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Los laberintos de la Justicia: cuál es el recorrido de una causa penal

Una causa penal, de acuerdo con el Código Procesal Penal de la Nación, se inicia cuando una persona presenta una denuncia o por una investigación policial. La primera etapa es la de instrucción, en la que el juez o el fiscal recolectan pruebas e investigan (cuando se implemente el nuevo Código Procesal será sólo el fiscal quien estará a cargo de la investigación). En caso de que el juez tenga motivo suficiente para sospechar que el imputado cometió un delito, lo llamará a indagatoria.

La indagatoria es un acto de defensa, en el que el imputado tiene que presentarse, aunque puede negarse a declarar o puede dar su versión de los hechos, y puede luego decidir si contesta o no a las preguntas del juez y del fiscal.

En el plazo de diez días desde la indagatoria, el juez tiene tres posibilidades: dictar el sobreseimiento, la falta de mérito o el procesamiento.

  • El procesamiento corresponde cuando el juez tiene elementos suficientes para estimar que el imputado es culpable de haber cometido el delito.
  • Se establece la falta de mérito cuando el juez considera que no hay pruebas suficientes para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer al imputado. Esta no es una medida definitiva, ya que, en caso de recolectarse pruebas suficientes en el futuro, el imputado puede ser indagado otra vez y procesado.
  • El juez sobresee cuando se da por terminada la causa. Puede ser por la prescripción del delito, es decir, cuando se vencieron los plazos para perseguirlo; por la muerte del imputado; si el hecho investigado no existió o no se trata de un delito; o el delito no fue cometido por el imputado, de acuerdo con las pruebas recolectadas.

Cuando el juez decide terminar la etapa de instrucción, consulta al querellante y al fiscal para que estimen si corresponde sobreseer al imputado o elevar la causa a juicio. Si requieren la elevación a juicio, se notifica al defensor para que pueda oponer excepciones u oponerse al juicio. Finalmente, es el juez quien decide elevar la causa a juicio o no.

Esta etapa debería durar cuatro meses desde la indagatoria pero, en la práctica, muchas veces el plazo no se cumple. El juez puede solicitar a la Cámara de Apelaciones una prórroga de hasta dos meses y excepcionalmente puede exceder el plazo en casos de “suma gravedad y de muy difícil investigación”, según lo establece el Código Procesal Penal.

Apelación

En caso de que la causa se eleve a juicio, la decisión será inapelable. En cambio, si se decide el sobreseimiento, tanto el fiscal como el querellante pueden apelar, es decir, pedir una revisión de la decisión en el plazo de tres días. La apelación se hace ante el juez que dictó la sentencia y, en caso de que el juez la acepte, la causa continuará en la Cámara de Apelaciones, que deberá revisar la decisión. En caso de que el juez niegue el recurso de apelación, se puede presentar un recurso directamente ante la Cámara.

El tribunal debe decidir si confirma o revoca la decisión del juez de instrucción. Aunque formalmente tiene un plazo de hasta cinco días para hacerlo en los casos más complejos, las resoluciones suelen tomar más.

Juicio oral

Una vez que el juez decide el procesamiento y se eleva a juicio la causa, comienza la etapa del juicio oral, en la que intervienen tres jueces como tribunal. Primero se realiza la citación al juicio, donde se notifica a todas la partes para que preparen los documentos, testigos y todo tipo de pruebas que puedan presentar. Luego se hace el debate oral y público, donde los jueces evalúan las pruebas presentadas por cada parte. Una vez terminado el proceso, se lee la sentencia del juicio donde se condena o absuelve al imputado.

El tribunal oral puede sobreseer al acusado en cualquier momento del proceso, si encuentra pruebas que lo desvinculan del hecho investigado.

Este proceso puede llegar a durar meses, incluso años. El juicio oral por la tragedia de Once, que provocó 51 muertos el 21 de febrero de 2012, por ejemplo, duró casi dos años (entre el 18 de febrero de 2013 y el 29 de diciembre de 2015), y se continúa investigando a algunos funcionarios como el ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.

Cámara de Casación

Las sentencias definitivas, es decir, las que ponen fin a un proceso, o aquellas en las que el paso del tiempo puede impedir que se haga Justicia (por ejemplo, en el caso de un aborto), pueden ser revisadas por la Cámara de Casación Penal de la Nación. En el plazo de diez días tanto la querella y el fiscal como el imputado y su defensor pueden presentar el recurso de Casación ante el mismo tribunal que dictó la sentencia.

En caso de que el tribunal niegue el recurso de Casación, se puede presentar un recurso de queja directamente ante la Cámara de Casación.

¿Sobre qué decide la Cámara de Casación?

A partir del fallo “Casal”, resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2005, la Cámara de Casación debe revisar tanto cuestiones de derecho -que los jueces hayan “aplicado correctamente” la ley- como cuestiones de hecho y prueba, es decir, establecer qué fue lo que sucedió y cómo. Además, se establece que toda persona tiene derecho a que su caso sea revisado por dos instancias para que no sea un sólo tribunal el que decida.

En el caso de la tragedia de Cromagnon, por ejemplo, en el que los miembros de la banda “Callejeros” fueron absueltos por un tribunal oral y condenados por la Cámara de Casación, al no tener una instancia superior ante la cual apelar, la Corte devolvió la causa a otra sala de la Cámara de Casación para que revisara la sentencia condenatoria.

¿Cuál es la diferencia entre la Cámara de Apelaciones y la de Casación?

