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¿Qué es un DNU?

Última actualización: 20/12/2023.

El presidente de la Nación, Javier Milei (La Libertad Avanza), anunció por cadena nacional la firma de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que dispone una masiva reforma de leyes y la desregulación de numerosos regímenes económicos. Pero, ¿qué es un DNU?

Un DNU es una herramienta prevista en el artículo 99 inciso 3 de la Constitución nacional para casos excepcionales. Si bien el texto constitucional establece que el Poder Ejecutivo Nacional no puede “emitir disposiciones de carácter legislativo”, aclara que “cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios” para la sanción de las leyes “podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”. Es decir que en casos excepcionales se habilita al Ejecutivo a legislar sin pasar por el Congreso.

El DNU fue incorporado en la reforma constitucional de 1994, aunque ya se utilizaba en presidencias anteriores sin un marco regulatorio. En la práctica tiene carácter de ley, aunque para conservar su vigencia debe ser validado por el Congreso o no ser tratado por las cámaras. La Ley 26.122 estableció que el Parlamento no puede introducir modificaciones al decreto y la única manera de derogarlo es con el rechazo de ambas cámaras. Si el decreto no es rechazado automáticamente se presume su vigencia.

Los constituyentes, además, establecieron en la reforma que los DNU no pueden ser utilizados para temas penales, fiscales y electorales. Sin embargo, hay casos donde existe un debate al respecto. En 2019, por ejemplo, el entonces presidente de la Nación, Mauricio Macri, creó por decreto de necesidad y urgencia (DNU) un régimen de extinción de dominio, una herramienta para facilitar el recupero de bienes vinculados con delitos complejos, como los de corrupción y narcotráfico. El nuevo régimen fue anunciado en la Casa Rosada por el Presidente, quien destacó que “su aprobación es urgente y los proyectos del Congreso están estancados hace años”.

Tras el anuncio de Macri, el ex ministro de Justicia de la Nación, Germán Garavano, aclaró que la extinción de dominio no era una reforma penal sino un avance en materia civil, aunque la oposición y varios especialistas (ver acá y acá) sostuvieron lo contrario y cuestionaron la validez constitucional de la medida.

 

Actualización 20/12/2023: se agregó el anuncio del presidente Javier Milei por cadena nacional.

Fecha de publicación original: 22/01/2019

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Comentarios

  • Osvaldo jaime23 de enero de 2019 a las 5:11 amEl d.n.u. propuesto por macri es solo para investigar al gobierno anterior el grupo macri es una Asociación ilícita desde hacen mas de 40 años pero ellos no entran en el decreto desde que asumio macri a pedido casi 200 mil millones de dolares que nadie sabe donde estan!!!
  • Arnaud Iribarne25 de enero de 2019 a las 5:34 pmUn DNU requiere varias condiciones: 1.- Necesidad que no se cumple en este caso porque hay un proyecto de ley que tiene media sanción y que trata Senadores. Al PEN no le agrada que Senadores modificó y exige que exista sentencia de un Juez que en Occidente determina la culpabilidad. Hasta ese momento existe la presunción de inocencia. 2.- Urgencia, que no se cumple porque en pocos días se reinican las sesiones ordinarias legislativas. 3.- Que no sea una norma penal, que en este caso no se cumple porque sería una sanción accesoria a la que determine la sentencia.
  • Walter Gamarra31 de enero de 2019 a las 1:43 amDos opiniones, en contrá no es demasiado parcial che? Dos sobre dos. El 100%. Jajaja me cierra tanto que no me cierra. Cómo el hecho de declarar la Década Ganada. La Sra presidente vio aumentado su patrimonio en diez veces. Eso justificaría sí que fue ganada la década. Ajá, y uds. muchachos digo a lo mejor ya eran dueños de una propiedad en el año 2004 como yo. Y seguí trabajando como todo el mundo, la compré durante otra famosa década la del uno a uno. No volví a comprar propiedad alguna. Che y uds? Seguro deben tener 5 o 6 propiedades más verdad?.Son impresentables.
  • Alicia1 de febrero de 2019 a las 7:49 pmQue el más corrupto del país se enarbola en " transparencia", eso no me lo banco!!
  • loli tancara8 de abril de 2020 a las 7:52 pmno entendi que es un DNU solo quiero un resumen
  • Luca PARDINI BLANCO28 de mayo de 2020 a las 12:00 pmLos DNU de no ser aceptados por la Bicameral, quedaban sin efecto pero el kirchnerismo, en el 2006, modificó el régimen por Ley, cambiando "un detalle". De no expedirse la Bicameral, en lugar de quedar sin efecto, QUEDABAN VIGENTES. Pocas palabras de diferencia. Una enormidad en la práctica. Germen del autoritarismo K. No miren a Macri tanto si no miran NADA al kirchnerismo y su "década". Porque como decía Néstor, "o es estupidez, o es traición". ¿Qué es mirar sesgado?
  • Valeria26 de octubre de 2020 a las 2:41 pmtodo para ver gobiernos temporales
  • Cristian22 de diciembre de 2020 a las 6:58 amQue falta de objetividad en los comentarios , que incompletos que mal fundamentados , el color político alambra el intelecto, reduce la visión social y hace a la manifestación de comentarios como los arriba expresados .
  • Laura7 de abril de 2021 a las 10:14 amYo me quiero que alguien me explique. Por que se aplica el DNU, hoy? Que significa y por qué se usa ahora con esto de las restricciones,
  • Laura7 de abril de 2021 a las 10:16 amYo quiero! que alguien me explique. Por que se aplica el DNU, hoy? Que significa y por qué se usa ahora con esto de las restricciones,

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