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Los laberintos de la Justicia: cuál es el recorrido de una causa penal

Una causa penal, de acuerdo con el Código Procesal Penal de la Nación, se inicia cuando una persona presenta una denuncia o por una investigación policial. La primera etapa es la de instrucción, en la que el juez o el fiscal recolectan pruebas e investigan (cuando se implemente el nuevo Código Procesal será sólo el fiscal quien estará a cargo de la investigación). En caso de que el juez tenga motivo suficiente para sospechar que el imputado cometió un delito, lo llamará a indagatoria.

La indagatoria es un acto de defensa, en el que el imputado tiene que presentarse, aunque puede negarse a declarar o puede dar su versión de los hechos, y puede luego decidir si contesta o no a las preguntas del juez y del fiscal.

En el plazo de diez días desde la indagatoria, el juez tiene tres posibilidades: dictar el sobreseimiento, la falta de mérito o el procesamiento.

  • El procesamiento corresponde cuando el juez tiene elementos suficientes para estimar que el imputado es culpable de haber cometido el delito.
  • Se establece la falta de mérito cuando el juez considera que no hay pruebas suficientes para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer al imputado. Esta no es una medida definitiva, ya que, en caso de recolectarse pruebas suficientes en el futuro, el imputado puede ser indagado otra vez y procesado.
  • El juez sobresee cuando se da por terminada la causa. Puede ser por la prescripción del delito, es decir, cuando se vencieron los plazos para perseguirlo; por la muerte del imputado; si el hecho investigado no existió o no se trata de un delito; o el delito no fue cometido por el imputado, de acuerdo con las pruebas recolectadas.

Cuando el juez decide terminar la etapa de instrucción, consulta al querellante y al fiscal para que estimen si corresponde sobreseer al imputado o elevar la causa a juicio. Si requieren la elevación a juicio, se notifica al defensor para que pueda oponer excepciones u oponerse al juicio. Finalmente, es el juez quien decide elevar la causa a juicio o no.

Esta etapa debería durar cuatro meses desde la indagatoria pero, en la práctica, muchas veces el plazo no se cumple. El juez puede solicitar a la Cámara de Apelaciones una prórroga de hasta dos meses y excepcionalmente puede exceder el plazo en casos de “suma gravedad y de muy difícil investigación”, según lo establece el Código Procesal Penal.

Apelación

En caso de que la causa se eleve a juicio, la decisión será inapelable. En cambio, si se decide el sobreseimiento, tanto el fiscal como el querellante pueden apelar, es decir, pedir una revisión de la decisión en el plazo de tres días. La apelación se hace ante el juez que dictó la sentencia y, en caso de que el juez la acepte, la causa continuará en la Cámara de Apelaciones, que deberá revisar la decisión. En caso de que el juez niegue el recurso de apelación, se puede presentar un recurso directamente ante la Cámara.

El tribunal debe decidir si confirma o revoca la decisión del juez de instrucción. Aunque formalmente tiene un plazo de hasta cinco días para hacerlo en los casos más complejos, las resoluciones suelen tomar más.

Juicio oral

Una vez que el juez decide el procesamiento y se eleva a juicio la causa, comienza la etapa del juicio oral, en la que intervienen tres jueces como tribunal. Primero se realiza la citación al juicio, donde se notifica a todas la partes para que preparen los documentos, testigos y todo tipo de pruebas que puedan presentar. Luego se hace el debate oral y público, donde los jueces evalúan las pruebas presentadas por cada parte. Una vez terminado el proceso, se lee la sentencia del juicio donde se condena o absuelve al imputado.

El tribunal oral puede sobreseer al acusado en cualquier momento del proceso, si encuentra pruebas que lo desvinculan del hecho investigado.

Este proceso puede llegar a durar meses, incluso años. El juicio oral por la tragedia de Once, que provocó 51 muertos el 21 de febrero de 2012, por ejemplo, duró casi dos años (entre el 18 de febrero de 2013 y el 29 de diciembre de 2015), y se continúa investigando a algunos funcionarios como el ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido.

Cámara de Casación

Las sentencias definitivas, es decir, las que ponen fin a un proceso, o aquellas en las que el paso del tiempo puede impedir que se haga Justicia (por ejemplo, en el caso de un aborto), pueden ser revisadas por la Cámara de Casación Penal de la Nación. En el plazo de diez días tanto la querella y el fiscal como el imputado y su defensor pueden presentar el recurso de Casación ante el mismo tribunal que dictó la sentencia.

En caso de que el tribunal niegue el recurso de Casación, se puede presentar un recurso de queja directamente ante la Cámara de Casación.

¿Sobre qué decide la Cámara de Casación?

A partir del fallo “Casal”, resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2005, la Cámara de Casación debe revisar tanto cuestiones de derecho -que los jueces hayan “aplicado correctamente” la ley- como cuestiones de hecho y prueba, es decir, establecer qué fue lo que sucedió y cómo. Además, se establece que toda persona tiene derecho a que su caso sea revisado por dos instancias para que no sea un sólo tribunal el que decida.

En el caso de la tragedia de Cromagnon, por ejemplo, en el que los miembros de la banda “Callejeros” fueron absueltos por un tribunal oral y condenados por la Cámara de Casación, al no tener una instancia superior ante la cual apelar, la Corte devolvió la causa a otra sala de la Cámara de Casación para que revisara la sentencia condenatoria.

¿Cuál es la diferencia entre la Cámara de Apelaciones y la de Casación?

