarse”. En el texto, plantearon que “cualquier intento de retroceder en la protección y conservación del ambiente debe ser considerado ilegal e inconstitucional”.

Qué dice la Ley de Glaciares

La ley -sancionada en 2010- define como glaciar a toda masa de hielo, estable o que fluye lentamente, con o sin agua en su interior. Según la norma, en alta montaña, el ambiente periglacial comprende áreas con suelos congelados que actúan como reguladores del recurso hídrico, y en media y baja montaña a las zonas con suelos saturados en hielo que también cumplen funciones de reserva del agua. 

En el artículo 6, la ley impide la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de obras o infraestructura que pueda modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua, y el almacenamiento o manejo de sustancias tóxicas. 

Además, con el objetivo de individualizar todas las reservas hídricas existentes, la norma creó el Inventario Nacional de Glaciares, que debe actualizarse cada 5 años como máximo. Esta tarea es del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), un organismo que depende del Conicet. 

Cuántos glaciares hay en Argentina 

El primer informe del Inventario Nacional de Glaciares se presentó en 2018. Según el relevamiento, en Argentina hay 16.968 cuerpos de hielo cuya superficie, cercana a los 8.484 kilómetros cuadrados, equivale a 41 veces a la Ciudad de Buenos Aires. La inmensa mayoría se encuentra en la Cordillera de los Andes y solo 890 en las Islas del Atlántico Sur. 

La primera actualización se presentó en 2024, pero solo con datos de la región Andes Desérticos (Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja y el norte de San Juan) y se espera que en el corto plazo se den a conocer los datos de la región Andes Central (sur de San Juan, Mendoza y norte de Neuquén). 

El inventario relevó solo glaciares mayores a una hectárea y, dentro del ambiente periglacial, únicamente a los glaciares de escombros (cuerpos de hielo cubiertos por fragmentos de roca) porque son los que pueden identificarse mediante imágenes satelitales y verificación en campo. 

Argumentos a favor de la modificación 

Bernardo Parizek, biólogo de la Universidad Nacional de Córdoba y magíster en Evaluación de Impacto Ambiental de la Universidad de Málaga, sostuvo a ADN Sur que la creación del inventario fue un acierto, pero cuestionó que la norma incluyera una amplia protección a un ambiente periglacial al que califica de “indefinido”, lo que generó que esas áreas se conviertan “en terreno fértil para que abogados no especializados y organizaciones puedan bloquear cualquier proyecto”. 

Parizek subrayó que comparte la preocupación sobre las reservas de agua dulce, pero considera que la protección al ambiente periglacial “tiene una fuerte carga ideológica”. “Más del 60% del manejo ineficaz del agua en la cordillera se explica por la actividad agrícola y resulta que el principal monstruo es la minería que ha creado sistemas de recirculación y formatos de estándares de calidad”, agregó. 

En una línea similar se expresó Eddy Lavandaio, geólogo y defensor del impulso de la actividad minera. Según el experto, el ambiente periglacial protegido por la ley “no tiene límites” y dijo que se trata de territorios que, en sí mismos, “no son recursos hídricos”. 

“Los glaciares de escombros sí son recursos hídricos, pero se suele hablar de rocas que contienen aguas. El asunto es que las rocas de la cordillera, en un 90 o 95%, son de baja permeabilidad y hasta impermeables. Entonces, no pueden decir que ahí están las reservas de agua del país”, subrayó Lavandaio. Según su punto de vista, la protección de la ley debe limitarse a lo relevado por el Ianigla.

Argumentos en contra 

La geóloga Laura Zalazar es la actual coordinadora del Inventario Nacional de Glaciares y sostiene que la protección del ambiente periglacial implica proteger hielo, es decir, agua dulce en estado sólido. 

“En el inventario se incluyeron glaciares de escombros, que son representativos del ambiente periglacial. Por ejemplo, si detectamos que el último glaciar de escombros llega a 3 mil metros de altura, es muy probable que por encima de esa altitud nos encontremos con un ambiente periglacial y con hielo”, explicó Zalazar. Y agregó: “Puede que algún cuerpo de hielo no esté incluido en el inventario, pero eso no implica que no exista; desde la ciencia se trabaja con incertidumbre”.

Agostina Rossi Serra, especialista en Biodiversidad de Greenpeace Argentina, subrayó que en la Ley General de Ambiente se habla del principio precautorio. “Eso quiere decir que si vos tenés dudas, no podés destruir por precaución”, sostuvo. 

