Montos, beneficiarios y requisitos: claves para entender los regímenes jubilatorios de jueces y diplomáticos
- El presidente Alberto Fernández reconoció que en el acuerdo con el FMI se incluyó la modificación de los regímenes jubilatorios especiales, aunque aclaró que sólo se refería a los de ex magistrados y personal del servicio exterior.
- Los jueces y diplomáticos se jubilan con el 82% del promedio de sus últimas 120 remuneraciones mensuales y aportan al sistema un 18% de sus salarios en actividad. El sistema fue reformado en 2020, al inicio de la gestión del Frente de Todos.
- Actualmente, perciben estos beneficios más de 5.400 ex funcionarios judiciales, que tienen un haber medio mensual de $ 410 mil. En el ámbito diplomático son poco más de 400, con un haber de $ 660 mil. De todas formas, al tratarse de una cifra baja de beneficiarios, este “privilegio” no representa un alto costo para el Estado.
“De lo que se habla es de los regímenes especiales de privilegio, donde básicamente están los embajadores y jueces. Algo hicimos con los jueces, pero deberíamos avanzar más. Lo mismo con los embajadores”, aclaró en radio El Destape el presidente de la Nación, Alberto Fernández, al ser consultado sobre rumores que señalaban que el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) incluía la modificación de los regímenes jubilatorios especiales.
¿Cómo funcionan estos sistemas? ¿Por qué son especiales? ¿Qué datos existen sobre estos regímenes? Repasamos estas preguntas.
“En la Argentina hay cerca de 3,7 millones de beneficios de regímenes de excepción (un 40% del total), con haberes que, en promedio, son un 85% superior al promedio del régimen general. Los recursos que la sociedad destina a estos esquemas alcanzan el 7% del PBI”, explica un trabajo del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec) elaborado por el director del área de Protección Social Rafael Rofman.
El especialista los divide en 2 grandes categorías: los regímenes diferenciales y los especiales. “Los primeros son esquemas destinados a proteger a trabajadores y trabajadoras que desarrollan actividades arduas o riesgosas que podrían derivar en envejecimiento prematuro, y los segundos son esquemas cuya especificidad se justifica en cuestiones de mérito (y que incluyen a la mayoría de los programas dirigidos al funcionariado público)”. A estos, se suman otras 3 categorías de menor envergadura: los sistemas provinciales, los de las fuerzas armadas y de seguridad y las pensiones no contributivas.
Los funcionarios judiciales y el personal del servicio exterior entran en la categoría de regímenes especiales.
¿En qué consisten los regímenes de jueces y diplomáticos?
Ambos regímenes tienen varias décadas de vigencia, pero fueron modificados en 2020, en los primeros meses de gestión del Frente de Todos, con el objetivo de reducir el monto que el Estado nacional destina a estos sectores. Aquella reforma, sin embargo, no afectó a quienes se jubilaron antes de su vigencia. Por eso, muchos jueces y fiscales presentaron su renuncia durante el debate legislativo del nuevo régimen jubilatorio.
El sistema está bajo la órbita de la ANSES, como ocurre con el sistema general, y establece que los magistrados y funcionarios del servicio exterior se jubilan con el 82% del promedio de las últimas 120 remuneraciones. Hasta la última reforma, se tomaba ese porcentaje sobre la remuneración por el último cargo ejercido y, en el caso de los diplomáticos, la proporción llegaba al 85%.
Además, la nueva norma elevó el aporte jubilatorio de los funcionarios activos. Los funcionarios judiciales y del servicio exterior aportan a la ANSES el 18% de su sueldo (antes se aportaba el 12%), mientras que los trabajadores del régimen general aportan el 11%.
En 2020, además, se elevó la edad de jubilación para los hombres de 60 a 65 años. En el caso de las mujeres, se mantuvo en 60. También se estableció una modificación sobre los requisitos para acceder a la jubilación: como no todos los escalafones del Poder Judicial están habilitados a cobrar este beneficio especial, la nueva ley exige 10 años seguidos de desempeño en cargos que sí están habilitados, o 15 años de manera discontinua y, además, desempeñarse en este tipo de funciones al momento de jubilarse.
¿Cuántas personas acceden a este beneficio?
Según datos oficiales de la ANSES, actualizados hasta diciembre último, hay actualmente poco más de 5.400 ex funcionarios del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público Fiscal que perciben su jubilación con este régimen. Con el informe oficial no es posible saber cuántos de ellos son jueces o fiscales y cuántos son funcionarios de escalas inferiores.
En el mundo de la diplomacia la cifra es aún menos significativa. Con datos a diciembre último, son poco más de 400 los ex funcionarios del servicio exterior que perciben la jubilación especial.
¿Y cuánto cobran?
En ese universo de poco más de 5.400 ex funcionarios judiciales, el haber medio mensual diciembre de 2021 fue de $ 410 mil (sin incluir aguinaldo). Esto quiere decir que, probablemente, los haberes de jueces y fiscales sean superiores, ya que se jubilan con sueldos más altos que el resto de los empleados judiciales. En el caso del servicio exterior, el haber promedio mensual fue de $ 660 mil (sin incluir aguinaldo).
En diciembre último, según datos oficiales, la jubilación mínima del régimen general era de $ 29 mil y el haber medio llegaba a los $ 54 mil. Es decir que la jubilación media de los ex funcionarios del servicio exterior fue 12 veces superior al haber medio general y 22 veces superior a la jubilación mínima.
De todas formas, al tratarse de una cifra baja de beneficiarios, este “privilegio” no representa un alto costo para el Estado. Según calculó Rofman con datos de 2020, el gasto en jubilaciones de funcionarios judiciales representó un 0,08% del PBI.
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