Cuánto nos dejan saber las empresas públicas sobre sus números
La ambigüedad de la norma y la falta de un organismo de control son algunos de los problemas que identifica el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec) para tener un acceso más efectivo a la información de las empresas públicas.
El relevamiento que hizo Cippec entre 14 empresas públicas a las que se le hicieron pedidos de acceso a la información, demostró el bajo nivel de respuestas:
• De las 14 empresas seleccionadas, nueve contestaron los pedidos de información realizados y cinco no remitieron ninguna respuesta.
• De las nueve que efectivamente contestaron, cuatro enviaron el 10% o menos de la información solicitada; de las cinco restantes, solo dos remitieron el 25% de la información y tres, aproximadamente, el 65 por ciento.
• Solo dos empresas enviaron copia de sus balances, pero no de los años solicitados. Además, sólo tres empresas enviaron información sobre su personal y datos sobre compras públicas.
En la Argentina hoy no existe una ley que reglamente el acceso a la información pública, a pesar de los varios proyectos presentados y los pedidos de distintos sectores. La normativa que regula el acceso a la información del Poder Ejecutivo es un decreto: el número 1172/2003.
“Si bien el decreto 1172/2003 nombra específicamente a las empresas públicas, la diversidad de tipos legales y de participación del Estado en las empresas no permite conocer con claridad qué empresas están obligadas”, señala el informe.
Otra falla es que “no existe un mecanismo de aplicación y control que garantice el ejercicio del derecho, ni una regulación específica que enumere las excepciones de la obligación de informar para las empresas públicas (por ejemplo, aquellas referidas a los secretos comerciales)”.
Por último, señala el poco compromiso con la transparencia y “el predominio de una cultura burocrática propensa al secreto y el ocultamiento”.
Se considera empresa pública “a todas las empresas que tienen una participación estatal mayor al 10%, o que fueron expropiadas o estatizadas o que son controladas por el Estado. Al margen del tipo legal por el que hayan sido constituidas, lo relevante son los aportes del Estado que reciben o recibieron para su conformación y/o funcionamiento, y el control estatal de la empresa, por ejemplo, a través del nombramiento de sus directores o auditores”. Y las que se incluyeron en el estudio representan el 85% de las erogaciones del Estado en empresas públicas.
Las principales razones que adujeron las empresas para no responder fueron las siguientes:
• La protección del secreto comercial.
• Las sociedades anónimas con capital estatal están fuera de la órbita del sector público nacional y, por ende, no están alcanzadas por el Decreto 1172/2003.
• La información solicitada excedía el concepto de información estipulado en el Decreto 1172/2003.
• La información es confidencial, sobre todo la relacionada con los manuales de procedimiento.
• Al no estar aprobados los balances de los últimos tres años, no fue posible remitir información sobre los estados contables.
“Es esencial para la vida en democracia que los ciudadanos puedan acceder a información sobre el funcionamiento del Estado. En el caso de las empresas públicas, debe poder conocerse el aporte estatal y cualquier otro dato relevante para contribuir al control de las erogaciones públicas, comprender el aporte que estas empresas realizan a la economía nacional y aumentar el nivel de rendición de cuentas de sus directivos”, concluye el estudio.
Fecha de publicación original: 17/02/2015
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