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FrasesEn proceso, adelantada
Se tomaron parte de las medidas necesarias y se trabajó para lograr la promesa, aunque todavía no está cumplida.

Javier Milei y su promesa a 2 años como presidente: “Vamos a hacer un programa de modernización del mercado laboral”

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El Poder Ejecutivo enviará al Congreso un proyecto de reforma laboral que será tratado en sesiones extraordinarias.
  • La iniciativa fue trabajada en el Consejo de Mayo. Según el informe presentado por este organismo, prevé la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos, promueve los convenios por empresa y permite los aumentos salariales por productividad.
  • Especialistas consultados por Chequeado difieren sobre el impacto de estos cambios en la creación de empleo formal y la reducción de la informalidad, que hoy alcanza al 43,2% de los trabajadores.

En el debate por el balotaje de 2023, el presidente Javier Milei (La Libertad Avanza) prometió que, si llegaba a presidente, impulsaría “un programa de modernización del mercado laboral”. 

A 2 años de su asunción, esta promesa se encuentra “en proceso, adelantada”. El vocero presidencial Manuel Adorni confirmó el 9 de diciembre que el proyecto de modernización laboral será enviado para su tratamiento en sesiones extraordinarias del Congreso, previstas entre el 10 y el 30 de diciembre.

Según la metodología de Chequeado, una promesa se encuentra “en proceso, adelantada” cuando “se tomaron parte de las medidas necesarias y se trabajó para lograr la promesa, aunque todavía no está cumplida”.

Qué se sabe de la reforma laboral del Gobierno

Según el documento oficial del Consejo de Mayo, publicado el 9 de diciembre, los lineamientos acordados incluyen:

  • Ultraactividad: se limita la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo. Este concepto, vigente en la ley actual, implica que todos los acuerdos firmados entre empresarios y gremios conservan vigencia hasta tanto no sean reemplazados por otro, aun cuando se encuentren vencidos.
  • Impulso a los convenios por empresa: en la ley actual prevalecen los convenios nacionales o por actividad, por encima de los regionales o por empresa. El Consejo de Mayo propone invertir ese orden para adaptar las normas colectivas a las realidades locales.
  • Reducción de la carga fiscal al trabajo: se plantea revisar impuestos y contribuciones que “desincentiven la contratación formal”.
  • Derecho colectivo: se busca garantizar que ciertos servicios, considerados esenciales, no se vean afectados por medidas de fuerza. Se establecen desde sanciones hasta la posibilidad de quitarle la personería gremial a sindicatos que produzcan daños a los bienes del empleador o amanecen a quienes no paran.
  • Derecho individual: se promoverán medidas para fortalecer un sistema previsible para las empresas, que reduzca la litigiosidad, y la revisión de normas que generan, según el Consejo, “obstáculos prácticos”, como la regulación del fraccionamiento de las vacaciones. 
  • Derogación de normas “obsoletas”, incluida la Ley de Teletrabajo, sancionada durante la pandemia.
  • Banco de horas: el proyecto incorpora un mecanismo que permite “reorganizar” la distribución de la jornada laboral sin alterar el máximo semanal establecido por ley. En la práctica, habilita que las empresas acumulen horas trabajadas de más en determinados períodos y las compensen en otros con menos actividad, sin que esto se compute como horas extra. 

 

Fondos de Asistencia, “salarios dinámicos” y régimen para Repartidores

El proyecto incorpora la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo que funcionaría como herramienta para financiar coberturas básicas en situaciones de desvinculación o reducción de ingresos. 

Según el documento del Consejo de Mayo, estos fondos pueden ser administrados por entidades privadas o públicas y buscan “otorgar previsibilidad tanto a empleadores como a trabajadores frente a eventos que afecten la continuidad laboral”. En los hechos, operan como un sistema alternativo y más flexible al esquema tradicional de indemnizaciones.

Sobre el modelo tradicional, se incluye la posibilidad de abonar indemnizaciones en cuotas, algo que ya figuraba en propuestas legislativas previas del oficialismo.

La reforma también incorpora “salarios dinámicos”, un esquema que permite ajustar remuneraciones según indicadores de productividad definidos en cada sector

En línea con lo que había planteado el secretario de Trabajo, Jorge Cordero, en el Coloquio de IDEA, el documento del Consejo de Mayo sostiene que la modernización laboral debe promover “mecanismos de compensación más ágiles y basados en la eficiencia”.

Además, la reforma establece un régimen específico para los Repartidores Independientes de Plataformas, una categoría destinada a trabajadores que realizan tareas a través de aplicaciones digitales de reparto o mensajería. Se promueve un esquema diferenciado de aportes y el acceso a ciertos derechos, como seguros viales, sin que ello implique una relación laboral de dependencia. 

Debate entre especialistas sobre el impacto

Sobre los convenios por empresa, la especialista Nuria Susmel, economista de la Fundación FIEL, dijo a Chequeado que esa modalidad “permite que las empresas adapten las normas a sus realidades. Hoy la norma es la misma para una empresa que factura millones que para un bolichito de barrio y los básicos de convenio son los mismos”.

Susmel destacó a este medio que las principales normas laborales datan de hace varias décadas:

  • Ley de Convenciones Colectivas: 1953;
  • Ley de Contrato de Trabajo: 1974;
  • Ley de Asociaciones Sindicales: 1988. 

Respecto de la informalidad, la economista de FIEL argumentó: “Las empresas no siempre tienen trabajadores en negro porque sean avaras y quieran ganar más; muchas veces no los registran porque la rentabilidad no les da para pagar los costos laborales”.

En este sentido, la consultora Invecq señaló que un factor determinante para el aumento de la informalidad está relacionado con “los elevados costos de contratación: Argentina presenta los más altos de la región, en torno al 70% (ligeramente por encima de Brasil)”.

El Gobierno había intentado implementar cambios mediante el Decreto 70/2023, pero el capítulo laboral fue declarado inconstitucional por la Justicia. Luego, el Congreso aprobó la Ley Bases, que sí incluyó algunas modificaciones al régimen laboral.  

Joan Manuel Vezzato, especialista en Trabajo del think tank Fundar -que dirige Sebastián Ceria- explicó a Chequeado: “Ya hubo una ley específica, que fue el capítulo laboral de la Ley de Bases, que modificó formalmente las relaciones laborales”. Recordó cambios como la ampliación del período de prueba, la eliminación de multas por trabajadores no registrados y la creación de la figura del “colaborador independiente”.

Y agregó: “La flexibilización laboral no ayudó a crear empleo de calidad y convalidó la informalidad estructural del mercado de trabajo”. 

Según los últimos datos del INDEC, la informalidad laboral (es decir, puestos de trabajo que no cuentan con estabilidad, aportes jubilatorios, obra social o vacaciones pagas) alcanzó al 43,2% del total de puestos de trabajo en el segundo trimestre de 2025, lo que implica un aumento de 1,6 puntos con respecto a igual período de 2024 y 1,2 puntos más que el primer trimestre de 2025.

 

EN PROCESO, ADELANTADA: se tomaron parte de las medidas necesarias y se trabajó para lograr la promesa, aunque todavía no está cumplida.

 

Actualización 09/12/2025, 20:30 hs: se actualizó la nota tras la publicación del documento oficial del Consejo de Mayo.

 

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Comentarios

  • Aldo Granata9 de diciembre de 2025 a las 11:06 pmPoca profundidad en el análisis y opiniones de "expertos" garantistas. Viene grueso el dobre de pelzca...

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