La Cámara de Apelaciones sólo interviene en la etapa de instrucción, es decir, antes de que se decida elevar a juicio un expediente. En cambio, una vez que comenzó el juicio, la Cámara de Casación es la última instancia de revisión que existe antes de llegar a la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, es posible que durante la etapa de instrucción se interponga un recurso de Casación contra una resolución que ponga fin al proceso. Por ejemplo, en caso de que se haya sobreseído al imputado y la decisión haya sido confirmada por la Cámara de Apelaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Es la última instancia y quien tiene la decisión final. Las causas llegan a la Corte mediante el recurso llamado extraordinario, luego de haber agotado todas las instancias anteriores, pero la Corte sólo se pronuncia en causas en las que está en discusión la interpretación de la Constitución o leyes federales. También se puede realizar un recurso de queja, en el que la persona tienen que hacer un depósito de dinero que pierde en caso de que la Corte no acepte el caso, si el tribunal cuya decisión se cuestiona no concede el recurso para llegar a la Corte.

Fecha de publicación original: 11/09/2017

Comentarios

  • aldana9 de marzo de 2021 a las 9:08 amMUY BUENO. PARA ALGUIEN COMO YO QUE NO SOY ABOADO PERO SI ME INTERESA AMPLIAR MIS CONOCIMIENTOS
  • Juan Roberto20 de marzo de 2021 a las 12:00 pmMe llamo jusgado de garantía me dijo que no ai nada definido todavía y me lo pasaron la causa a Mercedes
  • Oscar guerra28 de marzo de 2021 a las 3:47 pmMe encuentro pribado de mi libertad x un supuesto de una causa armada si y no encuentran pruebas y no tengo sentencia firme ya vy para el año y medio q es lo q se puede aser
  • Alejandro aguero28 de marzo de 2021 a las 3:49 pmMe encuentro pribado de mi libertada x una causa armada sin prueba y ya le ye casi 9 meses q es lo q se puede aser
  • Anonimo3 de abril de 2021 a las 5:29 pmEs posible que se supriman a cambien partes de una declaración de parte de la persona que denuncia? Lo comento porque mi tio esta en un proceso penal y la persona que realiza tiene muchos contactos y probablemente tambien tenga contactos en la fiscalia ya que quieren llegar al juicio y no le han dado posiblididad en la fiscalia ni de prsesentar testigos, y tienen toda clase de pruebas que demuestran su inocencia que tampoco se le ha permitido presentar. Sin embargo el denunciante incluso ha cambiado su declaracion y se lo tomaron.
  • Euge15 de abril de 2021 a las 2:36 pmBuenas tardes, el martes pasado presencié un juicio anticipado o algo así por violencia de género (hay varias denuncias realizadas y el victimario no ha respetado las restricciones) con amenazas de muerte, donde la causa fue caratulada como "desobediencia en concurso ideal con amenazas simples", en el cual la jueza que debía decidir sobre la vida de 4 personas: padre (victimario), madre (víctima) y sus 2 pequeñas desconocía totalmente la causa, no sabía si quiera de qué se trataba, estaba presente virtualmente la ayudante del fiscal la cual respondía sólo lo que la jueza preguntaba ante ciertas dudas, realmente fue una puesta en escena, a lo cual le dio la libertad al acusado siendo que la pericia psicológica dice que es una persona peligrosa en una relación, pregunto amenaza de muerte y el rostro morado de la víctima ( demostrado por el médico forense) de tantas trompadas, es una amenaza simple? Puede un juez que no tiene ni idea de lo que se está tratando decidir el futuro de esa familia? Después nos preguntamos porqué hay tantas muertes, quisiera saber qué se puede hacer ante esta injusticia, la víctima está con custodia policial las 24 hs y el victimario libre
  • Karina etchechuri10 de mayo de 2021 a las 3:39 pmCuanto paso tiene un juez pa desidir un pedido libertad anticipada
  • Marina31 de mayo de 2021 a las 8:25 pmComo es el procedimiento cuando una persona esta en la carcel..hace 3 meses..y su juicio no salio.la denuncia q tiene es x violencia de genero..ya testiguaron a favor de el..que tiempo tarda para que pase a camara todo esto?
  • Anonimo...31 de mayo de 2021 a las 8:26 pmComo es el procedimiento cuando una persona esta en la carcel..hace 3 meses..y su juicio no salio.la denuncia q tiene es x violencia de genero..ya testiguaron a favor de el..que tiempo tarda para que pase a camara todo esto?
  • ezequiel29 de junio de 2021 a las 11:56 pmHola soy raúl ezequiel pérez d.n.i 36574653/quería contar mi caso me acusan de itento de homicidio simple ..lo cual no fue así yo sólo fui a una fiesta me pegaron 4persona.la cuales eran tds familia uno de ellos saco un arma blanca la cual logre sacar la mentablemete salió erido unas de ls personas q se me ata atacaron .yo me precente ala juscia para q td se recuelva i no fue así yo sólo kiero q se aga justicia fui a juicio i me dieron 4y 8 la fiscal me keria dar 6 años .!llevó 1año y 6 meses preso ..espero el ls jueces q tienen mi causa yo apele la condena q me dieron soy primario ..no tengo ganas de vivir pase mucha sos feas en la carcel q me ayuden soy inocente estoy en la 40d lomas de zamora pr bs aires..ase poco perdi mi casa q me keda perder mis hijos tan pasando necesidades ..alluda

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