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Enterate qué cambia y qué no en el impuesto a las Ganancias

El Senado aprobó ayer el proyecto que modifica el impuesto a las Ganancias acordado por el Gobierno nacional con la CGT, la oposición y los gobernadores, y todo indica que la Cámara de Diputados lo convertirá hoy en ley.

El texto final presenta diferencias y similitudes con respecto a la propuesta enviada por el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Nación al Congreso que Cambiemos no logró imponer en el recinto, así como también con el texto aprobado en la Cámara baja tras un acuerdo de la oposición. ¿Cuáles son los principales puntos?

1- El Mínimo No Imponible (MNI): cerca de la primera propuesta del Gobierno. ¿Pagarán menos trabajadores?

El punto central del acuerdo del Gobierno con la CGT, la oposición y los gobernadores fue la suba del MNI, es decir, el umbral de ingresos a partir del cual se comienza a pagar el impuesto a las Ganancias.

Según un informe del Instituto de Economía y Trabajo de la Fundación Germán Abdala, ligada con el sindicalismo, el nuevo proyecto elevará el MNI por encima de la situación actual y se ubicará cerca de la primera propuesta enviada por el Ministerio de Hacienda al Parlamento.

El MNI para un soltero sin hijos actualmente es de $18.880 netos, el primer proyecto oficial lo elevaba a $21.713 y el nuevo texto finalmente lo fija en $23.191. Es decir, que quienes cobren esta cifra o más pagarán Ganancias. La media sanción que aprobó la oposición en la Cámara baja, en cambio, aumentaba este MNI a alrededor de $27 mil.

Impuesto a las Ganancias

Por su parte, para los jubilados el MNI será el equivalente a seis veces la jubilación mínima, que actualmente se ubica en 5.661 pesos. Así, pagarán el impuesto los mayores que ganen más de 33.966 pesos. Igualmente, la cifra es lejana al proyecto aprobado por la oposición: en él pagaban el impuesto los jubilados que tuvieran ingresos mensuales por arriba de los $60 mil.

Según los últimos datos oficiales, hoy 1,7 millones de personas pagan el impuesto, entre trabajadores en relación de dependencia y autónomos. Con la nueva propuesta, e incluso luego de los aumentos en las paritarias de 2017, el número de trabajadores alcanzados quedaría igual o podría verse reducido, según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).

2- Escalas: será más fácil subir de escala que antes

Ganancias es un impuesto progresivo, es decir, que paga más el que más ingresos tiene. Por lo tanto, de acuerdo con los ingresos de cada individuo corresponde pagar porcentajes diferentes del sueldo, los que se conocen como “escalas”.

El dictamen que se aprobó en el Senado plantea la división en nueve escalas, mientras que el primer proyecto del Gobierno y la media sanción aprobada en Diputados tenían siete. Los tres proyectos parten del 5% y llegan hasta el 35%, aunque la principal diferencia del nuevo acuerdo es que será más fácil subir de escala que lo que propuso inicialmente el Gobierno.

Según el IARAF, en el proyecto inicial del Gobierno había un incremento “muy significativo” en los montos de ingresos necesarios para pagar en cada escala, mientras que “en el nuevo esquema las modificaciones en los tramos serán mucho más moderadas”.

El primer proyecto oficial establecía las actualizaciones de las escalas para 2018 y 2019. El nuevo proyecto, en cambio, prevé un mecanismo diferente: cada 1 de enero, estos valores se actualizarán automáticamente según el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). ¿Qué es el RIPTE? Es un índice que elabora el Ministerio de Trabajo de la Nación y que toma en cuenta la variación del salario de los trabajadores privados registrados.

3- Impuestos: salen las retenciones mineras pero se quedan los impuestos al juego y a las operaciones de dólar futuro

Subir el MNI y las escalas implica que el Gobierno nacional -y, como este es un impuesto coparticipable, también las provincias- dejen de recaudar recursos. Según Cambiemos, el monto que la Nación dejaría de percibir por el nuevo proyecto que modifica Ganancias serían entre $32 y $35 mil millones. Para compensar esta pérdida, se crean nuevos impuestos.

Así, el nuevo texto incluye un impuesto al juego, a las ganancias por operaciones con dólar futuro y el IVA a los representantes de empresas extranjeras que presten servicios en el país, que hoy no existía. Además, se establece el pago de Ganancias de los jueces, fiscales y trabajadores de los poderes judiciales nacionales y provinciales que sean nombrados a partir de 2017 inclusive. Este último artículo no estaba en la propuesta enviada inicialmente por el Gobierno, pero fue incluído en el proyecto de la oposición en Diputados.

Quedaron fuera del texto que hoy se votará en el Congreso el restablecimiento de las retenciones mineras y la creación del impuesto a los inmuebles improductivos, entre otros, tributos que ya estaban incluidos en el texto consensuado entre el Frente Renovador, el Frente para la Victoria y el Bloque Justicialista.

Fecha de publicación original: 22/12/2016

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Comentarios

  • Gustavo24 de diciembre de 2016 a las 3:33 pmEl mínimo para jubilados, de que jubilados habla? Sólo nación? Y provincia que? Nadie aclara a que jubilados alcanza. Y si es sólo a los de Nación la pregunta sería por que? Tienen cronista?
  • Gustavo24 de diciembre de 2016 a las 3:34 pmEl mínimo para jubilados, de que jubilados habla? Sólo nación? Y provincia que? Nadie aclara a que jubilados alcanza. Y si es sólo a los de Nación la pregunta sería por que? Tienen coronita?
  • Alejandro Quintian25 de diciembre de 2016 a las 12:18 pmUn jubilado que gana 40000 brutos, con la nueva ley pasaria a ganar me- nos que uno que gana el equivalente a 6 salarios minimos (aproximadamente 35000 pesos) ya que al primer caso le descuentan el 20 por ciento mas o menos y al 2do caso nada, Como consecuencia el que gana pesos 40000 brutos ganara pesos 32000 y el 2do caso seguira cobrando pesos 35000 ya que no sufre descuento alguno
  • Alejandro Quintian25 de diciembre de 2016 a las 12:24 pmEl comentario anterior va con signo de pregunta
  • Carlos Garcia26 de diciembre de 2016 a las 4:44 pmComo quedó la ley vamos a pagar mas en lugar de menos, no se pueden deducir parientes ni hijos mayores de 18 años que no trabajan, la escala se mantiene reducida, la verdad es una vergüenza.
  • Carlos Garcia26 de diciembre de 2016 a las 4:48 pmAdemás, el RIPTE lo aplican en octubre del 2018 es decir se "comen" dos paritarias, Ahora vamos a tener que adelantar el impuesto del pago del aguinaldo ya que lo van a cobrar adelantado en 12 cuotas.... ah.. y no se puede deducir ahora los creditos hipotecarios? ¿que mejoró? ¿alguien me dice las cosas buenas?
  • Miguel Angel Diez11 de enero de 2017 a las 10:43 amTanto el artículo como la misma Ley son confusos, las nuevas escalas están expresadas en ingresos brutos ANUALES. Cómo se calcula? Se toman los ingresos de los doce meses del 2016 más el aguinaldo?. Soy jubilado y en la nota indican que quedan exentos aquellos que cobren hasta seis jubilaciones mínimas, en caso de superar ese monto, se paga el 5% por el total del ingreso?. Por último, me descontaron Ganancias por el aguinaldo y veo que no corresponde, debo iniciar un reclamo?. Gracias anticipadas por las respuestas.

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