¿Un artículo xenófobo en la Constitución?
Una curiosidad de nuestra Constitución Nacional es el artículo 25 que, textualmente, reza: “El Gobierno federal fomentará la inmigración europea”. La pregunta es, ¿cómo puede en pleno siglo XXI, y tras una reciente reforma (1994) haber sobrevivido un artículo que discrimina a las personas por su origen?. Según el especialista en derecho constitucional Félix Loñ, consultado por Chequeado.com, eso es posible porque el Artículo 25 forma parte de la Primera Parte de la Constitución Nacional (Declaración de Derechos y Garantías) que, debido a la extrema importancia de su contenido, en 1994 se había decidido de común acuerdo no modificar. Así, la reforma incorporó un segundo capítulo de la Primera Parte -“Nuevos Derechos y Garantías”-, dejando intacto al hoy incómodo Artículo 25.
Fuente: Constitución Nacional
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