Receta electrónica obligatoria: 5 preguntas y respuestas sobre el nuevo sistema que comenzó a implementarse en todo el país
- A partir de julio comenzó a regir la Ley de Receta Electrónica que establece que las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas deberán pasar al formato digital, según confirmó el Ministerio de Salud de la Nación.
- Las jurisdicciones tendrán 180 días para avanzar en el registro de las diferentes plataformas digitales para emitir recetas y garantizar el acceso a medicamentos y prácticas médicas.
- Durante este período de adaptación, las farmacias deberán seguir aceptando las recetas en papel. Además, la receta manuscrita permanecerá como condición de excepción en zonas sin conectividad.
El Gobierno nacional anunció que a partir de este lunes 1 de julio ya rige en todo el país la nueva reglamentación de la Ley de Receta Electrónica. El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que el presidente Javier Milei presentó en diciembre último buscaba acelerar la implementación de este medio.
A través del Decreto 345/2024, la normativa establece que todas las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud que fueron tradicionalmente realizadas en papel deberán ser efectuadas desde ahora a través de plataformas digitales.
“La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas”, señalaron desde el Ministerio de Salud de la Nación a cargo de Mario Russo en un comunicado oficial.
En esta nota, 5 preguntas y respuestas sobre la adopción de la receta electrónica en la Argentina.
¿Cómo funciona la receta electrónica?
La receta electrónica o digital es un documento digital de carácter sanitario, confeccionado y firmado por un o una profesional de la salud con firma electrónica o digital, mediante el que se prescribe a un o una paciente medicamentos o se indica cualquier otra práctica o prestación, según establece la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales.
Cuenta con una vigencia de 30 días para el caso de los medicamentos y de 60 días para otras prescripciones (como prácticas, estudios o prestaciones). Sin embargo, pueden extenderse recetas para tratamientos crónicos para períodos prolongados de hasta 90 días, de acuerdo a la Resolución 27/2022 del Ministerio de Salud.
Esta herramienta implica que el médico emita las prescripciones de medicamentos a través de un soporte digital. Una vez que el documento está debidamente confeccionado, se transmite al paciente mediante distintos canales digitales, como correos electrónicos o plataformas de mensajería instantánea como WhatsApp. Esta flexibilidad facilita que el paciente pueda enviar la receta directamente a la farmacia.
Para poder utilizarla, la receta electrónica debe cumplir los siguientes requisitos: identificación del médico o profesional de la salud (nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio), código de barra, identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI, sexo), medicamento identificado por su nombre genérico o denominación común internacional, diagnóstico, fecha de emisión y firma digital del profesional.
¿Cómo será la transición a la receta electrónica?
La reglamentación de la receta electrónica contempla un período de adaptación de 180 días, contados a partir del 1 de julio de 2024, según detalla el comunicado oficial.
Durante este período, todos los sistemas de información y plataformas digitales vinculados a la salud digital deberán inscribirse al Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS), creado por el Ministerio de Salud de la Nación mediante la Resolución 1959/2024. Las plataformas de recetas electrónicas que ya funcionan en la actualidad podrán emitir sus recetas con normalidad mientras se registran y readecuan.
Esta etapa de implementación incluye la adhesión sucesiva de las provincias a la modalidad de prescripción de receta electrónica y la registración de sus plataformas en el ReNaPDiS. En este marco, el Ministerio de Salud confirmó que tiene en agenda “comenzar un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios”.
¿Qué sucede si el profesional que me atiende no me da una receta electrónica?
Durante los siguientes 180 días, los profesionales de la salud que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel y los pacientes podrán obtener sus medicamentos en las farmacias como hasta ahora. En este sentido, las farmacias seguirán aceptando las recetas y los financiadores las tomarán como válidas.
Aquellos profesionales que ya prescriben con un recetario electrónico pueden seguir emitiendo recetas mientras se registran y readecuan al ReNaPDiS.
La receta manuscrita permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema, según confirmó la cartera sanitaria.
¿Qué deben hacer los profesionales de la salud para poder prescribir a través de la receta electrónica?
Para poder emitir recetas electrónicas y obtener la aprobación del Ministerio de Salud de la Nación, todas las plataformas deberán inscribirse en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
En tanto, para los profesionales de la salud, la medida implica la necesidad de registrarse en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). “Este dato es fundamental para validar al profesional prescriptor de una receta electrónica”, indica el organismo. A su vez, todos los ciudadanos podrán acceder al SISA para verificar si un profesional de la salud está matriculado y habilitado.
El Ministerio de Salud de la Nación habilitó una página web de “Receta Electrónica” que cuenta con información, instructivos y requisitos para la población general, profesionales, farmacias y plataformas.
Por consultas puntuales, se encuentran disponibles la línea telefónica 0800 (0800-222-1002) y la casilla oficial de correo electrónico [email protected].
¿Qué ventajas tiene la adopción de la receta electrónica y qué críticas despierta?
El Ministerio de Salud de la Nación destacó entre los posibles beneficios que la adopción de la receta electrónica vuelve “más segura y eficiente la prescripción base a los estándares definido”, garantiza “su emisión realizada por un profesional en ejercicio matriculado y habilitado, asegura “la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega”, y “simplifica instancias administrativas”.
Por su parte, un comunicado publicado por la Confederación Farmacéutica Argentina advierte que, para que la prescripción electrónica sea posible y operativa, “deben tenerse en cuenta cuestiones que aún no están resueltas como la interoperabilidad del sistema”.
“Es necesario tener registradas y habilitadas las plataformas digitales en las que se van a emitir, procesar y almacenar las recetas. Hoy no contamos con datos públicos acerca del estado del proceso de registración de las plataformas”, señala el organismo. Y agrega: “Además, las plataformas de prescripción deberían homologarse con los sistemas de gestión de todas las farmacias y las entidades farmacéuticas para que el farmacéutico pueda acceder a esas recetas. Hoy para la mayoría de las farmacias es imposible acceder a esa información”.
No obstante, desde la Confederación consideran que una correcta implementación de la receta electrónica “contribuirá a la seguridad del paciente al disminuir errores de medicación, permitirá la realización del seguimiento del cumplimiento de las indicaciones terapéuticas por parte de aquel y mejorará la gestión administrativa en las farmacias”. Para ello, “es necesario que en su diseño participen quienes van a implementarlo día a día en el mostrador de la farmacia”.
Fecha de publicación original: 02/07/2024
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