Empezó la veda electoral por las elecciones Buenos Aires 2025: ¿qué podés hacer (y qué no) de acá al domingo?

- Desde este viernes a las 8 y hasta el domingo a las 21 horas rige la veda electoral, de acuerdo con el Código Electoral de la Provincia de Buenos Aires.
- Durante todo este período o parte del mismo, estarán prohibidas determinadas actividades que podrían entorpecer el normal desarrollo de los comicios, como la venta de bebidas alcohólicas o la realización de actos públicos.
- Quienes no cumplan con la veda electoral podrían ser sancionados con hasta 6 meses de arresto y/o con una multa.
Desde este viernes a las 8 y hasta el domingo a las 21 horas rige en la provincia de Buenos Aires la veda electoral en el marco de las Elecciones legislativas 2025, por lo que no podrán realizarse determinadas actividades que podrían entorpecer el normal desarrollo de los comicios, de acuerdo con lo que establece la normativa bonaerense.
Entre otras cosas, durante toda o parte de la veda electoral estará prohibido realizar actos públicos de proselitismo y vender bebidas alcohólicas. En esta nota, repasamos cuáles son las prohibiciones.
¿Qué está prohibido hacer durante la veda electoral?
De acuerdo con el artículo 16 de la Ley provincial 14.086, la emisión de propaganda a través de medios televisivos, radiales o gráficos deberá limitarse a los 15 días previos a la fecha de los comicios y terminar 48 horas antes de la elección.
Asimismo, la publicación o difusión de encuestas y sondeos preelectorales se limitará a los 8 días previos a la fecha de los comicios y hasta 2 días antes de la elección.
Por otra parte, las proyecciones sobre el resultado de la elección sólo se podrán publicar o difundir después de 3 horas del cierre del comicio, es decir, desde las 21 horas. Tampoco se pueden realizar actos de gobierno o publicidad oficial que puedan inducir el sufragio a favor de cualquier candidato durante los 15 días previos.
En tanto, el artículo 134 de la Ley Electoral provincial (N° 5.109) establece que “serán penados con arresto de uno a 6 meses” a quienes expendan bebidas alcohólicas el día de la elección u ostenten insignias, banderas, divisas u otros distintivos el día de la elección. Por ende, tanto los boliches como bares no deberán abrir sus puertas desde el domingo a las 00:00 hs hasta la finalización de la jornada.
Las sanciones establecidas para quienes no cumplan con la veda
En el artículo 132 de la Ley Electoral bonaerense, se establece que se fijará entre 10 y 60 haberes mensuales mínimos de la Administración Pública Provincial a los partidos políticos, federaciones, alianzas transitorias o agrupaciones municipales que incumplan los plazos establecidos para el comienzo o la finalización de la campaña electoral en las elecciones primarias.
La misma multa se aplicará a quien difunda propaganda política, encuestas o sondeos preelectorales o proyecciones sobre el resultado de la elección fuera de los plazos establecidos en la normativa vigente.
También quedarán alcanzados por dicha sanción quienes realicen actos de gobierno y/o publicidad oficial fuera de los plazos que establece la normativa vigente.
Por qué se establece una veda electoral
Alejandro Tullio, profesor de Derecho y Administración Electoral en la Universidad Nacional de San Martín y director de la Dirección Nacional Electoral entre 2001 y 2015, explicó en esta nota que “la veda electoral -que en otros países se llama período de reflexión- es un momento posterior a las campañas electorales en donde la ciudadanía puede analizar cómo ejercitará su derecho a votar, sin el estímulo que implica el bombardeo informativo o publicitario”.
Y enfatizó: “Se trata de que la decisión de voto de los ciudadanos no responda a ese estímulo mediático, sino a una comparación de propuestas electorales. El sufragio es un derecho individual que genera una consecuencia colectiva, no hay que olvidar eso”.
Por su parte, Miguel De Luca, investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y especialista en instituciones políticas, procesos de gobierno, régimen electoral y partidos políticos, señaló en esta nota que “algunas de las prohibiciones -como la de realizar actos partidarios o la de portar armas- tienen por objetivo evitar conflictos entre simpatizantes de diferentes partidos políticos”.
De Luca planteó como último motivo de la implementación de las vedas electorales a ciertos factores históricos: “En otras épocas la venta de bebidas alcohólicas era utilizada para conseguir que algunos sectores de la población no acudieran a votar”.
Fecha de publicación original: 05/09/2025
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