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Jubilados de PAMI: ¿cuáles son los requisitos y cómo se realiza el trámite para mantener la cobertura al 100% en medicamentos?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El PAMI modificó el acceso a medicamentos gratuitos para jubilados, pensionados y otras personas afiliadas al organismo.
  • El beneficio se mantendrá para los afiliados con ingresos menores a 1,5 jubilaciones mínimas. Además, no deben tener prepaga, más de una propiedad ni autos de menos de 10 años.
  • Quienes cumplan los requisitos deberán realizar un trámite online o presencial que requiere presentar el DNI y una receta médica con el diagnóstico.

El PAMI (Programa de Asistencia Médica Integral, la obra social estatal de los jubilados) modificó las condiciones para acceder a medicamentos gratuitos. A partir de ahora, sólo tendrán derecho a este beneficio los afiliados a este organismo –jubilados y pensionados, entre otros- que ganen menos de $ 389.398 (equivalente a 1,5 haberes previsionales mínimos), y para hacerlo, deberán realizar un trámite en la web o de manera presencial.

Por el contrario, según lo anunciado, no podrán acceder a los medicamentos gratuitos quienes cobran por encima de ese tope, tengan cobertura de medicina prepaga y/o sean propietarios de más de una propiedad, de un auto de menos de 10 años y/o bienes de lujo, entre otros requisitos.

En esta nota, Chequeado explica quiénes pueden acceder al beneficio, qué documentación se necesita y cómo realizar el trámite de inscripción.

¿Quiénes podrán acceder a los medicamentos con cobertura del 100% de PAMI?

El PAMI anunció cambios en la entrega gratuita de medicamentos. Desde ahora, los jubilados, pensionados y demás afiliados del organismo podrán acceder al beneficio sólo si cumplen con las siguientes condiciones:

  • Tener ingresos netos menores a 1,5 haberes previsionales mínimos. Para los hogares que posean conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales deberán ser menores a 3 haberes previsionales mínimos.
  • No encontrarse afiliado a un sistema de medicina prepaga de forma simultánea con la afiliación a PAMI.
  • No ser propietario de más de un inmueble.
  • No poseer aeronaves o embarcaciones de lujo.
  • No poseer un vehículo con menos de 10 años de antigüedad, a excepción de los hogares que posean conviviente con el CUD, quienes pueden ser titulares de hasta un vehículo con menos de 10 años de antigüedad.
  • No ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Además, si el beneficiario no cumple con los 2 primeros requisitos (tope de ingresos y no tener medicina prepaga) pero el costo en bolsillo de los medicamentos indicados para un tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, se podrá solicitar la cobertura al 100% en medicamentos por razones sociales a través de un mecanismo de excepción.

Según el comunicado del PAMI, los afiliados veteranos de la Guerra del Atlántico Sur (Malvinas) no están alcanzados por estas restricciones, pero igualmente deben realizar el trámite de solicitud del subsidio por razones sociales.

Además, continúa la cobertura del 100% -según la legislación vigente– para medicamentos oncológicos, tratamiento contra la diabetes, la hemofilia, VIH y Hepatitis B y, medicamentos para trasplantes, para la artritis reumatoidea, para la insuficiencia renal crónica, entro otros.

El director ejecutivo de PAMI explicó en una entrevista en Radio Continental: “No eliminamos ningún medicamento de nuestro vademecum, lo que hicimos es revitalizar el sistema de subsidio social, que está a disposición de todos los jubilados que no puedan pagar su medicación”. Y agregó: “En esos casos, el afiliado hace un trámite y sigue recibiendo sus medicamentos gratis”.

“Seguiremos garantizando el acceso total de medicamentos mediante el subsidio social para todos aquellos que realmente lo necesiten, un procedimiento ágil que fue relanzado durante nuestra gestión y garantiza el acceso a medicamentos para quienes no pueden pagarlos”, destacó el PAMI a través de un comunicado de prensa.

Los descuentos de los medicamentos (entre el 50% y el 80% para patologías crónicas y agudas, y del 40% para medicamentos de uso eventual) siguen sin modificaciones.

¿Cómo se realiza la inscripción para continuar con los medicamentos al 100%?

Los jubilados y pensionados que necesiten solicitar la cobertura al 100% de los medicamentos ambulatorios deben realizar un trámite con su Documento Nacional de Identidad (DNI) y la receta electrónica de la medicación solicitada. Esta debe ser emitida por el médico de cabecera o especialista y contar con el diagnóstico que da origen a la prestación, en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión).

En caso de necesitar más de 4 medicamentos por subsidio social, se deberá presentar otro formulario, que se puede descargar acá.

Para iniciar el trámite a través de la web de PAMI, se puede ingresar acá. También se puede ir a una agencia PAMI solo con DNI y credencial para gestionar el trámite sin necesidad de pedir turno previo. El trámite podrá realizarlo la persona afiliada, su apoderado/a o familiar.

