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Los laberintos de la Justicia: cuál es el recorrido de una causa penal

Una causa penal, de acuerdo con el Código Procesal Penal de la Nación, se inicia cuando una persona presenta una denuncia o por una investigación policial. La primera etapa es la de instrucción, en la que el juez o el fiscal recolectan pruebas e investigan (cuando se implemente el nuevo Código Procesal será sólo el fiscal quien estará a cargo de la investigación). En caso de que el juez tenga motivo suficiente para sospechar que el imputado cometió un delito, lo llamará a indagatoria.

La indagatoria es un acto de defensa, en el que el imputado tiene que presentarse, aunque puede negarse a declarar o puede dar su versión de los hechos, y puede luego decidir si contesta o no a las preguntas del juez y del fiscal.

En el plazo de diez días desde la indagatoria, el juez tiene tres posibilidades: dictar el sobreseimiento, la falta de mérito o el procesamiento.

  • El procesamiento corresponde cuando el juez tiene elementos suficientes para estimar que el imputado es culpable de haber cometido el delito.
  • Se establece la falta de mérito cuando el juez considera que no hay pruebas suficientes para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer al imputado. Esta no es una medida definitiva, ya que, en caso de recolectarse pruebas suficientes en el futuro, el imputado puede ser indagado otra vez y procesado.
  • El juez sobresee cuando se da por terminada la causa. Puede ser por la prescripción del delito, es decir, cuando se vencieron los plazos para perseguirlo; por la muerte del imputado; si el hecho investigado no existió o no se trata de un delito; o el delito no fue cometido por el imputado, de acuerdo con las pruebas recolectadas.

Cuando el juez decide terminar la etapa de instrucción, consulta al querellante y al fiscal para que estimen si corresponde sobreseer al imputado o elevar la causa a juicio. Si requieren la elevación a juicio, se notifica al defensor para que pueda oponer excepciones u oponerse al juicio. Finalmente, es el juez quien decide elevar la causa a juicio o no.

Esta etapa debería durar cuatro meses desde la indagatoria pero, en la práctica, muchas veces el plazo no se cumple. El juez puede solicitar a la Cámara de Apelaciones una prórroga de hasta dos meses y excepcionalmente puede exceder el plazo en casos de “suma gravedad y de muy difícil investigación”, según lo establece el Código Procesal Penal.

Apelación

En caso de que la causa se eleve a juicio, la decisión será inapelable. En cambio, si se decide el sobreseimiento, tanto el fiscal como el querellante pueden apelar, es decir, pedir una revisión de la decisión en el plazo de tres días. La apelación se hace ante el juez que dictó la sentencia y, en caso de que el juez la acepte, la causa continuará en la Cámara de Apelaciones, que deberá revisar la decisión. En caso de que el juez niegue el recurso de apelación, se puede presentar un recurso directamente ante la Cámara.

El tribunal debe decidir si confirma o revoca la decisión del juez de instrucción. Aunque formalmente tiene un plazo de hasta cinco días para hacerlo en los casos más complejos, las resoluciones suelen tomar más.

Juicio oral

Una vez que el juez decide el procesamiento y se eleva a juicio la causa, comienza la etapa del juicio oral, en la que intervienen tres jueces como tribunal. Primero se realiza la citación al juicio, donde se notifica a todas la partes para que preparen los documentos, testigos y todo tipo de pruebas que puedan presentar. Luego se hace el debate oral y público, donde los jueces evalúan las pruebas presentadas por cada parte. Una vez terminado el proceso, se lee la sentencia del juicio donde se condena o absuelve al imputado.

El tribunal oral puede sobreseer al acusado en cualquier momento del proceso, si encuentra pruebas que lo desvinculan del hecho investigado.

Este proceso puede llegar a durar meses, incluso años. El juicio oral por la tragedia de Once, que provocó 51 muertos el 21 de febrero de 2012, por ejemplo, duró casi dos años (entre el 18 de febrero de 2013 y el 29 de diciembre de 2015), y se continúa investigando a algunos funcionarios como el ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.

Cámara de Casación

Las sentencias definitivas, es decir, las que ponen fin a un proceso, o aquellas en las que el paso del tiempo puede impedir que se haga Justicia (por ejemplo, en el caso de un aborto), pueden ser revisadas por la Cámara de Casación Penal de la Nación. En el plazo de diez días tanto la querella y el fiscal como el imputado y su defensor pueden presentar el recurso de Casación ante el mismo tribunal que dictó la sentencia.

En caso de que el tribunal niegue el recurso de Casación, se puede presentar un recurso de queja directamente ante la Cámara de Casación.

¿Sobre qué decide la Cámara de Casación?

A partir del fallo “Casal”, resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2005, la Cámara de Casación debe revisar tanto cuestiones de derecho -que los jueces hayan “aplicado correctamente” la ley- como cuestiones de hecho y prueba, es decir, establecer qué fue lo que sucedió y cómo. Además, se establece que toda persona tiene derecho a que su caso sea revisado por dos instancias para que no sea un sólo tribunal el que decida.

