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Acceso a la información pública: qué modificó la resolución del Jefe de Gabinete

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial en las últimas horas, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, delegó en funcionarios con menor jerarquía la facultad de denegar información solicitada a través de un pedido de acceso. La decisión fue recibida con críticas de distintas figuras de Juntos por el Cambio, como Laura Alonso y Pablo Avelluto, y Natalia Villa, actual diputada nacional, entre otras.

La Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública fue sancionada en septiembre de 2016 -durante la gestión de Mauricio Macri- e indica que un organismo debe entregar la información que le soliciten (con ciertas excepciones), pero puede negarse a dar información si ésta no existe y esa dependencia no está obligada por ley a producirla.

La norma también explicita que se puede negar el acceso a cierta información cuando esté incluida dentro de las excepciones fijadas por la ley: como la información clasificada por razones de defensa o política exterior; o datos protegidos por el secreto profesional, o que contenga datos personales, o que pueda ocasionar un peligro a la vida o seguridad de una persona; entre otros supuestos.

En cualquier caso, de acuerdo con la ley, las autoridades a cargo deberán responder con una fundamentación cuando nieguen una solicitud. A su vez, la norma también establece que quien realice el pedido podrá reclamar ante la Agencia de Acceso a la Información Pública y/o ante los tribunales de primera instancia en lo contencioso administrativo federal si considera que hubo un incumplimiento.

La ley especifica que “la denegatoria de la información debe ser dispuesta por la máxima autoridad del organismo o entidad requerida”. Sin embargo, el decreto reglamentario, que se publicó en el Boletín Oficial en marzo de 2017 con firmas de Gabriel Michetti, Marcos Peña y Rogelio Frigerio, establece que “la máxima autoridad podrá delegar la emisión del acto de denegatoria de información en un funcionario cuyo cargo no sea inferior al de Director Nacional o equivalente”.

En esa línea, la nueva resolución de Cafiero delega “en los titulares de unidades organizacionales de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con rango equivalente o superior a Subsecretario, la facultad para emitir el acto denegatorio de información”.

No es la primera vez que un funcionario toma esta decisión. Durante la gestión de Juntos por el Cambio, el Ministerio de Producción, entonces a cargo de Francisco Cabrera, y la Secretaría General de la Presidencia, dirigida en ese momento por Fernando de Andreis, también delegaron esta facultad en secretarios y subsecretarios.

A través de su cuenta de Twitter, la ONG Poder Ciudadano señaló que “la simple delegación hecha por el Jefe de Gabinete de Ministros no implica una restricción al derecho de Acceso a la Información Pública, sino parte de las facultades propias que le asignaron, por ley, a dicho funcionario”.

La organización, que junto a otras se pronunció en contra de Gustavo Fuertes, el candidato propuesto por el Poder Ejecutivo para dirigir la Agencia de Acceso a la Información, advirtió que en otras dependencias estatales también se delegó esta función en sus equipos, como el Ministerio de Justicia de la Nación.

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