Claves del proyecto de ley sobre inviolabilidad de la propiedad privada que impulsa el gobierno de Milei
- El Senado empezó a debatir un proyecto del Gobierno que busca reforzar la propiedad privada, limitando la capacidad del Estado para expropiar y ampliando las compensaciones a los propietarios.
- La iniciativa introduce cambios: desalojos más rápidos y con menos requisitos, menos restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros y un nuevo enfoque para regularizar barrios populares.
- También modifica leyes ambientales y territoriales: reduce protecciones tras incendios (especialmente fuera de bosques nativos) y cambia reglas sobre uso del suelo.
El Senado comenzó a debatir en comisiones el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, presentado por el Poder Ejecutivo el 27 de marzo.
La iniciativa, impulsada por Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, propone cambios en el régimen de expropiaciones, modificaciones en los procesos de desalojos y reformas a diversas leyes, como la de tierras rurales, la de manejo del fuego y el régimen de integración socio urbana de barrios populares.
El objetivo, según el proyecto, es “eliminar restricciones ilegítimas que limitan el contenido esencial del derecho de propiedad, fortalecer su protección y profundizar en el camino de promover la seguridad jurídica”.
Ley de expropiaciones: más límites para el Estado
La Ley 21.499, vigente desde 1977, establece que se debe satisfacer el principio de “utilidad pública” para que tenga lugar una expropiación. La propuesta del Gobierno establece una definición más restrictiva de ese principio: su declaración “deberá identificar en forma específica y concreta el fin perseguido, y la expropiación del bien deberá ser idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo”.
La iniciativa también dispone cambios en las indemnizaciones. Actualmente, al expropiar el Estado paga por el valor del bien y daños directos. El Gobierno propone incorporar el lucro cesante (la ganancia que se deja de percibir como consecuencia de la indemnización) “cuando sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación”, fija el valor del bien antes de la intervención del Estado y actualiza el valor por inflación más “una tasa de interés razonable comercialmente que fije la sentencia”.
Además, propone que el bien no pasará a manos del Estado hasta que no pague íntegramente la indemnización, dispone que las indemnizaciones no pagan impuestos y le asigna mayor relevancia al dictamen del Tribunal de Tasaciones de la Nación.
Cambios en la Ley de Integración Socio Urbana
Con la ley actual prevalece un esquema centralizado con un rol decisivo del Estado nacional. La propuesta del Gobierno busca darle un rol más activo a las provincias y los municipios. En el Senado expuso Gustavo Carrara, arzobispo de La Plata, quien reclamó mantener un rol activo del Estado nacional en los procesos de regularización dominial (escritura) y urbanización.
Además, el esquema actual funciona en base a expropiaciones por parte del Estado de los inmuebles de los barrios populares para su posterior transferencia. La propuesta del oficialismo elimina la expropiación generalizada e incluye otros mecanismos legales, como la prescripción adquisitiva (o usucapión).
Además, se eliminan algunos artículos de la ley que suspenden los desalojos y priorizan la estabilidad de los ocupantes y asigna a la Auditoría General de la Nación (AGN) el control del gasto.
Manejo del fuego: bosques y pastizales perderían protección tras los incendios
El proyecto modifica la Ley de Manejo del Fuego. La norma vigente establece que durante 60 años el propietario de un terreno incendiado, tanto en bosques nativos e implantados, como en áreas naturales protegidas y humedales, tiene 4 prohibiciones: cambios de uso del suelo, subdivisión y loteo, venta o concesión de tierras fiscales y actividad agropecuaria distinta al uso previo.
La propuesta del Gobierno elimina ese plazo de 60 años, sólo protege a bosques nativos y mantiene como única prohibición la de cambiar el uso del suelo. Además, deroga 2 artículos que extienden la protección post incendio por 30 años a ecosistemas como zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y la interfaz urbano-rural, y prohíben emprendimientos inmobiliarios, actividad agropecuaria distinta al uso previo y reconversión hacia prácticas intensivas.
En el Senado, el ministro Sturzenegger consideró desproporcionado que se limite el uso de un inmueble durante 30 años aun cuando no se trate de bosques nativos.
Tierras rurales: inversores privados extranjeros quedarían libres de restricciones sobre la tierra
El proyecto propone la modificación de la Ley de Tierras Rurales. Hoy, la ley plantea que se considera que la tierra es de titularidad extranjera cuando su propietarios son inversores privados extranjeros, personas físicas extranjeras o sociedades de capital privado de origen extranjero. A ese universo de inversores se les fija un límite: no pueden poseer más de un 15% del total de tierras a nivel nacional, provincial o municipal.
Además, establece que ninguna nacionalidad extranjera puede superar el 30% de ese 15% permitido, y que un mismo titular extranjero no puede tener más de 1.000 hectáreas en zona núcleo o superficie equivalente según la ubicación territorial.
El proyecto del oficialismo elimina esas restricciones y sólo fija límites para los Estados extranjeros y sus instrumentos (organismos, empresas públicas, fondos fiduciarios estatales), a los que les prohíbe adquirir tierras. Sin embargo, hay una excepción: admite que esa prohibición puede levantarse si el Ejecutivo determina que la operación no representa un “riesgo a la seguridad, defensa y soberanía nacional”.
Desalojo más rápidos y simplificación de los trámites registrales
La reforma modifica artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y del Código Civil y Comercial de la Nación, y se enfoca en acelerar el proceso de desalojo, facilitar la ejecución anticipada antes de la sentencia y reducir las posibilidades de defensa del ocupante.
El cambio más estructural es la conversión del proceso al trámite sumarísimo -el más breve del Código Procesal- y la eliminación de la caución real (garantía, generalmente económica) como requisito para obtener la desocupación inmediata, reemplazándola por una simple declaración jurada del propietario sin respaldo patrimonial.
La única contraprestación que el proyecto introduce a favor del inquilino es la obligación al locador a intimar fehacientemente al inquilino con al menos 3 días de anticipación antes de demandar en casos de falta de pago de inmuebles habitacionales, y regula la consignación judicial de llaves con cese de obligaciones desde la notificación.
Sin embargo, según un análisis de la agrupación Inquilinos Agrupados, este proyecto llevaría a que Argentina tenga plazos récord a nivel regional, ya que establece la intimación de pago más corta de la región (3 días corridos). “Brasil otorga 30 días para purgar la mora; España 30 días; Uruguay 10 días hábiles. Ningún país comparable reduce el plazo a menos de una semana”, indica el informe.
Por último, la propuesta promueve cambios en la Ley de Propiedad Inmueble. Apuntan a una mayor digitalización de los procesos, la fijación y reducción de plazos y una mayor integración entre Nación y provincias.
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