La Cámara de Apelaciones sólo interviene en la etapa de instrucción, es decir, antes de que se decida elevar a juicio un expediente. En cambio, una vez que comenzó el juicio, la Cámara de Casación es la última instancia de revisión que existe antes de llegar a la Corte Suprema de Justicia.

Sin embargo, es posible que durante la etapa de instrucción se interponga un recurso de Casación contra una resolución que ponga fin al proceso. Por ejemplo, en caso de que se haya sobreseído al imputado y la decisión haya sido confirmada por la Cámara de Apelaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Es la última instancia y quien tiene la decisión final. Las causas llegan a la Corte mediante el recurso llamado extraordinario, luego de haber agotado todas las instancias anteriores, pero la Corte sólo se pronuncia en causas en las que está en discusión la interpretación de la Constitución o leyes federales. También se puede realizar un recurso de queja, en el que la persona tienen que hacer un depósito de dinero que pierde en caso de que la Corte no acepte el caso, si el tribunal cuya decisión se cuestiona no concede el recurso para llegar a la Corte.

Fecha de publicación original: 11/09/2017

Comentarios

  • susana garcia26 de octubre de 2018 a las 5:54 pmMi Hijo hace 2 años y 2 meses esta con prision preventiva en una peniteniaria federal. Como se extendio 1 año para para dar fecha de juicio el defensor pidio al Fiscal llegar a un acuerdo de Juicio abreviado, ya hae un mes y todavia no hay ninguna novedad. que se debe hacer en estos casos, porque no definen. muchas gracias
  • Gloria27 de octubre de 2018 a las 3:32 amEncuentro exelente todo lo que informan acá necesito un abogado penalista de urgencia ya hay fecha de juicio.mi abogado me estado.
  • Veronica2 de noviembre de 2018 a las 11:52 pmHola buenas noches me dirijo a usted xk mi marido se encuentra connpricion preventiva x una causa k el no tiene nada k ver las cosas k usan como pruevas en su contra no eran de el solo k como tiene antesedentes k soy de 6 años atras lo dejaton detenido k posivilidad tiene k se revise y cambien la resolucion
  • Edit Martín4 de noviembre de 2018 a las 8:46 amPregunto: "en una causa por violencia de género sin querellante" dicen que fue sobreseido pero la víctima tiene perimetral definitiva, que pasa con la perimetral? Continúa o queda suspendida? Gracias
  • Jorge18 de noviembre de 2018 a las 4:58 amSaludos cordiales,estimados profesionales en jurisprudencia.,ay un familiar q tuvo acoso de violacion....ahora resulta q nuestro abogado les informa que se ha perdido el juicio.....esta con una condena de 12 años.......hay como apelar.......o cual es el proceso que se debe dar para poder defender ante ello.....es de urgen.
  • Jorge18 de noviembre de 2018 a las 5:00 amComo lo estaba manifestando .....según el abogado nos informa q ya no hay como hacer nada......es verdad o no.
  • Ivan Soledispa23 de noviembre de 2018 a las 5:32 pmBuenas una pregunta sobre mi caso tengo un caso de receptacion el jues de primera instancia me condeno a 6 meses de pricion pero la he pagado con medidas , firmando pero yo apele la sentencia en corte provincial y los jueses me declararon inocente del caso eso fue hace dos meses pero yo he seguido firmando porq no me an levantado las medidas . Y ya cumpli la sentencia este 19 de noviembre y no se que paso devo seguir. En eso me pueden ayudar.
  • Lorena26 de noviembre de 2018 a las 10:42 amCuánto tiempo tardan para contestar un sobreseimiento a favor o 3n contra del imputado
  • josmar27 de noviembre de 2018 a las 4:26 amA un amigo lo condenaron en el tribunal No 1 federal de cordoba lo acusaron por trafico de estupefacientes, el iba con su primo , novia de su primo y el con su auto, y iba otro amigo de su primo en otro auto al amigo de su primo le encuentran droga en el auto y a mi amigo nada le secuestran tenía un laburo en blanco de 12 años , nunca tuvo antecedentes, presento los papeles que trabaja en blanco recibos de sueldo movimientas de cuentas bancarias , explicó que tenia problemas con su señora por eso salió de su casa están las escuchas que realmente tuvo problemas familiares, le secuestraron su celular, en la audiencia el fiscal dijo que los recibos presentados son hasta diciembre del 2016 y en las cosas secuestradas de su billetera tenía su recibos de sueldo desde enero a junio del 2017, carnet de obra social UTA, PARA mi el fiscal nunca investigo nada porque para ellos es fácil saber si trabajo o no creo? Después dijo en otro punto q es una persona con estudios como no va a saber que su primo tenía antecedentes y cuando pidió la pena a mi amigo le pidió 7 años y 6 meses siendo q a el no le secuestraron nada, el mismo fiscal dijo que en los celulares secuestrados no había conexión con el que tenía la droga en el auto y ni con su primo y al que traia la droga le pidió el fiscal 7 años siendo q le secuestran la droga, una buena cantidad de plata , maquina para contar plata , yo me pregunto porque al q tenía las cosas ilegal le pidió menos años el fiscal?
  • Laura29 de noviembre de 2018 a las 8:50 amHola una consulta en la casa de mis padres hicieron un allanamiento por una denuncia,mis padres trabajaron siempre y el fiscal se llevó la plata de sus ahirros.el allanamiento fue por una denuncia de tenencia de armas pero para mí hermano pero en la volteadase llevaron la plata de mis padres,ahora mí padre tiene problemas de salud y necesita esa olata.mi mamá y mí papá tienen un negocio de comida hace mas de 20 años esos eran sus ahorros.como hacen para recuperar esa plata ?

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