Skip to content

Bienes Personales y monotributo: los cambios impositivos del nuevo paquete fiscal

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • En sus más de 60 artículos divididos en 6 títulos, el paquete fiscal contempla cambios importantes en el monotributo y en Bienes Personales.
  • Una de las claves de las modificaciones de Bienes Personales es el aumento del piso a partir del cual una persona será alcanzada por el tributo (que aumenta a $ 100 millones) y la reducción de las alícuotas para bienes nacionales como en el exterior a un mínimo que oscila entre el 0,5% y 1,5% según el valor del bien.
  • Para monotributo, la nueva Ley establece un máximo de facturación de $ 68 millones anuales en comparación con el actual de $ 16 millones. También contempla aumentos en el valor del impuesto.

Junto con la aprobación de la Ley de Bases, la Cámara de Diputados de la Nación  convirtió en ley el proyecto “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”  -también conocido como paquete fiscal– que, en sus más de 60 artículos divididos en 6 títulos, contempla cambios importantes en el impuesto a las Ganancias, el impuesto a los Bienes Personales y el monotributo.

Además, incluye un plan de regularización de activos no declarados (blanqueo) al que se podrá adherir hasta el 30 de abril de 2025. Es para dinero en efectivo, inmuebles, acciones, títulos valores, bienes muebles y cripto activos, entre otros; y prevé el pago de un impuesto especial de entre el 5 y el 15% del valor declarado.

En esta nota te contamos cuáles son los principales cambios en el monotributo y Bienes Personales contemplados en el paquete fiscal que entrarán en vigencia una vez que el Poder Ejecutivo los publique en el Boletín Oficial.

Bienes personales: suba del mínimo exento y baja de las alícuotas 

En el tercer título del paquete fiscal se establecen cambios en Bienes Personales, un impuesto que grava la posesión de propiedades en el país y en el exterior. En este sentido, la ley establece un régimen especial de ingreso al tributo que dura hasta el ejercicio de 2027 y cuya adhesión podrá ser de forma voluntaria, con fecha límite para sumarse hasta el 30 de septiembre de este año. 

Una de las claves de las modificaciones es el aumento del piso a partir del cual una persona será alcanzada por el tributo, que pasa de $ 27 millones a $ 100 millones. También se sube el mínimo no imponible de $ 137 millones a $ 350 millones para inmuebles destinados a casa habitación o sucesiones indivisas.

Otra modificación importante tiene que ver con la baja de las alícuotas. En comparación con el tope máximo de 1,75% que existe en la actualidad, la nueva ley establece una reducción a partir del ejercicio fiscal 2023 que oscilará entre el 0,5% y el 1,5% según el valor del bien, con reducciones en los años siguientes tanto en las alícuotas como en las categorías, hasta establecer una única alícuota del 0,25% a partir del período fiscal 2027.

Las personas que tengan bienes en el exterior también se podrán ver beneficiadas, ya que con lo aprobado en el paquete fiscal la alícuota actual del 2,25% actual se unificará a la mencionada del 1,5% para bienes en el país.

Quienes decidan pagar 5 años por adelantado el impuesto tendrán un beneficio de una alícuota especial de 0,45% por año y de 0,50% para quienes hayan ingresado a través del blanqueo de capitales estipulado en el paquete fiscal. Sobre este punto, el artículo 66 establece que quienes ingresen en esta modalidad mantendrán estas alícuotas hasta el año 2038. 

Según explicó a Chequeado César Litvin, contador tributarista y CEO del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, se trata de una de las claves de este apartado ya que genera previsibilidad a largo plazo para quienes quieran adherir a este régimen.

Cabe mencionar que el texto de la nueva ley también establece beneficios para los contribuyentes cumplidores durante los ejercicios fiscales entre 2020 y 2022, con una reducción de 0,5% según la alícuota que paguen (si les corresponde pagar 1,5% de impuestos, pasarían a pagar 1%).

Marcelo Rodriguez, tributarista y CEO de MR Consultores, indicó a Chequeado que los individuos que pagan Bienes Personales son uno de los grandes beneficiados del paquete fiscal, por la reducción del impuesto y por la posibilidad de tener estabilidad fiscal hasta 2038. 

Por su parte, para Litvin esta modificación busca “traer de vuelta a grandes fortunas que se fueron a vivir a otros países gracias a sus facilidades impositivas” y también que “mucha gente de clase media que actualmente paga el impuesto lo deje de pagar gracias al aumento significativo del mínimo no imponible”.

Nuevas escalas y cuotas del monotributo

En su sexto título, el paquete fiscal dispone cambios relacionados al monotributo. En este sentido, con la nueva ley se establece un máximo de facturación de $ 68 millones anuales para la categoría más alta, un aumento significativo en comparación con el máximo actual de $ 16 millones. 

Por estas nuevas escalas la ley también contempla la posibilidad de regresar por única vez a los pequeños contribuyentes que hayan pasado al régimen general durante este año por superar el el monto máximo de facturación.

La ley también establece aumentos en los impuestos para cada categoría. El mismo está compuesto de la sumatoria de 3 ítems: el impuestos unificado, que establece aumentos que van desde $ 3 mil para la categoría A, hasta $ 735.000 para la K; el Sistema Integrado Previsional Argentino (los aportes jubilatorios) que parte de nuevas subas que van desde los $ 9.800 (categoría A) con aumentos del 10% en las sucesivas categorías hasta la F, cuando el aumento asciende al 40% respecto a su categoría anterior; y el aporte para el Sistema Nacional del Seguro de Salud (aporte para obra social), que sube desde los $ 13.800 para la categoría A, B y C, hasta un total de $ 47.000 para la categoría K.

Es decir que si un contribuyente tuviera una facturación correspondiente a la categoría A, pagaría aportes en total por $ 22.600 sumando los 3 ítems mencionados anteriormente. Los montos, establece la ley, se actualizarán de forma semestral a partir del año fiscal 2025 tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Fecha de publicación original: 03/07/2024

Temas

Comentarios

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate y del intercambio. Por eso es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con insultos, agresiones o mensajes de odio, desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros, información personal, o promoción o venta de productos.

Muchas gracias

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *