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Para comprender las facultades delegadas

El reciente debate sobre las denominadas “facultades delegadas” entre el oficialismo y la oposición se ha enfocado en el vencimiento de la prórroga que le permitía al Gobierno fijar las retenciones agropecuarias. Sin embargo, es conveniente reseñar otros aspectos, incluso más importantes, para echar luz sobre un tema tan complejo.

Se trata de potestades y funciones propias del Legislativo, delegadas al Ejecutivo, entre las que se cuentan más de 300 normas. No es un tema nuevo: se remonta a los días en que se sancionó la Constitución Nacional, en 1853.

Chequeado.com consultó a la diputada Vilma Ibarra, de Nuevo Encuentro Popular y Social, que se especializó en el tema, desde que integrara la Comisión Bicameral Especial encargada, entre otras tareas, de investigar a fondo las leyes que contenían facultades delegadas. La legisladora explicó que en la primera versión de la Carta Magna, “no había ningún artículo que hiciera referencia a la posibilidad de que el Legislativo delegara facultades. Sin embargo, en diversas oportunidades, el Legislativo dictó normas que en sus cláusulas autorizaban al Ejecutivo a, por ejemplo, delinear cuál era una zona de emergencia o determinar de qué impuesto se eximía a personas afectadas por inundaciones. Esto se hizo muchísimas veces, hasta 1994. El Instituto Federal de Estudios Parlamentarios calculó que hasta ese año se habían acumulado unas 1900 leyes con facultades delegadas”.     

La reforma Constitucional del ‘94 prohibió al Congreso delegar funciones al Poder Ejecutivo, salvo en situaciones especiales, como casos de emergencia, y siempre que se estipulara un plazo. Y estableció en una cláusula transitoria que la legislación delegada entre 1853 y 1994 caducaría en cinco años, a excepción de la ratificada por los diputados y senadores. Continúa Ibarra: “Para 1999, el Legislativo había hecho poco y nada al respecto. Se calculaba que todavía existían 1800 leyes que en alguno de sus artículos delegaban facultades. Estas leyes estaban a punto de caducar, pero nadie sabía los efectos que podría generar el hecho de que algunas de esas facultades dejaran de tener vigencia”.

Eso motivó a que el entonces presidente Carlos Menem acordara con la Alianza -el partido que asumía el gobierno- prorrogar en masa las facultades por tres años más. Lo mismo sucedió en 2002, 2004 y 2006, aunque en este último caso, con una novedad, como se verá más adelante.

Cuando el Ejecutivo utiliza alguna de las facultades delegadas por el Legislativo, lo hace mediante decretos. En 2006 se estipuló la conformación de una comisión bicameral que debía revisar cada nuevo decreto de este tipo, dentro de los diez días de emitido. “En 2006 se aprobó la última prórroga, que duró hasta 2009”, aclaró la diputada. Y agregó que “el año pasado, la mayoría de la oposición no quería prorrogar ninguna facultad, pero tampoco nadie las había estudiado. Nuestro espacio apoyó postergarlas por un año, hasta agosto de 2010, y crear una nueva comisión bicameral para estudiar las facultades delegadas”.

El pasado 30 de julio, la Comisión Bicameral Especial –de la cual Ibarra formó parte- dio a conocer los resultados de su informe. Según la Dirección de Información Parlamentaria, de todas las leyes con facultades delegadas, sólo hay aproximadamente 215 vigentes. Por su lado, el Poder Ejecutivo también las estudió a través de dos organismos -la Procuración del Tesoro y la Secretaría de Legal y Técnica-, con el objeto de determinar las leyes “relevantes” que contienen facultades delegadas. Llegaron a la conclusión de que alrededor de 360 leyes son importantes para la gestión,. Los motivos de la disminución del paquete original de 1900 leyes a poco más de 300 es que las restantes ya fueron derogadas o perdieron el objetivo para el que fueron elaboradas.  

Existen tres posturas respecto a qué hacer frente a la caducidad de las facultades delegadas. Una es la de los bloques de centroizquierda, como el Nuevo Encuentro Popular y Social, y el GEN, que ya presentaron proyectos de prórroga de facultades delegadas para determinadas leyes, con el objetivo de asegurar la gobernabilidad del Ejecutivo. Otra, es la de la diputada de la Coalición Cívica-ARI, Elisa Carrió, que postula que la situación jurídica al respecto debería retrotraerse a 2006. Esto dejaría sin efecto todas las medidas adoptadas por el Ejecutivo a través de las facultades delegadas desde aquella fecha (es la postura del constitucionalista Daniel Sabsay, que sostiene, por ejemplo, que las retenciones a la soja deberían volver a los niveles de 2006, cuando no llegaban al 30%). Finalmente, la postura del oficialismo, compartida con la Unión Cívica Radical, sostiene que lo que caducó es la facultad del Gobierno para tomar decisiones unilateralmente, pero no cambian las leyes que están sancionadas y vigentes. Y que, a lo sumo, pueden ser modificadas mediante el tratamiento legislativo corriente.

Entre las leyes más importantes cuyas facultades delegadas acaban de caducar se encuentran:

Código Aduanero
-Otorga la facultad de fijar los aranceles de importación y los derechos a las exportaciones (conocidos en la mayoría de los casos como retenciones). También define aquellos productos exentos de tales gravámenes. Hoy es la ley más polémica, ya que es la herramienta que se utiliza para definir los aranceles de exportación que pagan los productos derivados de la actividad agropecuaria. Hasta la reciente caducidad de las facultades delegadas, era el Ejecutivo el que definía los porcentajes de dichas retenciones. En la actualidad, esa facultad ha sido recuperada por el Congreso

Procedimientos Tributarios
-Permite regular normas para el funcionamiento del sistema y la persecución de evasores.

Hidrocarburos
-Otorga la potestad de fijar precios en el mercado interno ante subas o bajas abruptas internacionales.

Otras son la de Entidades Financieras, la Ley Complementaria del Presupuesto y la de Administración Financiera

Según Ibarra, “las leyes restantes no tienen facultades delegadas, o las tienen, pero fueron utilizadas muy pocas veces por el Ejecutivo”.

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Comentarios

  • jorge dumit21 de octubre de 2010 a las 11:13 pmparecido pero diferente
    o sea iguales, las facultades extraordinarias y su herramienta(lease DNU) no es ni mas ni menos aquello que nos hicieron estudiar en la secundaria como un gran error: la suma del poder publico y facultades extraordinarias otorgadas a Rosas.
    nota al pie: soy tendenciosamente Rosista en cuanto a lo federal, hay un pais despues del cordon del ceamse.

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