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El compromiso de campaña se llevó a cabo en el plazo previsto.

Macri: “Impulsar la ley del arrepentido”

Una de las promesas del presidente de la Nación, Mauricio Macri, en el debate televisivo durante la campaña presidencial de 2015 fue un paquete de medidas para luchar contra la corrupción. En ese contexto, prometió: “Propongo que tengamos (…) ley del arrepentido”.

A diez meses del comienzo de la gestión de Cambiemos, el Congreso de la Nación sancionó una norma que unificó toda la legislación que existía sobre “arrepentidos” e incorporó a los delitos de corrupción.

En 2016, el Poder Ejecutivo Nacional envió al Parlamento un proyecto para legislar la figura del “arrepentido” o “imputado colaborador”. El texto que finalmente tuvo consenso y logró apoyo en el debate de comisiones fue una iniciativa del bloque del Frente Renovador. La norma fue aprobada por la Cámara de Diputados, luego modificada en el Senado y finalmente la Cámara baja aprobó los cambios de los senadores.

En octubre de ese año, el Gobierno nacional promulgó la Ley 27.304, conocida como “ley del arrepentido”. Lo que establece la norma es una reducción de penas para imputados en procesos penales que aporten información relevante sobre causas en las que se investiguen delitos complejos, como narcotráfico, contrabando, terrorismo, trata de personas, secuestros, asociación ilícita, delitos económicos y a los que se los suele enmarcar como delitos de corrupción (sobornos o enriquecimiento ilícito, entre otros).

La ley determinó, además, que los denominados arrepentidos deberán aportar información de sujetos comprometidos en delitos con pena igual o mayor a la del propio arrepentido. Y excluyó de la posibilidad de declararse arrepentidos a los funcionarios más importantes de la administración pública, los que son susceptibles de juicio político, como el presidente, el vicepresidente, el jefe de Gabinete, los ministros del gabinete nacional y los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La nueva norma tuvo su mayor exposición durante 2018, con el surgimiento de la causa conocida como “Cuadernos de la corrupción”, en la que se investiga el pago de sobornos vinculados con la obra pública. En esta causa, al menos 23 imputados pidieron ante el fiscal federal Carlos Stornelli declarar como arrepentidos. Luego de sus confesiones como arrepentidos ante el juez federal Claudio Bonadio la mayoría obtuvo su libertad, aunque la investigación penal en su contra continúa.

Otro caso en el que se utilizó esta herramienta fue en la causa “Ciccone”. Alejandro Vandenbroele, sindicado como presunto testaferro del ex vicepresidente Amado Boudou, se presentó ante el fiscal federal Jorge Di Lello y solicitó ser incluido en el Programa de Protección de Testigos e Imputados del Ministerio de Justicia nacional. Pidió, también, declarar como arrepentido, lo que fue aceptado por el juez federal Ariel Lijo.

La causa llegó a juicio oral y Boudou fue condenado a cinco años y seis meses de prisión y está actualmente detenido en el penal de Ezeiza. Vandenbroele, que colaboró con la investigación, fue condenado a dos años de prisión, por lo que su condena es de ejecución condicional y permanece en libertad.

En abril de 2016, se había presentado como arrepentido el financista Leonardo Fariña, pese a que aún no había sido sancionada la mencionada ley. Fariña realizó un acuerdo para aportar información en la causa por lavado de dinero conocida como “La ruta del dinero K”.

Si bien no estaba vigente la “ley del arrepentido”, existían distintas leyes que contemplaban la reducción de penas para delitos complejos, como la llamada “ley de lavado”. Lo que hizo la nueva ley fue unificar todas esas legislaciones en una misma norma e incorporar otras figuras importantes, como los delitos contra la administración pública, conocidos como delitos de corrupción.

Esta herramienta desencadenó la detención de decenas de políticos y empresarios en Brasil en el caso conocido como “Lava Jato”. En ese país, a la posibilidad de ser arrepentido se la denomina “colaboración” o “delación premiada” y, si bien el formato es similar al argentino, tiene algunas diferencias. Allí no sólo se puede obtener una reducción de condena, sino que el juez también puede determinar el “perdón judicial”, es decir, la extinción de la pena. Además, a diferencia de la ley argentina, el texto brasilero no impone ningún tipo de restricción a funcionarios para declararse arrepentidos.

CUMPLIDA: el compromiso de campaña se llevó a cabo en el plazo previsto.

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