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Los laberintos de la Justicia: cuál es el recorrido de una causa penal

Una causa penal, de acuerdo con el Código Procesal Penal de la Nación, se inicia cuando una persona presenta una denuncia o por una investigación policial. La primera etapa es la de instrucción, en la que el juez o el fiscal recolectan pruebas e investigan (cuando se implemente el nuevo Código Procesal será sólo el fiscal quien estará a cargo de la investigación). En caso de que el juez tenga motivo suficiente para sospechar que el imputado cometió un delito, lo llamará a indagatoria.

La indagatoria es un acto de defensa, en el que el imputado tiene que presentarse, aunque puede negarse a declarar o puede dar su versión de los hechos, y puede luego decidir si contesta o no a las preguntas del juez y del fiscal.

En el plazo de diez días desde la indagatoria, el juez tiene tres posibilidades: dictar el sobreseimiento, la falta de mérito o el procesamiento.

  • El procesamiento corresponde cuando el juez tiene elementos suficientes para estimar que el imputado es culpable de haber cometido el delito.
  • Se establece la falta de mérito cuando el juez considera que no hay pruebas suficientes para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer al imputado. Esta no es una medida definitiva, ya que, en caso de recolectarse pruebas suficientes en el futuro, el imputado puede ser indagado otra vez y procesado.
  • El juez sobresee cuando se da por terminada la causa. Puede ser por la prescripción del delito, es decir, cuando se vencieron los plazos para perseguirlo; por la muerte del imputado; si el hecho investigado no existió o no se trata de un delito; o el delito no fue cometido por el imputado, de acuerdo con las pruebas recolectadas.

Cuando el juez decide terminar la etapa de instrucción, consulta al querellante y al fiscal para que estimen si corresponde sobreseer al imputado o elevar la causa a juicio. Si requieren la elevación a juicio, se notifica al defensor para que pueda oponer excepciones u oponerse al juicio. Finalmente, es el juez quien decide elevar la causa a juicio o no.

Esta etapa debería durar cuatro meses desde la indagatoria pero, en la práctica, muchas veces el plazo no se cumple. El juez puede solicitar a la Cámara de Apelaciones una prórroga de hasta dos meses y excepcionalmente puede exceder el plazo en casos de “suma gravedad y de muy difícil investigación”, según lo establece el Código Procesal Penal.

Apelación

En caso de que la causa se eleve a juicio, la decisión será inapelable. En cambio, si se decide el sobreseimiento, tanto el fiscal como el querellante pueden apelar, es decir, pedir una revisión de la decisión en el plazo de tres días. La apelación se hace ante el juez que dictó la sentencia y, en caso de que el juez la acepte, la causa continuará en la Cámara de Apelaciones, que deberá revisar la decisión. En caso de que el juez niegue el recurso de apelación, se puede presentar un recurso directamente ante la Cámara.

El tribunal debe decidir si confirma o revoca la decisión del juez de instrucción. Aunque formalmente tiene un plazo de hasta cinco días para hacerlo en los casos más complejos, las resoluciones suelen tomar más.

Juicio oral

Una vez que el juez decide el procesamiento y se eleva a juicio la causa, comienza la etapa del juicio oral, en la que intervienen tres jueces como tribunal. Primero se realiza la citación al juicio, donde se notifica a todas la partes para que preparen los documentos, testigos y todo tipo de pruebas que puedan presentar. Luego se hace el debate oral y público, donde los jueces evalúan las pruebas presentadas por cada parte. Una vez terminado el proceso, se lee la sentencia del juicio donde se condena o absuelve al imputado.

El tribunal oral puede sobreseer al acusado en cualquier momento del proceso, si encuentra pruebas que lo desvinculan del hecho investigado.

Este proceso puede llegar a durar meses, incluso años. El juicio oral por la tragedia de Once, que provocó 51 muertos el 21 de febrero de 2012, por ejemplo, duró casi dos años (entre el 18 de febrero de 2013 y el 29 de diciembre de 2015), y se continúa investigando a algunos funcionarios como el ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.

Cámara de Casación

Las sentencias definitivas, es decir, las que ponen fin a un proceso, o aquellas en las que el paso del tiempo puede impedir que se haga Justicia (por ejemplo, en el caso de un aborto), pueden ser revisadas por la Cámara de Casación Penal de la Nación. En el plazo de diez días tanto la querella y el fiscal como el imputado y su defensor pueden presentar el recurso de Casación ante el mismo tribunal que dictó la sentencia.

En caso de que el tribunal niegue el recurso de Casación, se puede presentar un recurso de queja directamente ante la Cámara de Casación.

¿Sobre qué decide la Cámara de Casación?

A partir del fallo “Casal”, resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2005, la Cámara de Casación debe revisar tanto cuestiones de derecho -que los jueces hayan “aplicado correctamente” la ley- como cuestiones de hecho y prueba, es decir, establecer qué fue lo que sucedió y cómo. Además, se establece que toda persona tiene derecho a que su caso sea revisado por dos instancias para que no sea un sólo tribunal el que decida.

En el caso de la tragedia de Cromagnon, por ejemplo, en el que los miembros de la banda “Callejeros” fueron absueltos por un tribunal oral y condenados por la Cámara de Casación, al no tener una instancia superior ante la cual apelar, la Corte devolvió la causa a otra sala de la Cámara de Casación para que revisara la sentencia condenatoria.

