Skip to content
Esta nota tiene más de un año

Cuando el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias [de la ONU] planteó eso, yo he dicho que [Milagro Sala] tiene que ser dejada en libertad, porque esto es una cuestión de respeto a un órgano jurídico internacional del cual la Argentina es parte”.

Fecha de publicación original: 16/01/2017

Comentarios

  • Diego E19 de enero de 2017 a las 12:25 pmMarche un pedido de renuncia para Santiago Cantón!!!
  • Julio González20 de enero de 2017 a las 5:41 amSi este señor piensa que un organismo cualquiera está por encima de la Justicia, ya puedebir renunciando.
    • Beatriz Martinez30 de enero de 2017 a las 6:54 amDecir que la OEA es un organismo cualquiera es mostrar ignorancia supina, toda vez, que con ese organismo, se han suscripto acuerdos, que si son, de obligado cumplimiento.
      • Horacio12 de mayo de 2017 a las 1:29 pmNo es la OEA-... Es la ONU... Lean bien la nota!
  • Sergio20 de enero de 2017 a las 7:29 pmHay que escuchar las argumentaciones del Gobernador Morales, por demás sólidas y despojadas de revanchismo... Jujuy, bajo el imperio de Tupac Amaru de Sala, vivió una epoca aciaga donde no se vulneró derechos y se sistematizó el robo. Espero que la Justicia jujeña esté a la altura de las circunstancias y defina en tiempo y forma lo ocurrido y que castigue a todos lis involucrados en las diferentes causas
  • Sergio20 de enero de 2017 a las 7:31 pmFe de erratas: "... donde se vulneró derechos y se sistematizó el robo..."
  • marcelo moreyra23 de enero de 2017 a las 1:46 pmMilagro Sala debe permanecer presa como cristina. Y los organismo externo q no se metan donde no tienen q meterse. Argentina tiene sus leyes. Q SE CUMPLAN.
    • Leo1 de febrero de 2017 a las 1:02 pmClaro, pero el tema es que según las leyes Milagros no debería estar presa...
  • Juliana26 de enero de 2017 a las 7:26 amEn Argentina los tratados internacionales tienen jerarquía constitucional e indican pautas muy claras en cuanto a las prisiones preventivas, violar esa normativa internacional genera responsabilizad para el estado, sin importar cual de las jurisdicciones y poderes viola esos tratados. Milagro Sala es una presa política. Los argumentos están en el dictamen del grupo de trabajo contra retenciones arbitrarias de la Onu, son sólo 3 hojas, sin leerlo se bartolean opiniones
    • Horacio12 de mayo de 2017 a las 1:31 pmExcelente comentario, Juliana... Acá prima el "HABLEMOS SIN SABER"... todos opinólogos, incluso tentados a ponerse escribir habiendo leído solamente el título, y a lo sumo 3 líneas de la nota. Considero por convicción que M.S. debería ir presa, pero después de un juicio justo, y que no dure 40 años...
  • Martin29 de enero de 2017 a las 2:53 pmJusticia, si existiera el gerente de la nación tendría que haber ido en cana x contrabando
    • seba3 de febrero de 2017 a las 9:34 amChaaau
  • Walter3 de febrero de 2017 a las 12:47 amContame algo del hermano del gobernador y esa cooperativa trucha que manejaba, con los aportes del gobierno
    • Horacio12 de mayo de 2017 a las 1:32 pmContame vos... Por qué nadie lo denuncia en serio y con pruebas... eh?
  • seba3 de febrero de 2017 a las 9:36 amSí. Yo creo que el articulo da por obvio los derechos fundamentales
  • Manuel Figuerero4 de febrero de 2017 a las 12:44 amCreo que para poder opinar con honestidad y aptitud, sobre el contenido del derecho ingternacuional de los derechos humanos hay que ingresar un poquito en ese campo, tan dificultoso para la mayoría de los abogados y, para la misma ciudadanía. Por ejemplo. nos señala Juliana, que lo que resuelve ese organismo de la oNU es obligatorio para la Argentina. Lamento señalarle a esta forista que es incierto. La Argentina es un país soberano, no ha puesto su poder soberano, en manos de ningún organismo internacinal. Al menos hasta ahora. Por lo ue, si bien en ciertos casos, es obligatorio para el país, ciertosnormas, ya que convencionalmente la Argentina así lo hizo conocer, por lo general, estos casos son precisamente de tal úindole, excepcionales. El organismo de la ONN no puede meter sus narices, donde no le llaman.Otro ejemplo para Juliana: en el caso Abella, iniciado ante la Comisión interamericana de los DD.HH. se intentó que se sancione a la Argentina, a raíz de que los miluitaeres que intentaron recuperar el cuartel, habrían utilizado elementos de ataque prohibidos por las normasd internacionales. La Comisión interamericanam, señalaó que efectivamente rige tal pohibición y que a la época del ataque a La tablada, nuestro país no hab+ía rubricado tal convención internacional, razón por la cual, hata que no lo hubiera hecho, no es obligatoria para nuestro país. Este punto de vista, debió ser seguido, con relación al juzgamiento de otros tratados internacionales que no estaban vigentes en otras ocasiones, pero, desoyendo el dictamen internacinal de la oEA, la Justicia rgentina impuso una teoría contraria al dictamen citado. Vale decir que, en unos casos, Argentina debe obedecer por temor a laz sanción internacional, pero cuando se trata de sancionar a los militaes, entonces nuestra Justicia hace caso omiso si Argentina rubricó o no un determinado Tratado internacional, no importándole, aparentemente, el que pudiera ser sancionada la Argentina. Y éso no es justicia. Justicia, con mayúscula es otra cosa. no son fanáticos abogados, con ideología pública conocida, que odian a los imputados, por haber sido vencidos por éstos y, precissamente se comportan con un ánimo odioso retaliativo.

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *