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Baja de imputabilidad de hecho


En la Argentina, de acuerdo con el Régimen Penal de la Minoridad modificado en mayo de 1983, los menores de 16 años no son punibles
. En el caso de los adolescentes de 16 a 18 años, son plenamente punibles pero recién a los 18 se les puede contabilizar el inicio de una pena.

Sin embargo, “la misma ley tiene una trampa: dice que si el menor de 16 años es pobre o está en riesgo moral, el juez podrá igual internarlo en un instituto penal el tiempo indispensable que crea necesario”, explicó a Chequeado.com la asesora general de menores de la Ciudad de Buenos Aires y directora de la Fundación Sur, Laura Musa. Esto generó, según la ex diputada del ARI, que en el país muchos menores de 16 años se encuentren privados de su libertad sin que haya mediado un proceso penal previo.

La Argentina es el único país en la historia de América latina que ha dictado sentencias de reclusión perpetua a menores de edad; doce sentencias de este tipo para ser más exactos entre 1997 y el 2003”, escribió Emilio García Méndez, jurista argentino experto en derechos de la infancia, en un artículo publicado en el diario BAE. Esa cifra es resultado de un estudio publicado en 2003 por UNICEF y el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Esta situación llevó a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenara al país tres veces en la última década. En julio de este año se resolvió el caso “Mendoza y otros con la Argentina”, donde la sentencia de la Corte IDH obliga al Estado argentino a derogar el decreto de la dictadura y avanzar en un régimen penal juvenil en línea con la Convención de los Derechos del Niño.

El proyecto que Insaurralde (Martín, candidato a diputado del FpV en la Provincia) mencionó es bueno, pero fue mal presentado porque no es de baja de edad de imputabilidad. Lo que se propone, en cambio, es un régimen especial para los adolescentes, una justicia penal adolescente que les reconozca todos los derechos y garantías del debido proceso”, puntualizó Musa sobre la iniciativa que tuvo media sanción del Senado en 2009 pero nunca consiguió la aprobación en la Cámara baja, y después de dos años perdió estado parlamentario.

El diputado Manuel Garrido (UCR) presentó recientemente un proyecto que retoma las garantías procesales de los menores que estaban incluidas en el proyecto de ley de 2009, como penas especiales, un proceso penal rápido y sin dilaciones, y que la privación de libertad opere como excepción.

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