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Esta nota tiene más de un año

Reforma judicial: qué cambios se introdujeron en el Senado y cómo sigue el proyecto del Gobierno

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • La fusión del fuero Criminal y Correccional Federal y el Penal Económico, donde se investigan las principales causas de corrupción del país, se mantuvo tras el debate de comisiones.
  • Fue desestimado el plan de unificar los fueros Civil y Comercial con el Contencioso Administrativo y se propuso crear un tribunal de “resolución de conflictos” entre ambos fueros.
  • Modificaciones en las subrogancias, la Justicia federal del interior del país, los sorteos, los concursos y las reglas de actuación de los magistrados.

El Senado dio esta semana media sanción a la reforma judicial que hace casi un mes anunció el presidente Alberto Fernández, después de 10 horas de debate. Al final de la sesión se anunciaron cambios de último momento, que generaron polémica y acusaciones por parte de la oposición (acá y acá). Las modificaciones implican la creación de más juzgados y cámaras que lo que preveía el dictamen de comisión y, por lo tanto, más recursos y esfuerzo fiscal para su puesta en marcha. Acá, te contamos qué cosas se mantienen del proyecto original del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) y qué se trató ayer en el Senado.

La fusión penal

Lo que se mantiene. Se propone la fusión del fuero Criminal y Correccional Federal y el Penal Económico. Esto derivaría en la creación de un nuevo fuero Penal Federal con 46 juzgados: los 12 de Comodoro Py, los 11 en lo Penal Económico y 23 nuevos juzgados. Como los juzgados ya existentes tienen 2 secretarías, quedarían funcionando con una y la restante se traspasaría a los 23 nuevos juzgados. El nuevo fuero contaría con las cuatro cámaras de apelaciones ya existentes y 17 tribunales orales (5 de ellos, nuevos).

Con este esquema, el Gobierno nacional tendría la posibilidad de nombrar a más de la mitad de los jueces de primera instancia (contando a los nuevos y a los actualmente vacantes) y al menos 15 magistrados de tribunales orales de este fuero.

Las causas en trámite, sostiene el proyecto, seguirán su curso en los tribunales en los que tramitan actualmente.

Lo que cambia. Se incorporó en comisión, y por pedido de los organismos de derechos humanos, que entre las secretarías a transferirse a los nuevos juzgados no pueden incluirse aquellas en las que tramitan causas por delitos de lesa humanidad.

Los nuevos subrogantes

Lo que se mantiene. Mientras se lleven a cabo los concursos, los nuevos juzgados serán ocupados por subrogantes. El proyecto prevé un método especial de selección de estos magistrados suplentes: la Cámara de Casación porteña (la que trata delitos ordinarios) debe elaborar un listado con los jueces de ese fuero que manifiesten su intención de subrogar estos juzgados, aunque no podrán integrar esta nómina los que registren atrasos en causas de sus juzgados. El proyecto no aclara cómo se medirá ese retraso, pero quedará a criterio de la Cámara, que es la que elabora el listado.

Esa lista debe ser enviada al Consejo de la Magistratura, que con una mayoría de dos tercios de sus miembros elegirá los subrogantes. Los nombres aprobados por el Consejo luego deberán contar con acuerdo del Senado de la Nación.

Lo que cambia. El proyecto original sostenía que no podían postularse como subrogantes aquellos magistrados que habían dado consentimiento para ser transferidos a la Justicia porteña, pero esto fue eliminado.

La otra fusión de fueros

Lo que cambia. La propuesta original del Presidente incluía, además de la unificación penal, una fusión del fuero Contencioso Administrativo Federal con el Civil y Comercial Federal. Según Fernández, para evitar los conflictos de competencia. Esto fue eliminado de la reforma, de acuerdo con la media sanción en la Cámara alta.

Lo que se aprobó en el Senado es la creación de un Tribunal de Resolución de Conflictos, integrado por 3 magistrados, que será instancia única e inapelable de resolución de los conflictos de competencia de estos dos fueros. El tribunal estará integrado por dos jueces de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y uno de la Cámara Civil y Comercial Federal, que serán elegidos anualmente por cada cámara. Esta modificación, e incluso la redacción de los artículos, fue propuesta durante el debate en comisiones por el especialista Ernesto Marcer, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Buenos Aires (UBA), quien señaló que la propuesta del Ejecutivo no era inconstitucional, pero tampoco era conveniente.

La Justicia en el interior

Lo que se mantiene. Se propone fortalecer la Justicia federal en el interior del país con la creación de nuevos cargos judiciales.

Lo que cambia. En el proyecto original presentado por Fernández se proponía la creación de 94 juzgados federales de primera instancia con competencia penal en distintos puntos del país. El dictamen de comisión sugirió que fueran 63, y la media sanción de la norma estipuló que serán 55 juzgados federales de primera instancia y 18 juzgados federales penales de garantías. A esto se suman 9 cámaras federales nuevas (Catamarca, Formosa, Salta y Jujuy, San Juan, San Luis, Santiago del Estero, La Rioja, La Pampa y una en Provincia de Buenos Aires.) más dos salas nuevas en la ya existente Cámara Federal de Rosario, una en la de Mar del Plata y otra en General Roca (Río Negro), lo que implica en total de 39 cargos de juez; y 2 nuevos tribunales orales federales (en Chaco y Corrientes), es decir, 6 nuevos cargos.

En total serán 118 nuevos cargos de juez, 24 más que en el proyecto original y 22 más que con el dictamen de comisión anterior, aunque con una composición muy distinta.

Más fragmentos que se mantienen

La transferencia a la Ciudad. Se propone la transferencia total de la competencia para investigar delitos comunes en territorio porteño a la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, algo que nunca se concretó por la sanción de la llamada “ley Cafiero”. Para ello, los magistrados y empleados judiciales que actualmente trabajan en la Justicia Nacional de la Ciudad deben dar expreso consentimiento a ser transferidos a la Justicia porteña. Esta parte del proyecto se mantiene de forma idéntica a la original.

Es uno de los puntos más controvertidos y la llamada Cámara del Crimen ya emitió una acordada en la que opinó que el traspaso es inconstitucional. En el debate en comisión, el fiscal federal Javier De Luca opinó que se pueden traspasar competencias, pero no personas. “Los jueces nacionales no pueden ser cesados en su cargo, porque así lo establece el artículo 115 de la Constitución, y una transferencia a otra jurisdicción como la Ciudad implicaría un cese no previsto en el cargo”. Y propuso la fusión de estos magistrados con los de los fueros Criminal y Correccional Federal y Penal Económico.

El sistema acusatorio. También se mantiene idéntico el fragmento que habla de la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal Federal, promulgado en febrero de 2019 y que establece el sistema acusatorio, en el que los fiscales llevan adelante la investigación penal. De acuerdo con el proyecto y con la media sanción del Senado, hay un plazo de 2 años para que se ponga en marcha este Código en la Ciudad.

Más cambios

La cláusula sobre los medios. El proyecto original del Presidente tiene un apartado sobre “reglas de actuación” de los magistrados. Una de ellas sostenía que los jueces deben comunicar al Consejo de la Magistratura “cualquier intento de influencia en sus decisiones por parte de poderes políticos o económicos, miembros del Poder Judicial, Ejecutivo o Legislativo, amistades o grupos de presión de cualquier índole, y solicitar las medidas necesarias para su resguardo”. En comisión, por impulso del oficialismo, se sumó a los “poderes mediáticos”. Esto fue criticado por la oposición y en el recinto, a último momento, el senador oficialista Oscar Parrilli (Neuquén), quien había propuesto el artículo, propuso sacar el término “poderes mediáticos” y cambiarlo por “personas o grupos de poder”. Así finalmente quedó redactado de la norma.

Sorteos. Se incorporó al dictamen de comisión que los sorteos de causas (cuando se determina qué juzgado va a investigar una denuncia) se realizarán manualmente y deberán ser grabados. También serán manuales los sorteos de tribunales de juicio. Y se podrá requerir el apoyo de organismos externos para garantizar la transparencia de los sorteos. El actual sistema informático que efectúa los sorteos de causas fue blanco de críticas e incluso de investigaciones judiciales por presuntas irregularidades, como se explicó en esta nota.

Concursos. Se extendió de 10 a 30 días el plazo que tiene el Consejo para llamar a concursos para ocupar los nuevos cargos una vez que entre en vigencia la ley. También se estableció que la prueba de oposición será escrita y se exige el 60% de aprobación de ese examen para pasar a la siguiente etapa.

 

Actualización 30/08/2020: esta nota fue actualizada con los cambios introducidos por el Senado.

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Comentarios

  • paloma202031 de agosto de 2020 a las 5:04 pmPregunto: Por que cuando se habla de corrupcion (y su juzgamiento) solo se habla de CFK y no de Macri? Y el correo argentino, los parques eolicos, los peajes, el aumento de tarifas a sus amigos, la deuda externa que se fugo, todo eso... desaparece por la magia de clarin y la nacion? O que?
  • paloma202031 de agosto de 2020 a las 5:40 pmPorque nadie parece "darse cuenta" de que oponerse a la reforma tambien puede tener que ver con garantizar la impunidad del gobierno de Macri, dado que muchos de los jueves actuales le han sido fieles.
  • silvia29 de septiembre de 2020 a las 8:02 pm"Las diez camaristas fueron trasladados sin cumplir los recaudos que impone el reglamento del Consejo, ni las acordadas de la Corte, que definen cómo son los traslados". Es mentira esto que dice Camaño?
  • maca y guada23 de septiembre de 2022 a las 3:35 pmno me importa me estan obligando a estar aca

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