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Jubilados de PAMI: ¿cuáles son los requisitos y cómo se realiza el trámite para mantener la cobertura al 100% en medicamentos?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El PAMI modificó el acceso a medicamentos gratuitos para jubilados, pensionados y otras personas afiliadas al organismo.
  • El beneficio se mantendrá para los afiliados con ingresos menores a 1,5 jubilaciones mínimas. Además, no deben tener prepaga, más de una propiedad ni autos de menos de 10 años.
  • Quienes cumplan los requisitos deberán realizar un trámite online que requiere presentar el DNI, una receta médica con diagnóstico y una declaración jurada sobre la propiedad de bienes.

El PAMI (Programa de Asistencia Médica Integral, la obra social estatal de los jubilados) modificó las condiciones para acceder a medicamentos gratuitos. A partir de ahora, sólo tendrán derecho a este beneficio los afiliados a este organismo –jubilados y pensionados, entre otros- que ganen menos de $ 389.398 (equivalente a 1,5 haberes previsionales mínimos), y para hacerlo, deberán inscribirse de forma online.

Por el contrario, según lo anunciado, no podrán acceder a los medicamentos gratuitos quienes cobran por encima de ese tope, tengan cobertura de medicina prepaga y/o sean propietarios de más de una propiedad, de un auto de menos de 10 años y/o bienes de lujo, entre otros requisitos.

En esta nota, Chequeado explica quiénes pueden acceder al beneficio, qué documentación se necesita y cómo realizar el trámite de inscripción.

¿Quiénes podrán acceder a los medicamentos con cobertura del 100% de PAMI?

El PAMI anunció cambios en la entrega gratuita de medicamentos. Desde ahora, los jubilados, pensionados y demás afiliados del organismo podrán acceder al beneficio sólo si cumplen con las siguientes condiciones:

  • Tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos. Para los hogares que posean conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales deberán ser menores a 3 haberes previsionales mínimos.
  • No encontrarse afiliado a un sistema de medicina prepaga de forma simultánea con la afiliación a PAMI.
  • No ser propietario de más de un inmueble.
  • No poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
  • No poseer un vehículo con menos de 10 años de antigüedad, a excepción de los hogares que posean conviviente con el CUD, quienes pueden ser titulares de hasta un vehículo con menos de 10 años de antigüedad.
  • No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Además, si el beneficiario no cumple con los 2 primeros requisitos (tope de ingresos y no tener medicina prepaga) pero el costo en bolsillo de los medicamentos indicados para un tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, se podrá solicitar la cobertura al 100% en medicamentos por razones sociales a través de un mecanismo de excepción.

Según el comunicado del PAMI, los afiliados veteranos de la Guerra del Atlántico Sur (Malvinas) no están alcanzados por estas restricciones.

Además, continúa la cobertura del 100% -según la legislación vigente– para medicamentos oncológicos, tratamiento contra la diabetes, la hemofilia, VIH y Hepatitis B y, medicamentos para trasplantes, para la artritis reumatoidea, para la insuficiencia renal crónica, entro otros.

El director ejecutivo de PAMI explicó en una entrevista en Radio Continental: “No eliminamos ningún medicamento de nuestro vademecum, lo que hicimos es revitalizar el sistema de subsidio social, que está a disposición de todos los jubilados que no puedan pagar su medicación”. Y agregó: “En esos casos, el afiliado hace un trámite y sigue recibiendo sus medicamentos gratis”.

“Seguiremos garantizando el acceso total de medicamentos mediante el subsidio social para todos aquellos que realmente lo necesiten, un procedimiento ágil que fue relanzado durante nuestra gestión y garantiza el acceso a medicamentos para quienes no pueden pagarlos”, destacó el PAMI a través de un comunicado de prensa.

Los descuentos de los medicamentos (entre el 50% y el 80% para patologías crónicas y agudas, y del 40% para medicamentos de uso eventual) siguen sin modificaciones.

¿Cómo se realiza la inscripción para continuar con los medicamentos al 100%?

Los jubilados y pensionados que necesiten solicitar la cobertura al 100% de los medicamentos ambulatorios deberán realizar un trámite con DNI; receta emitida por el médico o especialista; y una declaración jurada donde deben informar -entre otras cosas- si cuentan con cobertura de una medicina prepaga y si son propietarios de inmuebles, vehículos y otros bienes (como aeronave o embarcación). Pueden descargar la declaración jurada haciendo click acá.

En la receta de la medicación solicitada deberá constar el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada. En caso de necesitar más de 4 medicamentos por subsidio social, se deberá presentar otro formulario, que se puede descargar acá.

Para iniciar el trámite a través de la web de PAMI, ingresá acá. También se puede sacar turno para ser atendido personalmente en una agencia de PAMI haciendo click acá. El trámite podrá realizarlo la persona afiliada, su apoderado/a o familiar.

 

Actualización 03/12/2024: se actualizó la nota con la última información disponible

Fecha de publicación original: 02/12/2024

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