La ANSES y las cajas provinciales, ¿quién le debe a quién?
El gobernador de Córdoba, José Manuel de la Sota, presentó el viernes una nueva demanda contra el Gobierno nacional ante la Corte Suprema por la retención de los fondos de la coparticipación para el pago de las jubilaciones. Los conflictos entre el Gobierno nacional y algunas provincias por el envío de recursos para las cajas de jubilaciones dejan al descubierto un complejo sistema de acuerdos para cubrir los déficits de los distintos sistemas provinciales.
Los acuerdos comenzaron a implementarse en 1992, cuando se decidió la privatización del sistema jubilatorio. Las provincias aceptaron entonces resignar el 15% de los recursos coparticipables para financiar el déficit de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
Un año más tarde se estableció el compromiso de la Nación de “aceptar la transferencia al Sistema Nacional de Previsión Social de las Cajas de Jubilaciones Provinciales”, por lo cual entre los años 1994 y 1996 fueron transferidas a la Nación las cajas correspondientes a once provincias, como explica el documento “Encrucijadas en la seguridad social argentina: reforma, cobertura y desafíos para el sistema de pensiones” de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Años después, en 1999, se firmó el Compromiso Federal (ratificado por las leyes 25.235 y 25.400) en el que la Nación se comprometió a financiar los déficits de los sistemas provinciales no transferidos. A su vez, las provincias debían armonizar en un plazo de 180 días sus sistemas “en función de las pautas nacionales en cuanto al régimen de aportes y contribuciones, así como de los requisitos para acceder a beneficios en el futuro”. Es decir ajustar su sistema jubilatorio al esquema nacional.
Esta normativa general fue complementada con convenios particulares entre cada provincia y la ANSES, a los que accedieron 10 de las 13 jurisdicciones que mantuvieron el sistema previsional en su poder.
Hoy, la provincia de Córdoba -que no transfirió su Caja de Jubilaciones- denuncia que no se le pagó el déficit como se le había prometido y que se continua reteniendo el 15% de sus fondos coparticipables. La Nación responde que la Provincia no armonizó su sistema y por lo tanto no cumplió su parte del acuerdo.
¿Qué significa armonizar el sistema?
Se pueden tomar diferentes elementos al considerar los grados de armonización entre los sistemas previsionales. Entre los más importantes están: la forma de cálculo del haber jubilatorio, la edad jubilatoria y la cantidad de años de servicio con aportes.
Tomando estos dos últimos elementos, el sistema nacional establece que “tendrán derecho a la jubilación ordinaria los afiliados hombres que hubieran cumplido 65 años de edad y mujeres que hubieran cumplido 60 años de edad”. Además, se deben “reunir 30 años de servicios con aportes”. Estos son los parámetros que deben tener en cuenta las provincias al momento de la armonización.
El caso de Córdoba
Para obtener la jubilación ordinaria en la provincia de Córdoba se necesita un mínimo de 60 años en el caso de las mujeres y 65 en el de los varones, y que acrediten 30 años de servicio. En el acuerdo firmado entre la Provincia y la Nación en 2009, ésta última se comprometía a contribuir parcialmente al financiamiento del régimen previsional cordobés.
El acuerdo establece que “toda vez que el proceso de armonización se contraponga con derechos conferidos por la Constitución Provincial, y/o leyes provinciales, los mismos serán respetados y sus mayores costos serán financiados exclusivamente por la Provincia”. Por otra parte, para cumplir con la financiación que se acordó con la ANSES, se determinaron ciertos montos de transferencias mensuales que luego se actualizaban en función de los cambios del sistema previsional nacional.
Los $1.040 millones que reclama Córdoba surgen del cálculo de estos montos mensuales que estaban acordados por todo 2011, y no del total del déficit de la Caja de Jubilaciones de Córdoba.
