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¿Cómo hacer que tu voto cuente como vos querés?

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • Cualquier DNI es válido para votar, siempre y cuando coincida con el que figura en el padrón o sea uno más nuevo.
  • Las boletas no oficializadas -por ejemplo, con un número erróneo de lista- que se inserten en sobres no son considerados votos nulos, sino votos recurridos por los fiscales partidarios y definidos por la Junta Electoral en el escrutinio definitivo.
  • Algunas personas fallecidas pueden aparecer en el padrón, ya que no todas las defunciones son notificadas ante la Justicia Electoral, pero eso no significa que se emita un voto en nombre de esas personas.

En los últimos días y semanas circularon varias desinformaciones relacionadas con el proceso electoral: versiones de que hay un único DNI disponible para votar, que se están repartiendo boletas falsas del Frente de Todos para que cuando se metan en los sobres esos votos no sean contados y también que se emitieron votos de personas fallecidas. Pero, ¿realmente esto es así? En esta nota te explicamos qué dice la legislación sobre estos temas, de cara a las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias nacionales del domingo 11 de agosto.

Cualquier DNI sirve para votar, siempre y cuando sea el mismo que figura en el padrón o uno posterior

Para poder votar sin problemas, según información de la Cámara Nacional Electoral, cada ciudadano deberá presentarse en la mesa que le sea asignada con cualquiera de los siguientes documentos: libreta de enrolamiento o libreta cívica, DNI libreta verde, DNI libreta celeste, tarjeta del DNI libreta celeste (incluso el que que contiene la leyenda “No válido para votar”) o el nuevo DNI tarjeta.

Según la información oficial, todos estos documentos son válidos, siempre y cuando en el padrón figure el mismo tipo de identificación. Según detalló la CNE, “no se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral”, es decir, que si una persona se presenta con la libreta verde, pero en el padrón figura que posee el nuevo DNI tarjeta, no podrá votar. Sin embargo, sí se admitirá el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón (lo contrario que el caso anterior).

Es decir que podrá votar aquella persona que se presente con un DNI triplicado, aunque en el padrón figure que se le otorgó un duplicado. Pero, no podrá hacerlo, si se presenta con un DNI ejemplar A (es decir, la primera impresión de un DNI) y en el padrón figura con un ejemplar B (o sea, un duplicado del original).

¿Qué ocurre con las boletas no oficializadas?

Circuló por Facebook y Twitter una imagen donde aparece una boleta del Frente de Todos con el número de lista cambiado. La publicación advierte que aquellas boletas falsas están circulando y, en el caso de meterlas en los sobres, ese voto sería anulado. Sin embargo, según pudo confirmar Reverso, esto no es así.

Según información de la Cámara Nacional Electoral, los votos se clasifican en cuatro categorías: válidos, nulos, impugnados y recurridos.

  • Los votos válidos se dividen en dos: los votos afirmativos (los emitidos mediante boleta oficializada aun cuando tuvieran tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones) y los votos en blanco (aquellos sobres vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes).
  • Los votos nulos son, por ejemplo, aquellos emitidos mediante boleta oficializada que contenga inscripciones; mediante dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política; mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir; cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella; entre otros casos.
  • Los votos impugnados se refieren a aquellos emitidos por un elector cuya identidad ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales. Estos votos no forman parte del escrutinio hasta que la Justicia electoral determine su validez.
  • Los votos recurridos son aquellos cuya validez o nulidad es cuestionada por alguno de los fiscales partidarios.

En esta última categoría, en los votos recurridos, aparecen las boletas con lista cambiada del Frente de Todos a las que hacen referencia las publicaciones virales de Facebook y Twitter. En este caso, cuando una boleta tiene otro número de lista, el fiscal partidario deberá fundamentar su pedido con una expresión concreta de la causa. Ese voto se anotará en el acta de cierre de comicio como “voto recurrido” y será escrutado oportunamente por la Junta, que decidirá sobre su validez o nulidad.

Reverso se comunicó con la Cámara Nacional Electoral, desde donde precisaron qué ocurriría en el caso de una boleta con el número de lista modificado: “Si la Justicia detecta que antes de las elecciones están circulando boletas no oficializadas, avisa a las autoridades de mesa sobre este caso para que se tengan en cuenta aquellos votos. Caso contrario, si los fiscales detectan una boleta no oficializada, pero consideran que la voluntad del elector es elegir esa fórmula, ese voto es recurrido. Luego, en el escrutinio definitivo, los jueces de primera instancia definen aquellos votos”.

Además, la CNE agregó que para evitar estas posibles equivocaciones con boletas no oficializadas, en la página de la CNE se pueden encontrar y observar las boletas oficializadas con los números de lista correspondientes.

Por lo tanto, las boletas no oficializadas -como es el caso de boletas con un número de lista falso- no son votos nulos (o sea, que no cuentan en el resultado), como indican las publicaciones virales de Facebook y Twitter, sino votos recurridos por los fiscales de mesa y definidos por la Junta Electoral en el escrutinio definitivo (o sea, que pueden o no contarse, según el caso).

¿Puede una persona fallecida aparecer en el padrón?

Sí, eso puede ocurrir, de hecho ocurrió en las últimas elecciones provinciales de Formosa. A mediados de julio último, circuló en Facebook una publicación en la que se ve el padrón electoral de la provincia de Formosa con los datos de una persona llamada Plutarco Chaparro. La imagen está acompañada del siguiente texto: “MILAGRO: UNA PERSONA MUERTA HACE 30 AÑOS VOTÓ EN FORMOSA (sic)”. Sin embargo, esto es falso: Chaparro efectivamente falleció, pero no se emitió ningún voto en su nombre, según confirmaron el Tribunal Electoral Provincial y la Cámara Nacional Electoral a Reverso. Pero, ¿por qué una persona fallecida puede aparecer en el padrón?

Reverso consultó a Sebastián Schimmel, secretario de Actuación Electoral de la CNE, quien explicó que la Justicia electoral, “desde hace al menos 10 años ha adoptado medidas para detectar y depurar los casos que aún pudieran existir de fallecidos no informados en el padrón”, como el cruce de datos con la ANSES. Sin embargo, según afirmó Schimmel, hay excepciones que no llegan a conocimiento de la Justicia electoral. Para esos casos “el Código Electoral prevé que sea la ciudadanía, en los períodos de publicación del padrón (provisorio y definitivo), la que informe una defunción” para quitar a alguien del registro.

 

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