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El Senado rechazó el veto de Javier Milei y reactivó la Ley de Emergencia en Discapacidad

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La Cámara de Senadores rechazó el veto de Javier Milei contra la ley que declara emergencia en discapacidad hasta diciembre de 2027. Lo hizo con 63 votos afirmativos y 7 negativos. 
  • El Presidente no puede usar su poder de veto cuando el Congreso insiste con un proyecto previamente vetado. Ahora, el proyecto debe pasar al Poder Ejecutivo para ser promulgado.
  • El proyecto propone regularizar pagos a prestadores, actualizar aranceles y reformar pensiones no contributivas, entre otras.

La Cámara de Senadores rechazó hoy el veto de Javier Milei contra la ley que declara emergencia en discapacidad hasta diciembre de 2027.  El Congreso reunió los 2 tercios en el Senado para que la ley quede firme con 63 votos afirmativos y 7 negativos.

El veto ya había sido rechazado el 20 de agosto en Diputados, con 172 votos a favor, 73 en contra y 2 abstenciones. 

El Presidente no puede usar su poder de veto cuando el Congreso insiste con un proyecto previamente vetado. Se trata de la primera vez que el Congreso revierte un veto de Milei y, la primera vez en, al menos, 22 años que el Congreso insiste con una ley vetada por el Poder Ejecutivo.

La ley de Emergencia en Discapacidad había sido aprobada por el Senado el 10 junio último, pero el 4 de agosto Milei la vetó en su totalidad, según se publicó en el Boletín Oficial.

“Apuesto 100 mil a uno que todos saben lo que voy a hacer. ¿Saben qué? Vamos a vetar”, declaró durante una conferencia en la Bolsa de Comercio tras la aprobación del aumento del 7,2% en jubilaciones, la prórroga de la moratoria previsional y la ley de emergencia en discapacidad. Después fue más allá y amenazó con judicializar las normas: “Y si aún se diera la circunstancia, que no creo, que el veto se cae, lo vamos a judicializar”.

¿Qué establece la Ley de Emergencia en discapacidad?

  • Regularización de pagos y actualización de aranceles: se propone saldar las deudas con los prestadores del sistema de salud y actualizar mensualmente los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral. La iniciativa declara el sistema de interés público nacional.
  • Reforma del sistema de pensiones no contributivas: el proyecto busca garantizar el financiamiento adecuado de las pensiones por discapacidad, revisando las condiciones de acceso y permanencia en el beneficio.
  • Fortalecimiento institucional: se plantea mejorar la base de datos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y realizar auditorías para identificar y resolver problemas en la gestión de prestaciones.
  • Transparencia y rendición de cuentas: el Poder Ejecutivo deberá informar públicamente sobre la ejecución presupuestaria y las políticas implementadas en el marco de la emergencia.
  • Compensaciones económicas: el proyecto incluye una compensación de emergencia para prestadores y asignaciones para talleres de producción, con un impacto fiscal estimado por la Oficina de Presupuesto del Congreso de entre el 0,22% y 0,42% del PBI.
  • Actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD): se propone que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), en articulación con el Consejo Federal de Discapacidad, establezca los lineamientos para la certificación de la discapacidad, considerando las condiciones físicas, mentales, intelectuales, sensoriales y sociales de la persona.

¿Qué pasa ahora que el Senado rechazó el veto presidencial?

Como establece el artículo 83 de la Constitución Nacional, después del veto el proyecto debe regresar a la primera cámara donde comenzó su debate en el recinto. Esto ya había ocurrido en Diputados el 20 de agosto último.

De aprobarse con dos tercios de los votos, pasa a la cámara de revisión (si se introdujo en la Cámara de Diputados, la cámara de revisión es el Senado y viceversa). En este caso, primero se trató en Diputados, y este jueves se insistió en el Senado.

Las votaciones son “nominales”, por sí o por no. Entonces, si en las 2 cámaras la mayoría vota si, el proyecto pasa al Poder Ejecutivo para ser promulgado. En cambio, si las cámaras difieren, el proyecto no podrá volver a debatirse en las sesiones de ese año.

El Presidente no puede usar su poder de veto cuando el Congreso insiste con un proyecto previamente vetado.

A pesar de contar con la herramienta de la insistencia parlamentaria, el Congreso raramente insiste en el tratamiento de los proyectos vetados. Según calculó el sitio El Parlamentario, en base a un relevamiento del Centro de Estudios Nueva Mayoría, desde el regreso de la democracia solo en 36 oportunidades el Congreso aprobó una ley que había sido vetada previamente.

Durante su presidencia, Raúl Alfonsín vetó 49 proyectos de ley y solo uno fue ratificado por el Congreso. Por su parte, Carlos Menem -entre 1989 y 1999- vetó 195 normas, de las cuales 30 fueron finalmente aprobadas por insistencia del Parlamento. Su sucesor, Fernando De la Rúa, vetó 46 y el Congreso ratificó 5. Por último, ninguna de las leyes vetadas por Néstor Kirchner (36), Cristina Fernández de Kirchner (18) y Mauricio Macri (5 en su primer año) fueron insistidas por el Congreso.

Actualización 04/09/2025: esta nota se actualizó con el rechazo del Senado al veto presidencial.

Fecha de publicación original: 04/09/2025

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