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¿Un artículo xenófobo en la Constitución?

Una curiosidad de nuestra Constitución Nacional es el artículo 25 que, textualmente, reza: “El Gobierno federal fomentará la inmigración europea”. La pregunta es, ¿cómo puede en pleno siglo XXI, y tras una reciente reforma (1994) haber sobrevivido un artículo que discrimina a las personas por su origen?. Según el especialista en derecho constitucional Félix Loñ, consultado por Chequeado.com, eso es posible porque el Artículo 25 forma parte de la Primera Parte de la Constitución Nacional (Declaración de Derechos y Garantías) que, debido a la extrema importancia de su contenido, en 1994 se había decidido de común acuerdo no modificar. Así, la reforma incorporó un segundo capítulo de la Primera Parte -“Nuevos Derechos y Garantías”-, dejando intacto al hoy incómodo Artículo 25.
Fuente: Constitución Nacional

Comentarios

  • Tormenta16 de enero de 2024 a las 12:30 amTampoco hay que comer vidrio, ese articulo por algo esta. Los que redactaron la Constitución pensaban que la civilización estaba en Europa, y también venía de allí, la gente mas bella y mas inteligente. Argentina tiene derecho de fondo, europeo, romano; derecho de forma, también europeo, (tribunales inferiores y cortes de apelaciones); arquitectura europea, idioma europeo, religión europea, adelantos tecnológicos, mayormente europeos, nuestra historia esta directamente ligada a la historia de Europa, nuestra Madre Patria es España, un pais europeo, y nuestra educación esta basada en las Universidades, también, europeas. Por si fuera poco recibimos diez millones de inmigrantes europeos. Argentina es de matriz europea, guste o no guste.

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