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La Policía de la Ciudad debe identificarse durante las manifestaciones, como tenían que hacer las fuerzas federales durante el kirchnerismo

Tras la manifestación en Plaza de Mayo por la aparición del artesano Santiago Maldonado y los incidentes posteriores a la movilización, se denunció desde distintos sectores políticos (ver acá y acá) y de organismos de derechos humanos (ver acá y acá) la presencia en la Plaza de policías vestidos de civil sin identificación. ¿Qué establece la ley argentina sobre este tema?

En 2011, al final del segundo gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, el Ministerio de Seguridad de la Nación había aprobado un reglamento que establecía “criterios mínimos para el desarrollo de protocolos de actuación de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad federales en manifestaciones públicas”. Este documento, impulsado por la entonces ministra Nilda Garré, fijaba en su punto 11: “Se establecerá la obligatoriedad, para todo el personal policial y de las fuerzas de seguridad intervinientes en los operativos, de portar una identificación clara que pueda advertirse a simple vista en los uniformes correspondientes”.

Con el cambio de gobierno, la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, impuso en febrero de 2016 un nuevo protocolo para las manifestaciones públicas en el que no se hace referencia alguna a la identificación de los miembros de las fuerzas de seguridad federales en manifestaciones. Según aclararon a Chequeado desde el Ministerio de Seguridad, este protocolo reemplazó al que había sido aprobado en 2011.

Desde 2016, sin embargo, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene su propia fuerza, la Policía de la Ciudad. Esta fue la fuerza que intervino el viernes último en la Plaza de Mayo. De acuerdo con la Ley 5.688 porteña, que fue sancionada en 2016 durante la gestión de Horacio Rodríguez Larreta y regula el accionar policial, los miembros de la Policía de la Ciudad están obligados en manifestaciones públicas a “portar una identificación clara que pueda advertirse a simple vista en los uniformes correspondientes”, como establecía el reglamento aprobado por Garré que luego Bullrich dejó sin efecto.

Fecha de publicación original: 04/09/2017

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Comentarios

  • FaCu4 de septiembre de 2017 a las 7:34 pmNo me quedó claro en que quedamos en CABA. Tiene vigencia el de larreta o el de bullrich?
    • Eze9 de septiembre de 2017 a las 8:28 amEn ciudad el protocolo de Larreta. Las leyes nacionales son el marco, y las leyes locales las que se aplican a cada territorio sin traicionar ni contradecir a la nacional, aportan reglamentaciones específicas para el distrito.
  • Guadalupe4 de septiembre de 2017 a las 10:20 pmUna consulta. Si el protocolo de 2016 reemplaza al de 2011, las fuerzas de seguridad de la nación o las que no son de la Ciudad no tiene la obligación de usar una identificación clara a simple vista?
    • Eze9 de septiembre de 2017 a las 8:32 amSe supone que las "fuerzas nacionales" no tienen la obligación. Cuando actúa la fuerza local, aplica la norma local, como lo fue en este caso.
  • Fernando4 de septiembre de 2017 a las 11:16 pm"Identificación clara" significa, nombre, apellido, ID numérico, rango y/o fuerza, o que datos concretos? O la reglamentación es ambigua y permite q alguien entienda q la leyenda "Policía" o ambigüedad similar sea tomada como identificación suficiente? Hay mucha gente confundida avesevrespecto en Twitter donde publican este chequeo y vale la pena ahondar este poquito más. SDS y gracias x su buen trabajo.
  • lucia4 de septiembre de 2017 a las 11:59 pmEl título de esta nota es cualquiera.
  • Edith Torres5 de septiembre de 2017 a las 12:01 amLa identificación clara sería el chaleco bordo que decía Policía sobre la ropa de civil ??
  • Jimena5 de septiembre de 2017 a las 8:43 amMe parece tendencioso decir que el año 2011 era el "final del segundo gobierno" de CFK. Ese protocolo funcionó para, prácticamente, todo su segundo periodo, no es una normativa dejada "de regalo" al PRO, como la frase puede implicar.
  • Sonia5 de septiembre de 2017 a las 11:07 amEs lo que corresponde . Y también corresponde que cada manifestante lleve su DNI y no DNI falsificado cómo resultó en la última manifestación.
    • Eze9 de septiembre de 2017 a las 8:34 amLa portación de DNI para identificación personal no es obligatoria.
  • N3RI5 de septiembre de 2017 a las 11:38 amEso no aclara si la identificación debe ser personal, nombre, rango, placa, etc, o si la identificación debe ser como miembro de la fuerza, con lo que un chaleco que diga POLICÍA ya alcanza.
  • Marcelo5 de septiembre de 2017 a las 11:24 pmCuando aprendan a vivir en democracia sin romper todo sin agredir sin pintar lugares historicos Nacionales respetando cada lugar que nos dejaron..ese dia no van a pasar estas cosas..mientras sigan buscando agredir a quien esta para cuidarlos dando su propia vida hi va a cambiar..despues piden seguridad..tendrian que apedrear a los delincuentes ya que les da tanto la nafta..ahh sierto..tienen miedo..
  • Laura8 de septiembre de 2017 a las 8:47 amFines del 2011... era el final del PRIMER de Cristina, no del segundo. Les cuento, por si no saben, que el segundo mandato finalizó en 2015...

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