El acuerdo determina, además, que “en caso de verificarse incumplimiento de los compromisos asumidos por la Provincia, las obligaciones reconocidas por el Estado Nacional (…) perderán eficacia y exigibilidad”. Para la ANSES, Córdoba no avanzó en la armonización, por lo que dejó de enviarle fondos a la Caja Provincial.
Para algunos especialistas, como el tributarista y profesor de Ciencias Económicas de la Univesidad Nacional de Córdoba (UNC), Salvador Treber, un problema es que el mismo Gobierno nacional, que es parte del conflicto, sea quien decide cuando se rompe el acuerdo: “El Estado se ha erigido como juez y parte, porque firma un convenio como parte, pero por su cuenta define que la otra parte no cumplió, en lugar de recurrir a la Corte Suprema de Justicia como árbitro, o al tribunal administrativo que existe”.
En cuanto a los esfuerzos que ha hecho Córdoba, Eduardo Viera, contador especializado en temas previsionales, recordó: “Luego del acuerdo de 1999, en el que los gobernadores se comprometían a armonizar sus sistemas jubilatorios con la Nación, Córdoba operó en forma inversa dictando normas entre el año 2000 y 2002 (leyes 8836, 9017 y 9045) que disminuyeron los requisitos para acceder a un beneficio provincial (disminución de edad, años de servicios, pasividades anticipadas, jubilaciones automáticas, etc.), aumentando la cantidad de beneficiarios y disminuyendo la de aportantes, encareciendo notablemente el sistema previsional cordobés”.
A partir de 2003, sin embargo, hubo un cambio hacia la armonización: “En enero de 2003 (Ley 9075), comienza el proceso de armonización, con el alza en la edad jubilatoria, y el recorte del derecho a pensión, entre otras cuestiones. En el 2008 se continúan las medidas en este sentido, ya que se cambia la fórmula de cálculo utilizando el promedio de los últimos cuatro años aportados (antes era con el último sueldo) y la movilidad por sectores (antes era por cargo)”.
Por eso, el especialista concluye que la provincia de Córdoba es “la que más ha hecho regresivo su sistema previsional tendiendo con esa armonización a equipararse con el sistema nacional”. Treber también coincide en los esfuerzos hechos por Córdoba para la armonización.
Cómo es en otras provincias
En Santa Cruz, por ejemplo, según informa la Caja de Previsión Social, se necesitan para la jubilación ordinaria: 30 años de servicios computables; tener al menos 54 años el hombre y 50 años la mujer; o tener 30 años con aportes provinciales para el varón y 28 años con aportes provinciales para la mujer, sin exigencia de edad.
En el pacto firmado con la Nación en el 2008, estaba estipulado un proceso de equiparación, al tiempo que la ANSES se hacía cargo parcialmente del déficit. En diciembre de 2011, el Gobierno provincial promovió un proyecto de reforma del sistema jubilatorio, donde se buscaba aumentar la edad de retiro, pero ante las protestas fue retirado.
En Entre Ríos tampoco se utilizan los criterios de la ANSES. Para obtener la jubilación ordinaria se requieren “62 y 57 años de edad según se trate de varones y mujeres respectivamente”, y que se “acrediten 30 años de servicios computados”, según la ley previsional de la provincia.
Pese a ello, en la Cuenta General del Ejercicio 2011 figuró (Capítulo 1, página 32) como Ingreso de Operación-Transferencias Corrientes, el ítem “ANSES-Financiamiento del déficit previsional”, con un monto de 185 millones de pesos. Para el Ejercicio 2012, sin embargo, el monto de transferencias por el mismo concepto es de cero pesos.
El gobernador Sergio Urribarri mencionó la existencia de una deuda entre la ANSES y la caja de jubilaciones provincial, aunque expresó que no reclamaría porque el sistema previsional no estaba armonizado (ver también el caso de la provincia de Santa Fe).
Este chequeo fue publicado originalmente el 3 de septiembre de 2012 y se reedita debido a que el tema vuelve a estar presente en la agenda pública.
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