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Esta nota tiene más de un año

¿Y los bienes de los jueces, fiscales y defensores?

Hace algunas semanas la Oficina Anticorrupción (OA), que depende del Poder Ejecutivo, publicó las declaraciones juradas de los funcionarios del Gobierno nacional obligados y de los diputados y senadores. Las declaraciones incluyen los bienes que los funcionarios informan, su participación en empresas y sus deudas, entre otras cosas (ver acá el análisis del patrimonio de los miembros del gabinete del Ejecutivo y acá el de los legisladores que presiden los principales bloques o aspiran a la Presidencia).

La entrega y publicación de estas declaraciones se rige bajo la Ley 26.857, aprobada en mayo de 2013, que obliga a funcionarios y legisladores a entregarlas y establece su publicidad y libre acceso por Internet. La ley incluía también a los miembros del Poder Judicial, pero la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió en la Acordada 25/2013, firmada el 21 de agosto de ese año, que el hecho de que los jueces entregaran sus declaraciones a un ente fiscalizador que depende del Ejecutivo sería “una violación de la independencia de los poderes del Estado”.

Los miembros de la Corte Suprema deben entregar sus declaraciones a la Secretaría General y de Administración del máximo tribunal, según lo establecieron los jueces de la Corte en la reglamentación de su sistema, en mayo de 2014. Estas declaraciones debían ser publicadas en el sitio web institucional, algo que por el momento no ocurrió.

El resto de los jueces y miembros del Consejo de la Magistratura se rigen por el reglamento dictado por ese organismo en julio de 2014, que establece, al igual que en el caso de la Corte, que las declaraciones juradas se harán públicas en su web.

Tal como ocurre con el nuevo régimen para el Ejecutivo y el Legislativo, los bienes de los cónyuges e hijos menores de los jueces se incluirán en un Anexo reservado, lo que constituye un retroceso en materia de transparencia respecto del anterior sistema de declaraciones juradas.

Hasta ahora las declaraciones de los jueces no fueron publicadas, aunque en el caso de las que se tramitan a través del Consejo de la Magistratura todavía se entregan con el sistema anterior -en papel, luego de un pedido-. En cambio, en el caso de la Corte, no hemos podido acceder a las nuevas declaraciones”, señaló a Chequeado Sebastián Pilo, coordinador del área de Fortalecimiento de las Instituciones Democráticas y Lucha contra la Corrupción de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).  

Más allá de su publicación, tampoco existe en el ámbito judicial un organismo que fiscalice las declaraciones, como podría hacerlo la Oficina Anticorrupción para el Ejecutivo. Pablo Secchi, director ejecutivo de la ONG Poder Ciudadano, explicó que para los jueces se guardan las declaraciones, pero “no existe un organismo que las analice, a no ser que un juez lo haga en medio de una investigación”.

Esto implica que no hay un control externo del crecimiento patrimonial de los jueces o de los posibles conflictos de interés que puedan surgir de las actividades privadas que éstos tengan. Las declaraciones juradas podrían servir para identificarlos, ya que el hecho de que un juez sea “acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes” o haya “recibido beneficios de importancia de alguna de las partes”, son causas de recusación (ver: “Qué es recusar a un juez”).

Martín Böhmer, profesor de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y especialista en transparencia judicial, señaló que “a los jueces se les debe exigir que se sometan a más escrutinio que a otros funcionarios. Para que los ciudadanos dejen en sus manos la resolución de conflictos que pueden implicar consecuencias sobre su libertad, su patrimonio o la tenencia de sus hijos, entre muchos otros temas, tienen que tener confianza en que el juez es imparcial, que no haya deudas que puedan afectar su juicio o que no esté lucrando con su posición, entre otras cosas”.

Sin publicación de los fiscales y defensores

En el caso de la Procuración General de la Nación o Ministerio Público Fiscal, que agrupa a los fiscales federales y nacionales, se resolvió en julio de 2013 adaptar el sistema a la nueva ley, estableciendo la entrega por parte de los fiscales de la misma información pública y reservada que los funcionarios y jueces. Aunque, a diferencia de lo que pasó con el régimen de los jueces, se dispuso también su entrega a la OA.

Sin embargo, en abril de 2014, con el argumento de resguardar los datos personales de los fiscales, se dio marcha atrás y se dictó una nueva resolución que modificó la reglamentación. Ahora se obliga a la persona a acreditar personalmente su identidad la primera vez que quiera conocer información patrimonial, lo que restringe el acceso y no establece la simple publicación del anexo público de las declaraciones, como determinó la Ley 26.857. En consecuencia, aunque pasó más de un año desde la sanción de la nueva ley, las declaraciones de los fiscales no están disponibles ni pueden ser consultadas on line.

En cuanto al Ministerio Público de la Defensa o Defensoría General de la Nación, que nuclea a los defensores oficiales federales y nacionales, sólo en mayo de 2014 se reglamentó la entrega y publicación de las declaraciones, aunque la resolución no establece explícitamente que éstas vayan a estar disponibles en la web, y aclara que el interesado en acceder a una declaración deberá completar un formulario en la web institucional y se notificará a la persona cuya declaración sea solicitada.

“Esto no cumple lo establecido con la nueva ley, cuyo mayor avance era el acceso sencillo e inmediato por parte de cualquier usuario a las declaraciones juradas”, puntualizó Pilo, y agregó que esta reglamentación “significa un retroceso porque es volver a un acceso burocrático y no garantiza la publicidad automática de las declaraciones”.

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Comentarios

  • Mariela25 de enero de 2017 a las 12:47 pmhola, me parece barbaro que los jueces, ministros, presenten declaraciones juradas de sus bienes, deberia ser todo mas transparente,creo que este cambio es muy positivo.
  • Sara11 de abril de 2018 a las 9:55 amRealmente serìa justo y pertinente la presentaciòn de las Declaraciones Juradas de Bienes por parte de jueces, ministros, etc. . Es una manera de detectar irregularidades y control porq' son tan humanos como cualquier otro, con las mismas tentaciones, deseos de poder, deseos de cualquier tipo. Tambìèn tendrìan que bajarle el sueldo a senadores y demàs legisladores como en otros paises, sobre todo en Argentina, dònde las leyes son tan blandas .-

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