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Receta electrónica obligatoria: 5 preguntas y respuestas sobre el nuevo sistema que comenzó a implementarse en todo el país

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La receta electrónica será la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos a partir del 1° de enero de 2025, según oficializó el Ministerio de Salud de la Nación.
  • En julio comenzó a regir la nueva reglamentación de la Ley de Receta Electrónica. La normativa establece que las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas deben pasar al formato digital. 
  • Las jurisdicciones tienen hasta el 31 de diciembre para avanzar en el registro de las diferentes plataformas digitales para emitir recetas y garantizar el acceso a medicamentos y prácticas médicas.

La receta electrónica será la única modalidad vigente para la prescripción de medicamentos a partir del 1° de enero de 2025.

En julio, el Gobierno nacional anunció la puesta en marcha de la nueva reglamentación de la Ley de Receta Electrónica. A través del Decreto 345/2024, la normativa establece que todas las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud deberán pasar al formato digital. El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que el presidente Javier Milei (La Libertad Avanza) presentó en su primer mes de gestión buscaba acelerar su implementación.

“La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días (a partir del 1° de julio de 2024) y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas”, señalaron desde el Ministerio de Salud de la Nación en un comunicado oficial.

Finalmente, este martes 3 de diciembre, la cartera sanitaria dispuso que los repositorios de recetas electrónicas deberán estar disponibles para todas las plataformas de prescripción y farmacias, las cuales solo podrán acceder a las recetas que el paciente requiera.

En esta nota, 5 preguntas y respuestas sobre la adopción de la receta electrónica en la Argentina.

¿Cómo funciona la receta electrónica?

La receta electrónica o digital es un documento digital de carácter sanitario, confeccionado y firmado por un o una profesional de la salud con firma electrónica o digital, mediante el que se prescribe a un o una paciente medicamentos o se indica cualquier otra práctica o prestación, según establece la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales.

Cuenta con una vigencia de 30 días para el caso de los medicamentos y de 60 días para otras prescripciones (como prácticas, estudios o prestaciones). Sin embargo, pueden extenderse recetas para tratamientos crónicos para períodos prolongados de hasta 90 días, de acuerdo a la Resolución 27/2022 del Ministerio de Salud.

Esta herramienta implica que el médico emita las prescripciones de medicamentos a través de un soporte digital. Una vez que el documento está debidamente confeccionado, se transmite al paciente mediante distintos canales digitales, como correos electrónicos o plataformas de mensajería instantánea como WhatsApp. Esta flexibilidad facilita que el paciente pueda enviar la receta directamente a la farmacia.

Para poder utilizarla, la receta electrónica debe cumplir los siguientes requisitos: identificación del médico o profesional de la salud (nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio), código de barra, identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI, sexo), medicamento identificado por su nombre genérico o denominación común internacional, diagnóstico, fecha de emisión y firma digital del profesional.

Por su parte, los repositorios son las plataformas que validan las recetas electrónicas emitidas por los profesionales de salud y permiten que estén disponibles para su dispensa en farmacias. Estos sistemas almacenan dichas recetas garantizando la privacidad, integridad y confidencialidad de la información de los usuarios.

¿Cómo es la transición a la receta electrónica?

La receta electrónica será la única modalidad vigente para prescribir medicamentos en la Argentina a partir del 1° de enero de 2025.

Su reglamentación entró en vigencia el 1° de julio de este año -mediante el Decreto 345/2024– y estableció un plazo de 180 días para la adhesión, registro y readecuación de las plataformas. Aquellas recetas emitidas en papel antes del 31 de diciembre podrán ser utilizadas dentro del período de vigencia habitual.

Durante este tiempo de adaptación, todos los sistemas de información y plataformas digitales vinculados a la salud digital deben inscribirse al Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS), creado por el Ministerio de Salud de la Nación mediante la Resolución 1959/2024.

En tanto, el último 3 de diciembre, el Ministerio de Salud oficializó que los repositorios de recetas electrónicas deberán estar disponibles para todas las plataformas de prescripción y farmacias, las cuales solo podrán acceder a las recetas que el paciente requiera. 

“A través de su sitio web, el Ministerio de Salud permitirá que las plataformas de recetas electrónicas puedan acceder a los repositorios abiertos y a sus respectivas interfaces de programación de aplicaciones para integrarse al ecosistema de salud digital y vincularse con las farmacias”, detalle la medida publicada mediante la Resolución 5744/2024.

Por su parte, las plataformas deberán pasar por un proceso de autenticación y adoptar medios para conectarse con los repositorios. “Esto es indispensable para asegurar la dispensa en farmacias bajo normas de buenas prácticas, correcta interoperabilidad de los datos y privacidad de la información”, explica el organismo.

El listado de las plataformas aprobadas y el acceso a ellas se encontrará disponible en el sitio oficial del organismo.

¿Qué sucede si el profesional que me atiende no me da una receta electrónica?