¿Cuál es la diferencia entre la Cámara de Apelaciones y la de Casación?

La Cámara de Apelaciones sólo interviene en la etapa de instrucción, es decir, antes de que se decida elevar a juicio un expediente. En cambio, una vez que comenzó el juicio, la Cámara de Casación es la última instancia de revisión que existe antes de llegar a la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, es posible que durante la etapa de instrucción se interponga un recurso de Casación contra una resolución que ponga fin al proceso. Por ejemplo, en caso de que se haya sobreseído al imputado y la decisión haya sido confirmada por la Cámara de Apelaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Es la última instancia y quien tiene la decisión final. Las causas llegan a la Corte mediante el recurso llamado extraordinario, luego de haber agotado todas las instancias anteriores, pero la Corte sólo se pronuncia en causas en las que está en discusión la interpretación de la Constitución o leyes federales. También se puede realizar un recurso de queja, en el que la persona tienen que hacer un depósito de dinero que pierde en caso de que la Corte no acepte el caso, si el tribunal cuya decisión se cuestiona no concede el recurso para llegar a la Corte.

Fecha de publicación original: 11/09/2017

Comentarios

  • mario4 de marzo de 2020 a las 3:56 pmen in caso por allanamiento hecho por la policia y acusados de tenencia ilegal de armasa camara de apelaciones de san martin revoco el recurso de nulidad. Antes de ir a juicio no les deben tomar declaracion indagatoria #a los acusados por la tenencia?
  • Daniel28 de marzo de 2020 a las 1:29 pmHola , me gustaría saber que tiempo maneja la justicia federal para comunicar a una persona que está imputado en una causa , no me queda claro ese proceso, hay límites razonables para ese paso ? Gracias
  • Julia16 de abril de 2020 a las 9:15 amHola! Quiero saber,cuáles son los pasos a seguir para conseguir libertad de una persona sin condena! A quien le dijeron que solo iba a estar hasta marzo,y aún no tiene novedades.
  • Gisel vazquez22 de abril de 2020 a las 2:58 pmHola como están.. me gustaría saber una resolución que me parese desde mi ignorancia mal resuelta En la cámara de apelacion n1 en el año 2018 resuelven darles la libertad por falta de merito en cuanto a robo poblado y en banda y dejarlos detenido por asociación ilícita. hoy después de 2 años elevaron la causa a juicio con todo ,no solo con asociación ilicita se apeló nuevamente a la cámara sosteniendo de la resolución anterior y ahora la cámara confirma y resuelve igual que la primera instancia...la pregunta es estamos en un prevaricato que ningún abogado tiene los huevos suficientes para denunciar ...por que supuestamente después no laburan más...algo injusto que se aga justicia
  • Gisel vazquez22 de abril de 2020 a las 3:00 pmHola como están.. me gustaría saber una resolución que me parese desde mi ignorancia mal resuelta En la cámara de apelacion n1 en el año 2018 resuelven darles la libertad por falta de merito en cuanto a robo poblado y en banda y dejarlos detenido por asociación ilícita. hoy después de 2 años elevaron la causa a juicio con todo ,no solo con asociación ilicita se apeló nuevamente a la cámara sosteniendo de la resolución anterior y ahora la cámara confirma y resuelve igual que la primera instancia...la pregunta es estamos en un prevaricato que ningún abogado tiene lo que tienen que tener para denunciar ...por que supuestamente después no laburan más...algo injusto que se aga justicia
  • Juana1 de mayo de 2020 a las 5:32 pmHola quisiera saber que hacer con una persona que es inosente pero.esta hace seis años le condenaron por 13 años por particioe de un homicidio que el ni conoce a la víctima y le niegan toda clase de recusación en casacion ahora se apelo a cámara de casacion
  • Juana1 de mayo de 2020 a las 5:40 pmHola quisiera saber que hacer con una persona que es inosente pero.esta hace seis años le condenaron por 13 años por particioe de un homicidio que el ni conoce a la víctima y le niegan toda clase de revisación en casacion ahora se apelo a cámara de casacion
  • Rosana Fagiani18 de mayo de 2020 a las 10:07 amEs posible que un joven que fue abusado por un pedófilo, bajo efecto de algún estupefaciente,al cual asesinó, fuera de sí, haya sido condenado a prisión perpetua,mientras que una persona que viola y mata otra,sólo recibe algunos años de prisión. De qué justicia estamos hablando???
  • MARTIN25 de mayo de 2020 a las 3:26 pmQUE PASA CUANDO UN JUICIO INGRESA A CÁMARA DE APELACIONES
  • Veronica27 de mayo de 2020 a las 10:13 pmEsta trabajando el juzgado? Mi marido esta detenido en una comisaria en lomchamp, venia de la casa de un amigo y lo detuvieron por que a unas cuadras habian chocado un auto robado, ( de esto me entero cuando veo la causa), mi marido estaba caminando,tenia dni, 3 cigarrillos, unos pocos pesos pero el es residente pero REINSERTADO en la sociedad, mi marido fallo pero cumplió y no tenia deuda con la justicia... me dijeron minimo un mes tenia q estar adentro por tener antecedentes, desde el 21 de febrero q esta y él no tiene nada que lo tenga que hacer estar ahi, ocupa un lugar sin haber echo nada

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