“El ambiente periglacial está compuesto por glaciares de escombros y distintas geoformas de las cuales una es el suelo congelado. Lo que está en debate es si ese suelo congelado tiene un aporte real o no a las cuencas. Y la respuesta es sí: hay estudios que indican que en años de sequía pueden hacer un aporte de entre 25 y 30% a los ríos que nacen de la cordillera”, subrayó. 

 

Este contenido es parte de la Red Federal de Periodismo e Innovación (RPI), alianza impulsada por Chequeado que une a medios de 5 regiones del país para contribuir a la expansión del periodismo innovador y contrarrestar los desiertos informativos.

Actualización 16/12/2025: la nota fue actualizada con la última información disponible.

Fecha de publicación original: 08/12/2025

Temas

Comentarios

  • Sonia Marina Garcia9 de diciembre de 2025 a las 12:00 amLes agradezco sobremanera el trabajo que hacen! Lamentablemente cada vez se hace más difícil encontrar contenido periodístico objetivo, elaborado, y, sobre todo, IMPARCIAL! Están haciendo un excelente trabajo! Sigan así...
  • Pablo Ormeño9 de diciembre de 2025 a las 12:06 amEl ambiente periglacial es demasiado extenso e indefinido pues depende de la altitud, de la topografía (caras expuestas al sol -norte- o no expuestas -que descienden al sur- en el hemisferio sur), depresiones con mayor humedad. Se deben proteger los glaciares descubiertos, cubiertos y glaciares de escombros (que contienen hielo intersticial), no el ambiente periglacial. Aunque todo el ambiente debe ser respetado y los proyectos mineros, cualquier obra civil o enetgetica, debe cumplir con los informes de Impacto ambiental correspondientes, buscando minimizar la afectación del lugar en que se emplazan. Evidentemente el área periglacial no aporta demasiada agua pues los ríos de los Andes Centrales cada vez traen cada vez menos agua debido a la falta de nevadas en cordillera (principal aporte al sistema hídrico), debido al calentamiento global, y al parecer su volumen de escurrimiento no se ve compensado por agua de aporte periglacial. Es fácil desde otras provincias, ajenas a la faja cordillerana, atacar la actividad económica de extensas áreas de la misma, aduciendo el cuidado del agua, y causando un perjuicio enorme a las provincias pobres que necesitan trabajo y desarrollo.
  • Ana Chiesino9 de diciembre de 2025 a las 8:08 amLa actividad minera es altamente contaminante, la ley no obliga a la remediación. La actividad económica que genera dura lo que dura la extracción, pocos empleos locales, insalubres. Para saber cuánto se extrajo habría que consultar a un adivino, las empresas no son controladas, sólo deben presentar una declaración jurada (!?) Algunos geólogos ven el negocio y se frotan las manos, algo pueden agarrar. Pero el pasivo ambiental sí que se reparte, entre las comunidades de la cordillera y las que dependen del agua de los ríos que nacen en ella. La vida depende del agua, el agua vale más que el oro
  • Mario leiva9 de diciembre de 2025 a las 9:09 amMuy buena nota
  • Cesar9 de diciembre de 2025 a las 1:07 pmCreo que una persona que es capaz de ondear otra bandera en el monumento propio a la nuestra ,ya pierde puntos si luego hambrea y golpea a los viejos .levanta los controles de medicamentos ..y el dineros mezquinadono robado a los jubilados .educacion salud la despilfarra comprando chatarra aerea ..burla mundial en un mundo donde la ciencia y tecnica se renueva cada 5 años.. comprar aviones del 80 es una cachetada a los pocos pensantes que quedan ...esa mente es peligrosa hasta para comprar un alfajor legislarsobre los glasiares es muerte segura fortuna para empresas extranjeras
  • Marcos10 de diciembre de 2025 a las 2:19 pmQue acierto enorme fue sancionar la ley de Glaciares! El agua dulce es el gran recurso que necesitamos las personas para subsistir, los proyectos mineros deberían acostarse a zonas en las cuales no se contamine ni afecte ningún cauce de río y menos aún de Glaciares. Además, debería ser obligatorio que lo extraído fuera procesado aquí para vender el producto terminado, basta se regalar nuestros recursos por 2 pesos!!
  • Noemi alvarez10 de diciembre de 2025 a las 8:04 pmSaves muy lindo opinar. Pero sin politiqueria y bos reflejas contra y no es asi. Opina bien sin odio encima
  • María Ester lopez11 de diciembre de 2025 a las 11:52 amQue nos pasa Cómo no le s protegen Está ley atenta contra los glaciares Debajo de cada uno aunque se retiren ahí agua Si explotan esa zona contaminaron el resto Es negocio de las mineras del gobernador pero no para la gente Detengan está ley engañosa Cuídemos lo que nos pertenece

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *