La marcha de los jubilados: por qué se están utilizando pistolas lanza gases en manifestaciones

- Durante la marcha de los jubilados del 12 de marzo último, el fotoperiodista Pablo Grillo fue herido por un cartucho de gas lacrimógeno lanzado por un efectivo de la fuerza policial y aún permanece internado.
- El protocolo “antipiquetes” de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich -que entró en vigencia en diciembre de 2023-, derogó otro protocolo de 2011 que prohibía armas letales y específicamente las pistolas lanza gases en manifestaciones.
- La ONU elaboró una serie de orientaciones “sobre el empleo de armas menos letales en el mantenimiento del orden”. Allí advierte que “no se deberían disparar proyectiles irritantes contra las personas, y, en cualquier caso, no se deberían lanzar contra la cabeza o la cara”.
La última marcha de los jubilados, el 12 de marzo, derivó en incidentes y en represión por parte de las fuerzas de seguridad federales y la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. Más de 100 manifestantes fueron detenidos y se registraron decenas de heridos, entre ellos, el fotoreportero Pablo Grillo, quien recibió un impacto en su cabeza de un cartucho de gas lacrimógeno lanzado por un efectivo de la fuerza policial, y aún permanece internado.
El accionar de las fuerzas de seguridad, y en especial el del agente que agredió a Grillo, fue cuestionado por la oposición, pero la ministra Patricia Bullrich respaldó la actuación policial en el Congreso y sostuvo que se ajustó a los protocolos vigentes.
Pero, ¿cuáles son los protocolos y reglamentos que rigen actualmente para regular el uso de armas no letales por parte de la fuerza policial? ¿Por qué se están usando gases lacrimógenos en manifestaciones?
La primera medida de Patricia Bullrich: el protocolo “antipiquetes”
A través de la Resolución 943/2023 del Ministerio de Seguridad, Bullrich estableció en diciembre de 2023 un “Protocolo para el Mantenimiento del Orden Público ante el Corte de Vías de Circulación”. Este protocolo autoriza a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales a intervenir sin orden judicial en cortes parciales o totales de rutas nacionales y otras vías de circulación sujetas a jurisdicción federal.
¿Qué dice sobre el uso de la fuerza? El artículo 5 establece que en los procedimientos “los efectivos emplearán la mínima fuerza necesaria y suficiente, con especial atención y cuidado ante la presencia de niños, mujeres embarazadas o ancianos. Esa fuerza será graduada en proporción a la resistencia opuesta por los manifestantes o sus apoyos, siempre con empleo de armas no letales”.
El protocolo antipiquetes no aclara qué “armas no letales” pueden ser utilizadas. En una reglamentación posterior, el Ministerio de Seguridad listó ejemplos de armamentos no letales: las pistolas que inmovilizan mediante descargas eléctricas no letales; las pistolas que disparan municiones con substancias irritantes o productos químicos no letales; los artefactos eléctricos específicos para uso policial que provocan descargas no letales; y los gases paralizantes.
Estas deberán usarse “en aquellas circunstancias en las que la utilización de un arma letal excediera la necesidad derivada de la amenaza o pudiera generar un riesgo de vida o de lesiones para terceras personas presentes en el lugar”. De todas formas, las pistolas que producen descargas eléctricas (conocidas como taser), de momento sólo se usan en estaciones de trenes, en el marco del programa Estaciones Seguras.
El uso de las pistolas lanza gases y el caso Fuentealba
Además, la resolución de diciembre de 2023 derogó un protocolo aprobado en 2011, durante la gestión de Nilda Garré como ministra de Seguridad, en la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria), que prohibía la utilización de pistolas lanza gases. Es el tipo de pistola con la que habría sido herido Pablo Grillo el 12 de marzo.
Aquella reglamentación establecía “la prohibición de portar armas de fuego” para los policías que “por su función en el operativo pudiera entrar en contacto directo con los manifestantes”.
También determinaba que los policías que intervinieran en los operativos de control de manifestación pública no dispusieran de municiones de poder letal, y puntualizaba: “La utilización de pistolas lanza gases queda prohibida. Se considerará como una falta disciplinaria grave la utilización de armamento o munición no provista por la institución correspondiente”.
En la Argentina, el uso de armas de este tipo fue vedado después de la muerte en Neuquén del docente Carlos Fuentealba, quien recibió el impacto de un cartucho de gas lacrimógeno disparado hacia el interior del auto en el que se retiraba de una protesta. Por ese caso, fue condenado a prisión perpetua el sargento primero José Poblete.
“Un peritaje estableció que el cartucho de gas había sido disparado por la escopeta que usó Poblete en el operativo y otro probó que Fuentealba recibió el impacto a menos de 7 metros de distancia, cuando esas armas deben utilizarse al menos a 70 metros de las personas”, indica un informe del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
¿Qué dicen especialistas y organismos internacionales sobre el uso de gas lacrimógeno en manifestaciones?
En 2021, Naciones Unidas elaboró una serie de orientaciones “sobre el empleo de armas menos letales en el mantenimiento del orden”. Allí se refiere a “irritantes químicos lanzados a distancia (gas lacrimógeno)” y describe las circunstancias en las que su uso puede ser ilícito: “Por lo general, no se deberían disparar proyectiles irritantes contra las personas, y, en cualquier caso, no se deberían lanzar contra la cabeza o la cara, ya que la violencia del impacto puede causar la muerte o lesiones graves”.
“El disparo con lanza gases debe hacerse a unos 45 grados hacia arriba para que genere una parábola ascendente y no impacte de modo directo. Eso dice el protocolo de cada fuerza”, explicó a Chequeado la licenciada en Criminalística Silvia Bufalini, docente de Principios Fundamentales de Criminalística y Género Policial en la Universidad Nacional de Avellaneda. Y agregó: “Cualquier disparo realizado fuera de esos parámetros está mal”.
Según las directrices de la ONG Amnistía Internacional sobre el uso de la fuerza y el documento de posición sobre Sustancias Químicas Irritantes en la Aplicación de la Ley, el gas lacrimógeno “sólo puede usarse en situaciones de violencia más generalizada con el fin de dispersar a una multitud, y únicamente cuando todos los demás medios no permitan contener la violencia”.
Cuando se oficializó el protocolo “antipiquetes”, el CELS presentó una demanda ante la Justicia para que se declarara su inconstitucionalidad. Esta semana, solicitó al juzgado que suspenda la aplicación del protocolo para la manifestación del próximo miércoles. El juez federal Martín Cormick lo rechazó, pero advirtió que el tribunal “observará presencialmente con suma atención todo lo que allí suceda”.
Fecha de publicación original: 18/03/2025
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