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Ficha Limpia: claves del proyecto que rechazó el Senado y los posibles afectados

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El Senado debatió la iniciativa del oficialismo que buscaba limitar las candidaturas electorales de personas condenadas.
  • El proyecto, que tenía media sanción, establecía que no es necesario que la condena de una persona esté firme, pero sí que tenga una confirmación de un tribunal superior.
  • La propuesta original del Ejecutivo decía que, para que fuera aplicable, la condena debía ser confirmada antes del 31 de diciembre del año anterior a las elecciones. Sin embargo, diputados dialoguistas rechazaron de plano ese aspecto.

El Senado rechazó en la sesión de hoy el proyecto de ley de “Ficha Limpia” impulsado por el Poder Ejecutivo. La iniciativa, que buscaba limitar las candidaturas electorales de personas condenadas, obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados en febrero. Sin embargo, en la Cámara alta fue rechazada por 35 votos negativos y 36 afirmativos (se necesitaban 37).

¿Qué decía el proyecto? ¿A quién podía afectar? Y, ¿a quién podía haber afectado en otros comicios?

La letra chica del proyecto de Ficha Limpia

El proyecto proponía una incorporación de un inciso en un artículo de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos. En la versión actual, este artículo enumera una serie de características que impiden ser candidato en elecciones primarias o generales y ejercer cargos partidarios.

La iniciativa del oficialismo agregaba que tampoco podrán ser candidatos los condenados por delitos contra la administración pública, y para esto no es necesaria una condena firme, sino que alcanza con una condena confirmada en segunda instancia, que en el caso de la Justicia federal, es la Cámara Federal de Casación Penal.

La propuesta original del Ejecutivo establecía que, para que fuera aplicable, la condena debía ser confirmada antes del 31 de diciembre del año anterior a las elecciones. Sin embargo, diputados dialoguistas rechazaron de plano ese aspecto. 

El proyecto con media sanción establecía que la prohibición se aplicaría “siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al comienzo del plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional”, que se refiere a la fecha del cierre de los padrones electorales, 6 meses antes de los comicios generales.

Además, agregaba que “si la confirmación de la condena en la instancia superior se produjera con posterioridad a dicho plazo, la prohibición tendrá efecto a partir de la finalización del proceso electoral”.

Posibles afectados con esta ley

Cristina Fernández de Kirchner. Durante el debate de ley, tanto en el recinto como en medios de comunicación, la mención a su situación fue casi una constante, tanto de sus defensores como de sus detractores. La ex presidenta fue condenada en diciembre de 2022 a 6 años de prisión en la causa Vialidad, y esa sentencia fue confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal en noviembre de 2023. 

¿Qué quiere decir esto? Que, con esta ley, Fernández de Kirchner no podía ser candidata en 2025 a cargos nacionales, ya que cumple con los requisitos establecidos en el proyecto (tanto en tipo de delito, como en los plazos e instancias) para prohibir la postulación. 

Sin embargo, desde hace algunas semanas se especula con la posibilidad de que la ex presidenta sea candidata a legisladora bonaerense por la tercera sección electoral. Para esto, no tiene ningún impedimento, ya que es un cargo local y la Provincia de Buenos Aires no tiene una ley de “Ficha Limpia” propia. 

-Julio De Vido, ex ministro de Planificación Federal (2003-2015), fue condenado en la causa por la tragedia de Once. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 lo condenó a 5 años y 6 meses prisión en 2018. La Cámara de Casación confirmó esa condena, pero luego la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó reducir la pena. Hace una semana, Casación redujo la pena a 4 años. Con Ficha Limpia, no podría ser candidato.

-Amado Boudou fue condenado a 5 años y 6 meses de prisión en la causa Ciccone. Pero en su caso no aplican los criterios de Ficha Limpia. En primer lugar porque su condena fue confirmada en 2020 por la Corte Suprema. Es decir que quedó firme. Además, esa condena confirmada incluyó la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Por lo tanto, Boudou no podría ser candidato, independientemente de lo que ocurriera con Ficha Limpia.

-Sergio Urribarri. El ex gobernador de Entre Ríos fue condenado por un tribunal oral provincial a 8 años de prisión por negociaciones incompatibles con la función pública. La sentencia fue confirmada en 2023 por la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos y en 2024 por el Tribunal Superior de Justicia local. Es decir que la condena no está firme (puede apelar a la Corte Suprema nacional) pero sí está confirmada. No podría postularse a cargos nacionales con Ficha Limpia

Guillermo Moreno. El ex secretario de Comercio fue condenado a 3 años de prisión por la manipulación de cifras del INDEC. Esta semana la Cámara de Casación confirmó la condena, el requisito que exige el proyecto de Ficha Limpia para impedir una candidatura. Sin embargo, la confirmación llegó pocos días después de superado el plazo que establece el proyecto para inhabilitar a un candidato

Si existe algún caso de un político que no podría haber sido candidato si se aprobaba el proyecto de “Ficha Limpia”, dejanos un comentario y lo verificaremos.

 

Fecha de publicación original: 07/05/2025

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Comentarios

  • Silvia8 de mayo de 2025 a las 4:50 pmCon esto nos damos cuentad que todos políticos y los representantes como diputados y senadores son todos corruptos y no importa la camiseta política que tengan, se tiene que jubilar como cualquier persona que aporto en argentina ya que ellos están ahí por el voto popular y no tendría que tener privilegio alguno.
  • Juan M Mendes Borralho8 de mayo de 2025 a las 9:40 pmES UNA VERGUENZA!!!!!!!! CUALQUIER PERSONA QUE RECIBA UNA CONDENA CONFIRMADA DE PRISION - AUNQUE SEA MÍNIMA -NO REUNE LAS CONDICIONES NECESARIAS Y SUFICIENTES PARA OCUPAR CARGOS PUBLICOS.
  • oscar mendez10 de mayo de 2025 a las 4:04 pmCómo se interpreta en caso de los funcionarios "arrepentidos" en la causa de los cuadernos...?
  • Daniel Cavo13 de mayo de 2025 a las 1:53 amSin tomar partido definitivo pienso que aunque atractiva, la idea de "ficha limpia" entraña una trampa en favor del poder económico que tiene dominada, comprada, alineada o como quisiera llamarsele, a la justicia federal del país. Porque habiendo innumerables causas en trámite para con políticos de diversas tendencias, es llamativo (y alevoso) que sólo prosperen aquellas que imputan a determinado sector y nunca, ni una sola, del más cercano al poder económico, a pesar de haber cientos de ellas. Instalar la herramienta de "ficha limpia" es darle al poder real (los grupos concentrados, monopolicos y especulativos), la potestad del armado de causas a quienes ellos quieran sacar del camino electoral. Y con una Corte adicta e inamovible, ese riesgo no es potencial. Es real. Por eso, aunque suene bien, justo y necesario, NUNCA hay que dejarse llevar por los titulares ni los discursos "éticos" ni "depuradores" de quienes intentan eliminar el único obstáculo potencial a sis pretensiones hegemonicas. Por último cabe preguntarse por que a último momento dos votos se dieron vuelta. El camino más fácil es pensar "se vendieron", pero es un argumento de una gran debilidad operativa. Quien está dispuesto a venderse por dinero, subasta su voto y el que ejerce el poder es el que en mejores condiciones está para comprarlos. Hay que ver en la interna ya inocultable y publica del gobierno y de las Alianzas del poder (Milei, Villarruel, Macri, Bullrich), qué sector se vio amenazado con esa herramienta expulsiva para el futuro con el solo trámite de armarle una causa o activar las múltiples existentes contra todos ellos, e hizo fracasar el proyecto

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