Hasta el 31 de diciembre de 2024, los profesionales de la salud que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel y los pacientes podrán obtener sus medicamentos en las farmacias como hasta ahora. En este sentido, las farmacias seguirán aceptando las recetas en papel que hayan sido emitidas antes de fin de año. Éstas podrán ser utilizadas dentro del período de vigencia habitual.

Aquellos profesionales que ya prescriben con un recetario electrónico pueden seguir emitiendo sus recetas mientras se registran y readecuan al ReNaPDiS.

La receta manuscrita permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema, según confirmó la cartera sanitaria.

¿Qué deben hacer los profesionales de la salud para poder prescribir a través de la receta electrónica?

Para poder emitir recetas electrónicas y obtener la aprobación del Ministerio de Salud de la Nación, todas las plataformas deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

En tanto, para los profesionales de la salud, la medida implica la necesidad de registrarse en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). “Este dato es fundamental para validar al profesional prescriptor de una receta electrónica”, indica el organismo. A su vez, todos los ciudadanos podrán acceder al SISA para verificar si un profesional de la salud está matriculado y habilitado.

El Ministerio de Salud de la Nación habilitó una página web de “Receta Electrónica” que cuenta con información, instructivos y requisitos para la población general, profesionales, farmacias y plataformas.

Por consultas puntuales, se encuentran disponibles la línea telefónica 0800 (0800-222-1002) y la casilla oficial de correo electrónico [email protected].

¿Qué ventajas tiene la adopción de la receta electrónica y qué críticas despierta?

El Ministerio de Salud de la Nación destacó entre los posibles beneficios que la adopción de la receta electrónica vuelve “más segura y eficiente la prescripción base a los estándares definido”, garantiza “su emisión realizada por un profesional en ejercicio matriculado y habilitado, asegura “la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega”, y “simplifica instancias administrativas”.

“La digitalización de las plataformas de recetas garantiza que quien prescribe es un profesional en ejercicio matriculado y habilitado. Asimismo, facilita la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega, simplificando las instancias administrativas y otorgando transparencia; brinda herramientas a los profesionales para tomar mejores decisiones de tratamiento; y evita los errores de interpretación de la letra manuscrita”, explica el organismo en su último comunicado oficial.

Por su parte, un comunicado publicado por la Confederación Farmacéutica Argentina advierte que, para que la prescripción electrónica sea posible y operativa, “deben tenerse en cuenta cuestiones que aún no están resueltas como la interoperabilidad del sistema”.

“Es necesario tener registradas y habilitadas las plataformas digitales en las que se van a emitir, procesar y almacenar las recetas. Hoy no contamos con datos públicos acerca del estado del proceso de registración de las plataformas”, señala el organismo. Y agrega: “Además, las plataformas de prescripción deberían homologarse con los sistemas de gestión de todas las farmacias y las entidades farmacéuticas para que el farmacéutico pueda acceder a esas recetas. Hoy para la mayoría de las farmacias es imposible acceder a esa información”.

No obstante, desde la Confederación consideran que una correcta implementación de la receta electrónica “contribuirá a la seguridad del paciente al disminuir errores de medicación, permitirá la realización del seguimiento del cumplimiento de las indicaciones terapéuticas por parte de aquel y mejorará la gestión administrativa en las farmacias”. Para ello, “es necesario que en su diseño participen quienes van a implementarlo día a día en el mostrador de la farmacia”.

 

Actualización 3/12/2024: se actualizó la nota tras la publicación de la Resolución 5744/2024 en el Boletín Oficial.

Fecha de publicación original: 02/07/2024

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Comentarios

  • Fidel Vargas12 de agosto de 2024 a las 6:52 pmMe realizaron una receta electrónica y en la farmacia me exigieron la receta física,tuve que imprimirla cual es la diferencia sigo usando papel.
  • marcos14 de agosto de 2024 a las 11:10 pmen caba recetas y derivaciones todo por mail, todo sin papel. En PBA piden papeles en farmacias para ciertas drogas y OME (papel) para atencion y /o derivaciones. Ellos lo tienen en el sistema pero piden igual el papel porque dicen que tiene un QR, el qr es la direccion de la portada de la pagina de pami, no dice nada, cualquiera lo copia, es ridiculo
  • Beatriz Santa Cruz16 de agosto de 2024 a las 12:21 pmCon la receta electrónica, se puede comprar directamente en la farmacia o hay que imprimirla? Gracias
  • Jose11 de noviembre de 2024 a las 4:05 pmEn cantidades no me toma el 2 el 3 etc. Solo el 1. Como se hace para pedir 2 ó 3, etc. Hay que ponerlo en LETRAS GRACIAS?.
  • Jose Pereira Vázquez11 de noviembre de 2024 a las 5:21 pmHola..pregunta. como recetar 2 o 3 cajas de un medicamento recetado? No me toma otra cantidad que 1. Cual es el proceso?. Tal vez con letras seria posible?. Gracias.

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