Skip to content

Receta electrónica obligatoria: 5 preguntas y respuestas sobre el nuevo sistema que comenzó a implementarse en el país

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La receta electrónica ya es la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos a partir del 1° de enero de 2025, según oficializó el Ministerio de Salud de la Nación.
  • La normativa establece que las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas deben pasar al formato digital. Actualmente, 17 jurisdicciones cuentan con ley de receta electrónica.
  • La receta manuscrita permanecerá vigente como condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.

La implementación de la receta electrónica entró en vigencia en todo el país: a partir del 1° de enero de 2025 ya es la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos.

A través del Decreto 345/2024, la normativa establece que todas las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud deben pasar al formato digital. Esto significa que  los profesionales de la salud sólo podrán emitir recetas a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS), según dispuso el Gobierno nacional.

En esta nota, 5 preguntas y respuestas sobre la adopción de la receta electrónica en la Argentina.

¿Qué es la receta electrónica o digital? 

La receta electrónica o digital es un documento digital de carácter sanitario, confeccionado y firmado por un o una profesional de la salud con firma electrónica o digital, mediante el que se prescribe a un o una paciente medicamentos o se indica cualquier otra práctica o prestación, según establece la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales.

Para que tengan validez, las recetas electrónicas deberán contar con los siguientes datos: la identificación del médico o profesional de la salud (nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio); el código de barras; la identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo); y la descripción del medicamento recetado. 

También se puede sumar el nombre comercial del medicamento que el profesional prescriptor sugiera. Por último, el diagnóstico, la fecha de emisión y firma digital del profesional.

¿Cómo funciona la receta electrónica?

A partir del 1° de enero de 2025, la receta electrónica ya es la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos en la Argentina. De este modo, los profesionales de la salud únicamente pueden emitir sus recetas a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

La receta electrónica cuenta con una vigencia de 30 días para el caso de los medicamentos y de 60 días para otras prescripciones (como prácticas, estudios o prestaciones). Sin embargo, pueden extenderse recetas para tratamientos crónicos para períodos prolongados de hasta 90 días, de acuerdo a la Resolución 27/2022 del Ministerio de Salud.

Lo único que tendrá que hacer el paciente es acercarse a las farmacias con su DNI y/o credencial para requerir la medicación indicada. Cuando esto ocurra, el sistema que activa la receta digital tiene un sistema de verificación que cumplirá las siguientes funciones:

  • Que los profesionales de salud estén inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).
  • Almacenará las recetas emitidas en repositorios virtuales que funcionarán como nexo con las farmacias. Esto permitirá que los comercios puedan acceder a ellas para la dispensa de los medicamentos cuando el paciente los requiera-

Actualmente, 17 jurisdicciones cuentan con ley de receta electrónica. De ellas, 11 adhieren a la ley nacional: Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.

Cuatro jurisdicciones tienen su propia ley con un régimen propio: Provincia de Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires, Chubut y La Rioja, y en 2 hay proyectos de ley provincial en curso: Río Negro y Santa Fe. Esto significa, por ejemplo, que en territorio bonaerense ambas modalidades seguirán siendo válidas (receta digital y en papel) debido a que cuenta con legislación propia.

En tanto, las 7 jurisdicciones restantes, si bien pueden utilizar parcialmente la receta electrónica, aún no cuentan con ley provincial. De ellas, 4 adhieren al uso de receta electrónica y se espera cuenten con proyecto de ley próximamente (San Luis, Córdoba, Santiago del Estero, Santa Cruz) y 3 aún se encuentran en revisión de sus planes de ley provincial (La Pampa, Neuquén, Formosa).

¿Qué sucede si el profesional que me atiende no me da una receta electrónica?

Hasta el 31 de diciembre de 2024, los profesionales de la salud que no contaban con recetarios electrónicos estaban habilitados a confeccionar recetas en papel y los pacientes podían obtener sus medicamentos en las farmacias.

Sin embargo, la receta electrónica es la única modalidad vigente para prescribir medicamentos en la Argentina a partir del 1° de enero de 2025.

En este sentido, aquellas recetas que hayan sido emitidas en papel antes de fin de año podrán ser utilizadas dentro de su período de vigencia habitual. 

La receta manuscrita permanecerá vigente, como condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.

¿Qué deben hacer los profesionales de la salud para poder prescribir a través de la receta electrónica?

Para poder emitir recetas electrónicas y obtener la aprobación del Ministerio de Salud de la Nación, todas las plataformas deben estar inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

En tanto, para los profesionales de la salud, la medida implica la necesidad de registrarse en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). “Este dato es fundamental para validar al profesional prescriptor de una receta electrónica”, indica el organismo. A su vez, todos los ciudadanos podrán acceder al SISA para verificar si un profesional de la salud está matriculado y habilitado.

El Ministerio de Salud de la Nación habilitó una página web de “Receta Electrónica” que cuenta con información, instructivos y requisitos para la población general, profesionales, farmacias y plataformas.

Por consultas puntuales, se encuentran disponibles la línea telefónica 0800 (0800-222-1002) y la casilla oficial de correo electrónico [email protected].

¿Qué ventajas tiene la adopción de la receta electrónica y qué críticas despierta?

El Ministerio de Salud de la Nación destacó entre los posibles beneficios que la adopción de la receta electrónica vuelve “más segura y eficiente la prescripción base a los estándares definido”, garantiza “su emisión realizada por un profesional en ejercicio matriculado y habilitado, asegura “la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega”, y “simplifica instancias administrativas”.

