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Conflictos de interés: mirá los vínculos universitarios entre jueces y abogados

Los jueces federales no pueden realizar actividades políticas, ejercer el comercio y desempeñar otros empleos públicos o privados por fuera de la judicatura. Tampoco pueden practicar juegos de azar o concurrir a lugares donde se realizan estas actividades. Lo único que tienen permitido, por fuera de los Tribunales, es el ejercicio de la docencia universitaria.

Así lo determina el artículo 9 del Decreto 1285/58. Esto transforma a la universidad en un foco de reunión de jueces, fiscales y abogados, que en un mismo día pueden cruzarse en un juzgado y en la sala de profesores de una universidad.

Este fenómeno trasciende los fueros y las instancias. Desde la Justicia penal de primera instancia hasta la máxima instancia judicial del país, la magistratura no se ejerce en este país full time.

Ricardo Lorenzetti preside la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la más alta instancia de la Justicia en el país. Sin embargo, al mismo tiempo es titular de la cátedra de Contratos Civiles y Comerciales en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Y en la misma casa de estudios dirige la carrera de Especialización en Derecho Ambiental y la carrera de especialización en Derecho de Daños.

“Una pregunta importante es si es ético que los magistrados y funcionarios lleven adelante actividades profesionales extrajudiciales”, sostiene un trabajo de investigación coordinado por Martín Hevia, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella (UTDT) y publicado por Chequeado como parte de su iniciativa “Justiciapedia”. El trabajo, además, agrega: “Se ha debatido si es ético que ejerzan la docencia en instituciones universitarias o de otro tipo. Dada la responsabilidad que conlleva la magistratura, algunos autores sostienen que es un trabajo de tiempo completo que es incompatible con otras actividades”.

“La docencia es una actividad que requiere una dedicación profesional. En efecto, en general la preparación de las clases, de los materiales para organizarlas y la permanente necesidad de actualización necesitan de un tiempo que excede el del amateur”, explicó a Chequeado Martín Bohmer, abogado y director nacional de Relaciones con la Comunidad Académica y Sociedad Civil del Ministerio de Justicia de la Nación.

Pero, más allá de una menor dedicación horaria de los jueces a sus tareas en los tribunales, ¿qué consecuencias produce este fenómeno?

Como es la única actividad permitida, la universidad se transforma en un espacio de conexión entre profesores de Derecho que vienen de distintos sectores: hay jueces, fiscales, abogados particulares y académicos. Por lo tanto, se generan situaciones en las que podría haber potenciales conflictos de interés. Un juez puede compartir una cátedra con un abogado que luego litiga ante su juzgado o tribunal.

Veamos ejemplos: Jorge Mosset Iturraspe es un abogado santafesino que fue padrino de tesis de Lorenzetti y que además fue docente en la especialización en Derecho de Daños que dirige el presidente de la Corte en la UBA. Como abogado llevó muchas causas relacionadas con derecho ambiental hasta la Corte Suprema. Entre ellas, la denominada causa “Mendoza”, sobre la contaminación del Riachuelo. Lorenzetti no se excusó de intervenir en esos casos.

La vicepresidenta de la Corte, Elena Highton de Nolasco, fue titular de distintas cátedras en la UBA, como Derecho Civil y Derecho Notarial, Registral e Inmobiliario. En la actualidad es profesora emérita de esa Universidad. En algunas de sus cátedras dio clases durante más de una década Gonzalo Lavalle, un abogado que litigó en al menos tres expedientes ante la Corte en los que Highton intervino sin excusarse.

Para Bohmer, en el sistema judicial existe “una situación de desigualdad que privilegia a los abogados que son miembros de cátedras dirigidas por jueces en detrimento de otros abogados que no forman parte de la academia”. Y esta desigualdad se agrava cuando el abogado es el superior de un juez en una cátedra por ejercer “cierta autoridad sobre el magistrado en cuestión”.

Mariano Borinsky es juez de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. Pero, además, es profesor adjunto de Derecho Penal en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Su jefe en la cátedra es Julio Virgolini, un abogado penalista que dirige un estudio jurídico y que litiga habitualmente en el fuero federal. De hecho, hasta hace poco tiempo Virgolini ejercía la defensa del ex ministro de Planificación Federal de la Nación Julio De Vido. Esto quiere decir que Borinsky, dado que no se excusó, debió decidir sobre planteos jurídicos de quien es su superior en el ámbito universitario. En la denominada causa Skanska, por ejemplo, Borinsky intervino ante recursos presentado por Virgolini como defensor de De Vido. Y no se excusó.

Los códigos de procedimiento establecen causales de recusación y excusación de magistrados. Es decir, los casos en los que los magistrados pueden inhibirse de intervenir por alguna vinculación con las partes (excusación) o los casos en los que una de las partes puede pedir el apartamiento de un magistrado por las mismas razones.

Este fenómeno también aplica cuando los jueces son los investigados. El ex camarista Eduardo Freiler, destituido a fines de 2017, fue investigado por la Justicia federal por presunto enriquecimiento ilícito en una causa que fue rápidamente archivada. El fiscal que llevó esa investigación fue Ramiro González, quien fue docente en la cátedra de Derecho Penal Internacional en la Universidad de Buenos Aires (UBA) a cargo de Freiler.

Entre los jueces de primera instancia de Comodoro Py uno de los que ejerce la docencia desde hace décadas en la UBA es Julián Ercolini, titular del Juzgado Federal N° 10. Además de ser profesor adjunto en la cátedra de Fernando Córdoba, secretario letrado de la Procuración General de la Nación, Ercolini es director del Programa de Actualización en Administración de Justicia y Decisiones Públicas. Uno de los docentes de este posgrado es Martín Arias Duval, socio en el estudio jurídico del ex camarista federal León Arslanian.

Arias Duval y Arslanian ejercen la defensa del ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray en la causa que involucra a los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa por no haber pagado durante cuatro años el impuesto a la transferencia de combustibles. Este expediente tramita en el juzgado de Ercolini.

¿Por qué los magistrados no se excusan? ¿Piensan que sus vínculos personales no afectan su independencia? Y, si ese fuera el caso, ¿no tienen presente que muchos justiciables pueden dudar y ello puede afectar la imagen de la Justicia?

El Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, que preside el abogado Guillermo Lipera, tiene un reglamento de ética para los abogados. Concluye, al referirse a la influencia personal sobre los jueces, que constituye una falta grave de los abogados “cualquier tentativa de ejercer influencia sobre los magistrados mediante relaciones de amistad, vinculaciones políticas, académicas o de otra índole”.

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