El paso a paso para gestionar por la web el subsidio social y acceder a los medicamentos gratuitos

1. Una vez dentro de la página de PAMI (www.pami.org.ar), ir a la sección de “Trámites Web”, seleccionar “medicamentos sin cargo por subsidio social”, y luego en “Iniciar este trámite web”.

2. Ingresar número de afiliado, número de DNI y número de trámite de la última versión del DNI.

3. Completar un formulario de contacto indicando si la persona que está realizando el trámite es el afiliado titular o un familiar, número de teléfono y correo electrónico.

4. Al ingresar a la pantalla con el listado de requisitos para acceder al subsidio social, el usuario deberá confirmar si cumple con ellos y, de confirmar podrá continuar.

5. Luego, aparecerán 3 preguntas:

  • Si posee activos societarios
  • Si posee un familiar a cargo con discapacidad
  • Si posee receta en formato de papel. Si responde que sí, se te desplegará un campo donde podrá cargar el documento (en foto o formato pdf) de la receta. Si selecciona que no, avanzará porque tiene sus recetas en formato electrónico.

6. Luego aparecerá un campo de texto que es opcional para dejar algún comentario, por ejemplo, los nombres de los medicamentos que está solicitando.

7. En el siguiente paso se deberá hacer click en: “Finalizar carga de documentación”.Y por último, aparecerá la pantalla con todos los datos cargados al momento y el usuario podrá confirmar la información brindada.

8. Una vez que se confirmen los datos, el trámite quedará iniciado y aparecerá el número de caso para que el afiliado lo pueda anotar y así consultar el estado del trámite. El tiempo de respuesta será dentro de las primeras 24 horas, según detalló el PAMI.

 

Actualización 07/12/2024: se actualizó la nota tras la decisión del PAMI de eliminar el requisito de presentar una declaración jurada para acceder al subsidio social. 

Fecha de publicación original: 02/12/2024

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Comentarios

  • Liliana Cichelli5 de diciembre de 2024 a las 1:04 pmHola, mi papá cobra la mínima pero también la pensión de mi madre, lo que hace un total de $440.000, en este caso no puedo pedir ningún subsidio ? Su problema de salud es demencia senil.-
  • Rosalia Migone5 de diciembre de 2024 a las 5:21 pmPami:ustedes creen que un jubilado que por viudez que cobra 2 minimas puede alcanzar a pagar los medicamentos aún con los descuentos, es algo muy injusto , ya que lo que cobra apenas le alcanza para comer y pagar servicios, pero sí le descuentan 2 obras sociales, totalmente no tienen empatía o no razonan .Es Aberrante!!!!!
  • paola5 de diciembre de 2024 a las 5:25 pmno es clara la información. Deben tener en cuenta que atienden personas mayores de edad que no saben utilizar tecnología ni hacer trámites en algunos casos. Teniendo en cuenta esto se puede hacer un sistema más simple para ellos y mas claro y no complicarles la vida y asustarlos o bloquear la entrega de medicamentos.Con todo respeto mi opinion.Saludos
  • pedro6 de diciembre de 2024 a las 11:10 amMilei ,, aprovechador de viejos y enfermos
  • Isabel Cristina Scudiero6 de diciembre de 2024 a las 4:22 pmPoseo certificado de discapacidad.por padecer una mononeurosid periférica .estimo que se tendrá en cuenta está condición para el descuento total de algunos remedios. Gracias
  • Anahi Gladys Fossa7 de diciembre de 2024 a las 10:00 amYo gano una jubilación apenas por arriba de la mínima, pero trabajo como monotributista, ese ingreso también cuenta a la hora de la declaración jurada
  • Joy7 de diciembre de 2024 a las 9:44 pmGracias por actualizar la info! Estuve buscando pero no encontre que sucede en el caso de que en un futuro necesite solicitar más de 4 remedios, se podrá actualizar? eso no queda claro, revise la ley pero nada. Saludos!
  • Colamarino Jose Hector9 de diciembre de 2024 a las 8:20 amLo considero injusto tengo CUD. Pero en mi localidad oficina de PAMI me dicen que no me corresponde el 100x100 de descuento y estoy gastando el 70 % de mi juvilacion en medicamentos
  • cintia9 de diciembre de 2024 a las 11:01 amhola , mi madre toma 10 remedios, y tengo la app de pami donde veo las recetas electronicas, lo que " NO se completar si posee activos societarios" me pueden decir y explicar, a que se refiere??? gracias.-
  • Anibal N. Serra9 de diciembre de 2024 a las 11:18 amTodo parte de un premisa basica , la jubilacion no es una beca , es la devolucion de lo que aportastes 30, 40 y en algunos casos 50 años. Y encima el que mas aporto es al que mas se lo castiga ya sea porque le quitan la igualdad de derechos frente a sus pares y ademas le aplican el art 9 de la ley 24463 que castiga el mayor esfuerzo contributivo. En este pais hay que dedicarse a la politica esa profesion te brinda todos los beneficios y privilegios mientras vivas. !!

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