“La digitalización de las plataformas de recetas garantiza que quien prescribe es un profesional en ejercicio matriculado y habilitado. Asimismo, facilita la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega, simplificando las instancias administrativas y otorgando transparencia; brinda herramientas a los profesionales para tomar mejores decisiones de tratamiento; y evita los errores de interpretación de la letra manuscrita”, explica el organismo en su último comunicado oficial.

Por su parte, un comunicado publicado en junio de 2023 por la Confederación Farmacéutica Argentina advierte que, para que la prescripción electrónica sea posible y operativa, “deben tenerse en cuenta cuestiones que aún no están resueltas como la interoperabilidad del sistema”.

No obstante, desde la Confederación consideran que una correcta implementación de la receta electrónica “contribuirá a la seguridad del paciente al disminuir errores de medicación, permitirá la realización del seguimiento del cumplimiento de las indicaciones terapéuticas por parte de aquel y mejorará la gestión administrativa en las farmacias”. Para ello, “es necesario que en su diseño participen quienes van a implementarlo día a día en el mostrador de la farmacia”.

 

Actualización 02/01/2025: se actualizó la nota tras la entrada en vigencia de la receta electrónica.

Fecha de publicación original: 02/07/2024

Temas

Comentarios

  • Fidel Vargas12 de agosto de 2024 a las 6:52 pmMe realizaron una receta electrónica y en la farmacia me exigieron la receta física,tuve que imprimirla cual es la diferencia sigo usando papel.
  • marcos14 de agosto de 2024 a las 11:10 pmen caba recetas y derivaciones todo por mail, todo sin papel. En PBA piden papeles en farmacias para ciertas drogas y OME (papel) para atencion y /o derivaciones. Ellos lo tienen en el sistema pero piden igual el papel porque dicen que tiene un QR, el qr es la direccion de la portada de la pagina de pami, no dice nada, cualquiera lo copia, es ridiculo
  • Beatriz Santa Cruz16 de agosto de 2024 a las 12:21 pmCon la receta electrónica, se puede comprar directamente en la farmacia o hay que imprimirla? Gracias
  • Jose11 de noviembre de 2024 a las 4:05 pmEn cantidades no me toma el 2 el 3 etc. Solo el 1. Como se hace para pedir 2 ó 3, etc. Hay que ponerlo en LETRAS GRACIAS?.
  • Jose Pereira Vázquez11 de noviembre de 2024 a las 5:21 pmHola..pregunta. como recetar 2 o 3 cajas de un medicamento recetado? No me toma otra cantidad que 1. Cual es el proceso?. Tal vez con letras seria posible?. Gracias.
  • Virginia F4 de diciembre de 2024 a las 1:08 amQue importante seria, al menos, poder hacer un esbozo quizas, sobre a qué sectores privados/economicos y de control, favorece esta medida,y toda la información que centraliza este sistema, y por otro lado me pregunto, a quienes excluye? qué pasa con las millones de personas que no tienen acceso al mundo de lo digital, por no contar con el capital material y/o simbolico. Parece naturalizado que todas las personas tenemos ese acceso/saber/capital, y eso no sucede.
  • María Graciela Alegre8 de diciembre de 2024 a las 7:37 pmLas recetas virtuales son obligatorias para quienes tienen obra social o son obligatorias para aquellos que no poseen obra social tambien? Gracias para quien tenga esa información.
  • Guillermo Nestor11 de diciembre de 2024 a las 5:29 pmUno de los médicos que me atiende, cuando hace la receta, le sale con el nombre de otra persona de sexo femenino, en lugar del mio que es masculino. Esto se debe a la época en que teníamos Libreta de enrolamiento los varones y libreta cívica las mujeres.. daban el mismo Nro. y lo diferenciaba F femenino M masculino. ¿a quien me tengo que dirigir, para solucionar este problema o como se debe proceder, el medico o el paciente? En el teléfono 149 me derivaron al 138 Me dijeron que me presente en el hospital mas cercano que tenga: llame al Español , solo atiende PAME, llame al Hospital de Clínicas.me informa que no hacen ese tipo de tramites, por que es un hospital (no recuerdo que) llame al Ramos Mejía, no atienden el teléfono. El medico corresponde a Galeno, ya no sabe mas que hacer, para proceder. Si me presento en un hospital, ¿en cual? vivo en Balvanera y que tendría que llevar, para que me informen
  • Graciela28 de diciembre de 2024 a las 3:50 pmLas recetas de los medicamentos q tomo tienen una cobertura del 100 y el 70%, una vez q el médico hacía la receta yo la remitía a la OS y está me la devolvía con la indicación de la cobertura correspondiente. Con este sistema digital como será?
  • Jerónimo1 de enero de 2025 a las 4:11 pmLamentable decición de un Sr que es ministro de salud pero no sabe nada al respecto. Debería poder convivir los dos sistemas. El tradicional, de la receta escrita, manuscrita y el actual. Pero a esta gente NO LES DA LA CABEZA. Solo piensan como financistas y NO LES INTERESA LA OPINION DE LAS PARTES INVOLUCRADAS EN SUS DECICIONES. Tenemos un presidente con personalidad ezquizo paranoide y un gabinete con lo mejor de la espculación de la Argentina. Solo los interesan las finanzas. Los números. Por ejemplo, liberar cada vez más la venta de medicamentos sin control por parte de un profesional farmacéutico. De esta forma NO VAN A DESCUENTO. NO IMPORTA SI UD DAÑA SUS RIÑONES CON USO INADECUADO DE IBUPROFENO. ALLA UD. Este es el Sr. que nos está gobernando y al cual YO VOTE. Me engañó como a un bobo. Cuando nombró a Caputo ya me di cuenta quién era realmente qu ien gobernaba.

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *