El Consejo de la Magistratura aprobó un reglamento de emergencia antes del vencimiento del plazo fijado por la Corte
Con una mayoría ajustada, el Consejo de la Magistratura aprobó un reglamento de emergencia para evitar la parálisis administrativa. La decisión fue tomada pocas horas antes del vencimiento del plazo fijado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que el organismo adaptara su integración, ya que la actual (de 13 miembros), según el máximo tribunal, es inconstitucional.
Cuando la Corte dictó su fallo, le indicó al Congreso que sancione una nueva ley y le ordenó al Consejo que, antes del 15 de abril, adapte su composición a una ley de 1998, que establecía un órgano de 20 miembros, cuya cabeza es el presidente de la Corte. Según el fallo, todo lo que haga el Consejo en su actual integración después del 15 de abril será nulo.
El proyecto que el Ejecutivo mandó al Parlamento tiene media sanción del Senado, pero la Cámara baja no lo tratará esta semana y el plazo de la Corte culmina el viernes próximo.
Por otro lado, el Consejo avanzó en la adaptación de su integración. Se organizaron elecciones y fueron electas las 2 abogadas y la jueza que deberían sumarse al nuevo Consejo. Resta que en los próximos días se defina el nuevo académico. Pero aún no se sabe nada de los 2 nuevos representantes del Congreso (uno por cada Cámara).
Para abonar a la inminente parálisis, esta semana el juez federal de Paraná Daniel Alonso dictó una medida precautelar en la que ordenó al Congreso abstenerse de designar nuevos representantes en el Consejo. Vale aclarar que la Corte ordenó que los nuevos consejeros deben iniciar su mandato de manera conjunta y simultánea.
Por eso, ante el inminente vencimiento del plazo, “resulta menester prever un esquema de funcionamiento administrativo mínimo de contingencia”, señala la resolución emitida hoy por el Consejo de la Magistratura.
La resolución dispone delegar en el actual presidente del Consejo, Alberto Lugones, desde el vencimiento del plazo y hasta que el organismo se integre como ordenó la Corte, las siguientes “facultades mínimas” de gestión administrativa: representación en juicio; asistencia y soporte material de los tribunales y del propio Consejo; gestión de los recursos humanos “bajo la superintendencia del Cuerpo en las materias impostergables”; y asignación de asuntos a las diferentes comisiones “al sólo efecto de su radicación”.
En temas que excedan los aspectos mencionados, Lugones estará habilitado a realizar un procedimiento de consulta que requerirá la conformidad de al menos 7 consejeros. Este reglamento sólo tendrá vigencia hasta que el organismo complete su integración. Votaron a favor los consejeros Alberto Lugones, Diego Molea, Graciela Camaño, Gerónimo Ustarroz, Mariano Recalde, Vanesa Siley y María Inés Pilatti Vergara. En contra se pronunciaron Carlos Matterson, Juan Manuel Culotta, Diego Marías, Ricardo Recondo y Pablo Tonelli. Silvia Giacoppo estuvo ausente.
Como contamos en esta nota, el Consejo de la Magistratura es un organismo creado en la reforma constitucional de 1994 que tiene 3 funciones principales: el nombramiento de jueces federales y nacionales, la remoción de magistrados y la administración de los recursos del Poder Judicial de la Nación.
Fecha de publicación original: 13/04/2022
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