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Qué dice el Código Penal sobre el abuso sexual y la edad de consentimiento

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El ordenamiento jurídico vigente en nuestro país establece que cualquier acto sexual con un menor de 13 años es delito, sin importar si existió consentimiento.
  • Entre los 13 y los 16 años puede haber consentimiento, pero el Código establece que puede considerarse delito si existió un aprovechamiento de la “inmadurez sexual” de la víctima, cuando el autor es mayor de edad.
  • A partir de los 16 años las relaciones consentidas no constituyen delito.

En los últimos días salieron a la luz o tomaron visibilidad mediática algunos presuntos casos de abuso sexual infantil, como el del conductor conocido como “Jey Mammón” o el del ex participante del reality show Gran Hermano Marcelo Corazza. A partir de ello, se debaten diversos conceptos vinculados a cómo está tipificado este delito en el Código Penal de la Nación.

A continuación, repasamos algunos de estos términos, su significado y su relevancia en el ordenamiento jurídico argentino.

¿Qué es la edad de consentimiento?

El Código Penal no utiliza el término “edad de consentimiento”, pero se interpreta que su definición está en el artículo 119 del texto. El artículo establece penas de prisión de 6 meses a 4 años “al que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”.

Esto quiere decir que, en menores de 13 años, no importa si existe o no consentimiento: cualquier acto sexual, aún con consentimiento, con una persona menor de 13 años es considerado abuso. A eso se le llama “edad de consentimiento”. No se admite prueba en contrario. “En la Argentina se considera que una niña o niño menor de 13 años no tiene madurez o desarrollo suficiente para dar consentimiento válido a ningún acercamiento o contacto con sentido sexual”, señala esta guía de Unicef sobre abuso sexual infantil.

¿Qué pasa entre los 13 y los 16 años?

Como se mencionó anteriormente, el artículo 119 del Código Penal establece que cuando la víctima es mayor de 13 años se considera abuso sexual si median algunos factores, como la violencia o la amenaza, entre otros. Sin embargo, el artículo 120 del mismo cuerpo normativo agrega otra referencia etaria. Cuando la víctima tuviera entre 13 y 16 años puede haber abuso por aprovechamiento de la “inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima”. Es lo que se conoce como “estupro”.

¿Qué significa esto? “Que aún cuando hubiere consentimiento, debe probarse para que sea delito (entre los 13 y los 16 años) que el autor se valió de su mayor edad en la que debe haber una diferencia palmaria (por ejemplo, alguien de 45 con un niño o niña de 15 años)” y “debe probarse que el autor se aprovechó de una inmadurez sexual, basándose en su relación de preeminencia (ventaja de la que goza ese persona respecto del niño o niña; por ejemplo un profesor). Si no se dan estas circunstancias, no habrá delito sexual”, señaló en su cuenta de Twitter Rodrigo Morabito, juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil de la provincia de Catamarca.

¿Y entre los 16 y los 18 años?

Para el ordenamiento vigente, a partir de los 16 años las relaciones consentidas no constituyen delito. Morabito agrega que, “por encima de los 16 años, un adolescente puede tener relaciones sexuales consentidas y sólo [y siempre] será delito si existe violencia o por cualquier circunstancia no haya podido consentir libremente el acto sexual (por ejemplo, por estar alcoholizado)”.

Respecto de este rango etario, el artículo 119 del Código, al referirse a actos sexuales no consentidos, establece como agravante cuando el hecho fuera “cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.

Fecha de publicación original: 01/04/2023

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Comentarios

  • exocomuion12 de agosto de 2024 a las 12:16 amtengo una duda, en que parte del codigo penal dice esto "Para el ordenamiento vigente, a partir de los 16 años las relaciones consentidas no constituyen delito" y en que estado aplica eso, por que leiendo el codiggo penal del estado de coahuila no dice que realciones sexuales consensuadas con adolecentes de 16 no sea delito
  • Benito17 de agosto de 2024 a las 10:59 pm¿Se considera estupro cuando le llevo 2 años a mi novio? Pero para esta situación nosotros empezamos nuestro noviazgo cuando yo tenía 16 y él 14, ahora tengo 18 y él 16
  • Elia22 de agosto de 2024 a las 3:17 pmDisculpen no entiendo eso del estupro ,pensé que no tenía que tener tanta diferencia de edad...entonces como se llama cuando la víctima tiene 15 años y el autor 23años????
  • Persona Dudando30 de agosto de 2024 a las 2:11 pmsi a partir de los 16 años una mujer u hombre puede consentir una relación sexual por que Juan Darthes fue juzgado? Según recuerdo lo condenaron por estupro y según lo leído anteriormente el estupro solo es posible entre los 13 y 15 años
  • Gabriel sapuri6 de septiembre de 2024 a las 1:39 amMí ex novia tiene 16 años en octubre de este año cumple 17 y sale con un señor de 40 es delito porque ella decidió salir con el en consentida la relación
  • Natalia7 de octubre de 2024 a las 9:33 amSi un menor de 14 años abusa de una nena de 8 años y se sabe después de 4 años se puede condenar al abusador ya q actualmente tiene 18 años
  • Angel roberto Cardozo12 de octubre de 2024 a las 8:40 pmHola tengo 50 años y salgo con un chica hace 3 meses q tiene 15 , me mostró el documento de la hermana q tenía 21 y son iguales le creí, igual ella parece de.20 y falleció la.madre a.los 8 , creció mentalmente de golpe, igual ella me contó q tuvo relaciones desde los 12 , con un compañero de colegio
  • Lucia Bernabet Medina16 de octubre de 2024 a las 10:40 pmMi hermano salia con una chica y ella es 3 años menor y sus padres decidieron amenazarlo con eso cuando su mamá le pidió el número a mi hermano sabiendo que era mayor que su hija para presentarlos y ahora consiguió uno con plata para su hija y quiere denunciar a mi hermano por eso por qué el pidió una explicación de lo que pasaba con ellos ella tiene 17 y el cumplió 21
  • Yenni17 de octubre de 2024 a las 2:26 pmTengo una duda ...si están acusando a una persona por violar a un niño ....pero ese niño ya es mayor de edad y están acusando ahorita ....puede ir presa la persona???mientras averiguaciones
  • Juan Carlos29 de octubre de 2024 a las 12:24 pmTengo a mi hijo de 18 años el cual apenas acaba de tener relaciones sexuales con su novia de 16 años, la cual sabemos que a tenido una vida sexual activa desde los 14 años y hoy los padres amenazan con demandarlo si no se casa, no está embarazada y al parecer podría haber tenido relación con alguien más estando en relación con mi hijo.

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