En el caso de la tragedia de Cromagnon, por ejemplo, en el que los miembros de la banda “Callejeros” fueron absueltos por un tribunal oral y condenados por la Cámara de Casación, al no tener una instancia superior ante la cual apelar, la Corte devolvió la causa a otra sala de la Cámara de Casación para que revisara la sentencia condenatoria.

¿Cuál es la diferencia entre la Cámara de Apelaciones y la de Casación?

La Cámara de Apelaciones sólo interviene en la etapa de instrucción, es decir, antes de que se decida elevar a juicio un expediente. En cambio, una vez que comenzó el juicio, la Cámara de Casación es la última instancia de revisión que existe antes de llegar a la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, es posible que durante la etapa de instrucción se interponga un recurso de Casación contra una resolución que ponga fin al proceso. Por ejemplo, en caso de que se haya sobreseído al imputado y la decisión haya sido confirmada por la Cámara de Apelaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Es la última instancia y quien tiene la decisión final. Las causas llegan a la Corte mediante el recurso llamado extraordinario, luego de haber agotado todas las instancias anteriores, pero la Corte sólo se pronuncia en causas en las que está en discusión la interpretación de la Constitución o leyes federales. También se puede realizar un recurso de queja, en el que la persona tienen que hacer un depósito de dinero que pierde en caso de que la Corte no acepte el caso, si el tribunal cuya decisión se cuestiona no concede el recurso para llegar a la Corte.

Fecha de publicación original: 11/09/2017

Comentarios

  • Claudio7 de septiembre de 2020 a las 10:07 pmHola una consuta si la suprema corte de justicia dejo firme la sentecia te otra intancia para apela o ya queda firme y tengo que culplir la condena
  • Juan10 de septiembre de 2020 a las 9:32 amLa cámara federal de apelaciones de La Plata no resolvió a mi favor, interponiendo mi recurso en casación cuanto tiempo tardan en resolver este último?
  • Daniel25 de septiembre de 2020 a las 6:51 pmHola buenas noches quisiera saber si una causa se puede archivar ya q dicha causa pasaron 4 años....hasta lo último q supe fue a la corte Suprema ...de la nación
  • Nacho5 de octubre de 2020 a las 3:50 pmHola queria saber si algyien me.puede asesorar!! Hace 2 años y 5 dias estoy detenido, mi ex me denuncio ,dijo q tenia una relación con mi hijastra 13 años ,la cual es virgen, al momento de la denuncia ,a mi me tienen detenido desde el minuto cero ,llamaron al 911 y aca estoy detenido ,son solo dichos de una mujer y de una menor ,inducida por la madre, tenia juicio para el 11 de agosto y se cancela por la,pandemia no llaman a mis testigos a declarar ,ni me informan a mi de la cancelación del mismo, los dichos dicen que yo tuve sexo oral en 3 oportunidades y manoseo, cuando van a hacer la pericias mi abogado ni yo estuvimos presentes , y no hay ampliación de la denuncia ,y yo no pude declarar...hace 2 años estoy detenido...sin saber si en verdad hay justicia en este pais
  • Milagros12 de octubre de 2020 a las 10:05 amUna consulta que pasa si hiciste una causa y no te presentaste al cuerpo médico
  • Daniel Alfredo miraglia13 de noviembre de 2020 a las 10:22 pmQue significa mí causa está recurrida hay que esperar resuelva camara
  • Azu16 de noviembre de 2020 a las 4:27 pmMe interesaría saber que pasa cuándo la causa es elevada a juicio?
  • juan17 de noviembre de 2020 a las 9:44 amme llamaron a indagatoria en un juzgado penal por la busqueda de unmenor soy medico y tube que realizar un parto hace 12 años soy medico cirujano fue el unico parto que realise en mi vida de medico. ahora me acusan de cambio de identidad pero no tienen ninguna prueba y no responden nada pasaron ya dos años y el juez no responde nada ni sobresee ni impulsa un juicio y el abogado dice que tiene 10 años no 10 dias para resolver si eleva el juicio o no.
  • Fernando29 de diciembre de 2020 a las 1:26 pmGracias al autor de esta publicacion... me sirvio para evitar que un abogado chanta le sacaran 60mil $ a una amiga... "ella se encuentra en un proceso penal por que abusaron de su hija, lo cierto es que acà en jujuy quien se ocupo de defenderla fue la CAV (centro de asistencia a la victima) perpor cuestiones comunicativas con los secretarios de la CAV ella entro en dudas y temor debido a una mala interpetacion sobre los avances del caso razon que motivo a que un abogado allegado a la CAV le propuso llevar el caso garantizandole resultados ... presionandola para que le firmara el poder ... por suerte no se dio asi... gracias a la explicacion mas el video.. entendi que era un chanta porque el expte ya esta elevado a juicio... ella es de muy escasos.recursos y vendio la moto su bicicleta para pagar pero lleganos a tiempo y evitamos que pagara.. gracias chequeado..
  • laura8 de febrero de 2021 a las 12:11 pmBuen dia, necesito consultar si para probar el acceso carnal en una FALSA DENUNCIA no deberia existir una pericia del forense que tome muestras de victima y sospechoso? Agradeceria si me responden, gracias.

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