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La Justicia no entrega toda la información sobre los bienes retenidos

Los dos aviones del empresario Lázaro Báez que hoy manejan Aviación Civil y el Ministerio de Seguridad de la Nación; el yate del ex secretario de Transporte Ricardo Jaime, que se convirtió en una “embarcación recuperada de la corrupción” de Prefectura Naval; y los 46 vehículos de ex funcionarios que pasaron a control estatal, entre ellos uno de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, son sólo algunos de los bienes que fueron confiscados por la Justicia desde 2011 e incluyen a más de mil autos y 300 armas, de acuerdo con el Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados (RNBSD). Pero, ¿qué hace la Justicia con estos bienes?

Cuando la Justicia investiga algunos delitos -como dádivas, cohecho, enriquecimiento ilícito o lavado de dinero- se encuentra con autos, armas, propiedades y, a veces, hasta con aviones y buques que fueron usados para delinquir o fueron comprados producto de los delitos cometidos. En esos casos, durante el proceso, los jueces pueden secuestrar los bienes y disponer de ellos hasta que se resuelva la causa. En caso de condena, los bienes pueden ser decomisados definitivamente y pasar a manos del Estado.

En causas particulares, como el caso de delitos de lavado de dinero en el que se prueba el origen ilegal de los bienes, gracias a una ley de 2011 puede haber decomisos definitivos sin que haya condena. Es el caso, por ejemplo, de la valija del venezolano Antonini Wilson con casi US$800 mil que nadie reclamó, y que el Poder Ejecutivo Nacional definió que se utilizaran para centros de primera infancia a cargo del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Esto cambiaría si se aprobara la ley de extinción de dominio que tiene media sanción en el Congreso, que permitiría que puedan recuperarse más bienes que los que se decomisan actualmente durante los procesos penales.

El registro

En 2011, la Argentina creó el Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados (RNBSD) por recomendación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), con el objetivo de registrar los bienes que se secuestran y así poder darles seguimiento. Estos datos fueron publicados como parte del acuerdo entre el Gobierno nacional y las organizaciones civiles en el marco del tercer Plan de Gobierno Abierto, y surgieron por un pedido del Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE).

De acuerdo con este registro, actualmente hay 1.047 autos, 375 armas, 244 inmuebles, tres buques y tres aviones incautados por la Justicia federal, entre otras cosas.

Sin embargo, el registro está lejos de ser completo. Aunque todos los bienes deberían quedar asentados en esta base, “la negativa de la Justicia de proporcionar toda la información impide saber con exactitud cuántos bienes están hoy secuestrados o decomisados”, explicó a Chequeado Agustín Carrara, director ejecutivo del CIPCE.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en 2013, emitió una acordada por la cual creó su propia base de datos, y señaló a los jueces que esta información la deberían “elevar únicamente a esta Corte”. Esto implicó, de acuerdo con los especialistas, que haya casos de secuestros y decomisos que no son informados al Poder Ejecutivo y, por lo tanto, no están registrados en la base que lleva el Ministerio de Justicia de la Nación.

Qué pasa con los bienes

Los bienes que la Justicia secuestra tienen que administrarse según la Ley 20.785, la cual establece que el dinero debe depositarse en el Banco Nación, los que pueden devaluarse deben subastarse, las armas de fuego entregarse al Ejército y así con los diferentes tipos de bienes. Sin embargo, esto no siempre se cumple.

En el caso de los autos secuestrados, el Congreso votó en 2008 una ley para que a los seis meses se destruyeran. Sin embargo, la Corte dictó una acordada en la que decidió que sólo se tenían que destruir los autos en mal estado. El resto, la Corte los puede repartir entre los jueces de forma discrecional”, explicó a a este medio Natalia Volosin, abogada especializada en temas de corrupción y máster en Derecho de la Universidad de Yale (Estados Unidos).

En ese sentido, Carrara señaló que “si uno rastrea todas las decisiones en la página de la Corte Suprema, entre 2004 y 2015 hay alrededor de 200 autos secuestrados que se adjudicaron para uso transitorio de la Corte”.

Cada juez decide cuándo se debe secuestrar o decomisar un bien. Hay algunos delitos en los que estos bienes tienen que usarse para un fin específico: en los casos de trata de personas deben ir a un fondo de asistencia a las víctimas de este delito; y en los de lavado de dinero a la Unidad de Información Financiera (UIF).

En las causas de narcotráfico, los fondos deben destinarse a la lucha contra las drogas, a través de una comisión mixta compuesta por la Corte Suprema y la Sedronar (hoy Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas, pero sus siglas vienen del nombre anterior, Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico). Sin embargo, un informe de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) señala que, “lamentablemente, los registros que lleva la comisión mixta son en su mayoría manuales y no cuentan con una información detallada de los bienes que le compete administrar. Esto obedece, en muchos casos, a que los organismos jurisdiccionales no reportan toda la información de los bienes decomisados”.

En muchos otros casos no hay un destino específico para los fondos decomisados y es la Justicia la que decide su destino. La autarquía judicial definida por la Ley 23.853 es la que utiliza la Corte para argumentar que los bienes deben quedar en manos de la Justicia.

Uno de los casos de bienes secuestrados más famosos fue el del petit hotel de la ex secretaria de Medio Ambiente de la Nación, María Julia Alsogaray, en el que los fondos de su remate fueron para la Corte Suprema. El CIPCE había pedido que se les diera un destino social y se los transfiriera al Hospital Garrahan. Sin embargo, la Corte resolvió que esto atentaba contra la autarquía judicial.

Cómo se administran

Además del destino y la transparencia de la administración de los bienes, “hay también un problema de eficiencia”, evaluó Carrara. Cuando se trata de bienes que fueron secuestrados durante el proceso, si la persona no es declarada culpable deben ser devueltos a su propietario. En ese caso, muchos de los bienes se devuelven deteriorados por el paso del tiempo y la falta de mantención.

“En general, lo que se hace a nivel internacional es tasar el bien, venderlo y luego depositar esos fondos para que generen un interés. Si la persona es declarada inocente se le devuelve el dinero”, comparó Volosin.

En la Argentina, “no existe un organismo especializado en la administración de los bienes incautados a fin de que se los gestione de manera eficiente y rentable. Esta tarea se encuentra a cargo de cada juez, con la insuficiencia profesional y las dificultades prácticas que ello acarrea”, concluye el informe de la Procunar.

Fecha de publicación original: 05/01/2018

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