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Gutiérrez: el ex secretario presidencial no era testigo protegido sino arrepentido, pero el Estado debe velar por la seguridad de todos

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El ex secretario de Cristina Fernández de Kirchner fue hallado sin vida el sábado último en El Calafate, Santa Cruz, luego de haber desaparecido 2 días antes.
  • Dirigentes opositores apuntaron al Gobierno nacional y señalaron que era un “testigo protegido”, pero Fabián Gutiérrez no se encontraba incluido en el Programa Nacional de Protección de Testigos e Imputados a cargo del Ministerio de Justicia de la Nación.
  • Era un arrepentido y estaba procesado por asociación ilícita en la causa de los “Cuadernos de la corrupción”, pero de todas maneras el Estado está obligado a garantizar la seguridad de todos los ciudadanos.

Fabián Gutiérrez, ex secretario privado de Cristina Fernández de Kirchner, fue hallado sin vida el sábado último en El Calafate, Santa Cruz, luego de haber desaparecido el jueves. Por el homicidio fueron detenidas 4 personas, informó Carlos Narvarte, el juez provincial que investiga el caso. Durante el fin de semana se originó una polémica por su papel como arrepentido en la llamada causa de los “Cuadernos de la corrupción”, que dio lugar a una aclaración por parte del Ministerio de Justicia de la Nación.

La vinculación de Gutiérrez con la causa “Cuadernos”

Gutiérrez fue detenido por orden del ex juez federal porteño Claudio Bonadio a fines de septiembre de 2018, casi 2 meses después de que saliera a la luz la llamada causa “Cuadernos”. A los pocos días recuperó la libertad, luego de declarar como imputado arrepentido en la causa y que el juez homologara ese acuerdo. 

En esta causa Gutiérrez fue procesado como miembro de la asociación ilícita que presuntamente lideraba la ex presidenta y actual vicepresidenta, según resolvió la Justicia en primera instancia. El expediente ya fue elevado a juicio oral.

El sábado, luego de que se encontrara su cuerpo, distintos dirigentes opositores (ver acá y acá) apuntaron a la responsabilidad del Gobierno nacional ya que se trataba de un “testigo protegido”. Un rato más tarde, el Ministerio de Justicia de la Nación aclaró que, “ante el lamentable hecho de público conocimiento, Fabián Gutiérrez nunca fue parte del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados de la cartera. Ni él, ni ninguna autoridad judicial requirieron su protección”.

¿Qué diferencia a estas herramientas jurídicas?

Se considera imputado arrepentido a quien está acusado en determinada causa penal y aporta información o datos para ayudar a esclarecer ese caso. Una condición relevante es que el imputado que participe en un acuerdo de colaboración debe aportar información que involucre a personas con una responsabilidad penal igual o mayor a él. 

Esto está regulado por la llamada “ley del arrepentido”, que fue impulsada por el gobierno de Cambiemos y aprobada por el Congreso nacional en 2016. En el caso de Gutiérrez, su aporte involucraba a su ex jefa, Fernández de Kirchner, según su declaración en la causa “Cuadernos de la corrupción”.

Sin embargo, ser arrepentido no implica automática ni necesariamente ser testigo o imputado protegido. El Programa Nacional de Protección de Testigos e Imputados fue creado en 2003, funciona bajo la órbita del Ministerio de Justicia de la Nación y está dirigido a personas que quieran colaborar en la investigación de un delito federal y cuyo aporte les pueda significar un peligro a su integridad personal. 

Ello lo determina el juez del caso, que solicita al Poder Ejecutivo Nacional la inclusión de la persona en el Programa. Es decir que, en estos casos, la seguridad de quienes forman parte del Programa depende del Ministerio de Justicia.

Es el caso, por ejemplo, de Oscar Centeno, chofer del ex funcionario del Ministerio de Planificación Federal Roberto Baratta, que declaró en la causa de los “Cuadernos” y fue incluido en el Programa. O del financista Leonardo Fariña, que declaró como arrepentido en la causa conocida como “Ruta del Dinero K” y también pidió su ingreso a este programa. 

Pocos días antes de dejar la Presidencia, Mauricio Macri dictó un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que transfirió este programa a la órbita del Poder Judicial, específicamente a la Cámara Federal de Casación Penal. Pero esto duró poco: en febrero último Alberto Fernández derogó el DNU de Macri y los testigos e imputados protegidos volvieron a la órbita del Ministerio de Justicia. 

“Tantos los arrepentidos como los testigos protegidos deben estar cuidados por el Estado y tienen el derecho a ingresar a un programa especial de protección, en la medida en que ellos lo deseen”, explicó a Chequeado el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez. En este sentido, aclaró que, más allá de su situación procesal, el Estado está obligado a garantizar la seguridad de todos los ciudadanos.

Fecha de publicación original: 06/07/2020

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