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FrasesVerdadero, pero…
La afirmación es consistente con los datos disponibles, pero omite algún elemento del tema o su contexto.

Carlés: “Nadie paga el impuesto a las ganancias en el Poder Judicial”

Nadie paga el impuesto a las ganancias en el Poder Judicial”, dijo en una entrevista en Radio Continental Roberto Carlés, abogado penalista y candidato del oficialismo para ocupar el cargo que quedó vacante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación ante la renuncia de Raúl Zaffaroni

Efectivamente, la mayoría de los miembros de los Poderes Judiciales nacional y provinciales no tributa Ganancias, pero existen algunas provincias en donde los trabajadores de los tribunales sí lo pagan. El Poder Ejecutivo Nacional, por su parte, podría exigir el pago pero no lo hace.

Los jueces, funcionarios y empleados de los Poderes Judiciales nacional y provinciales no pagan el impuesto a las ganancias pese a estar obligados por el marco legal vigente. Pero, ¿por qué los miembros del Poder Judicial no tributan, a diferencia del resto de los ciudadanos?

Todo se remonta a la Ley 24.631, que en 1996 derogó esta exención de la ley de impuesto a las ganancias, que regía desde 1936. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación -mediante la Acordada 20/96– declaró la inaplicabilidad de esa ley dejando fuera así a los magistrados y funcionarios del Poder Judicial del pago de Ganancias. El argumento del máximo tribunal fue que afectaba la garantía de intangibilidad de la remuneración de los empleados de ese poder (es decir, que los otros dos poderes no pudieran tener injerencia en el salario que cobran los judiciales por el ejercicio de sus funciones), reconocida en el artículo 110 de la Constitución nacional.

“El proceder de la Corte fue sumamente controvertido y le valió un pedido de juicio político para sus integrantes”, destacaron los especialistas Alvaro Herrero, Martín Böhmer y Alberto Bovino, en esta nota publicada por Chequeado. Recordaron, en este sentido, tres aspectos por los cuales se trató de una decisión cuestionable: el máximo tribunal -entonces presidido por Julio Nazareno- procedió de oficio y sin basarse en un caso concreto; mediante una acordada dejó sin efecto lo establecido por una ley (algo jurídicamente incorrecto); y, por último, “el tribunal debería haberse excusado ya que se trataba de un caso que afectaba a sus propios intereses como magistrados”.

Desde entonces, los contratados, empleados, funcionarios y magistrados de la Justicia Federal de todo el país quedaron bajo el privilegio de estar eximidos de pagar Ganancias. Posteriormente, el beneficio se extendió a los miembros de los tribunales de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se sumaron.

Así lo ratificó la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Jufejus) en un Congreso reciente donde, como parte de sus conclusiones, afirmó: “La mayoría de los Poderes Judiciales, siguiendo las pautas del ente rector de la interpretación de las normas, que es la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aplicaron los mismos criterios para sus jurisdicciones provinciales en lo que se refiere al tema del tributo”.

Estas exenciones fueron más o menos recientes. En Córdoba, por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia provincial emitió en 2012 una acordada que, sumada a una decisión administrativa del año último, generó que en la práctica sus 5.100 empleados no pagaran Ganancias. Antes de la resolución del alto tribunal, 1.964 de los 5.100 agentes pagaban el tributo.

Hoy, según estima el Ministerio de Economía de la Nación, el Estado nacional no recauda $ 2.991 millones en concepto de exenciones de Ganancias para magistrados y funcionarios de los Poderes Judiciales nacional y provinciales, además de los trabajadores de menor rango.

Pero existen algunos casos de trabajadores judiciales que pagan este tributo, entre ellos se pueden mencionar los ejemplos de los tribunales provinciales de Formosa, Tucumán y de la Seccional Nº 2 de la Unión de Empleados Judiciales de Justicia de la Nación (UEJN) en la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, como denunció el mismo gremio en un comunicado por el paro del 31 de marzo.

Alejandra Romero, interventora de la Seccional Nº5 de Tucumán de la UEJN, solicitó recientemente a través de una nota al presidente de la Corte Suprema de esa provincia, Antonio Gandur, que exima “a los empleados administrativos y personal de maestranza (desde intendente hasta ordenanzas) dependientes del Poder Judicial de la aplicación del impuesto a las ganancias que se les retiene de sus haberes mensuales”.

Un impuesto que no se exige

Si bien existe la acordada de la Corte de 1996, la ley que eliminó la exención se encuentra vigente. “En ese contexto, la exigibilidad del impuesto a las Ganancias podría hacerse efectiva mediante la intimación a su pago por medio de la autoridad tributaria”, señaló Herrero, experto en Justicia y transparencia y presidente del Laboratorio de Políticas Públicas (LPP), y agregó que, “en otras palabras, el marco jurídico vigente obliga a los magistrados, fiscales y defensores públicos al pago de dicho tributo, pero estos no lo pagan y la AFIP tampoco los intima”.

Böhmer, abogado y profesor de la Universidad de Buenos Aires y de San Andrés, coincidió con Herrero y aseguró que “dada esta situación es curioso que el Poder Ejecutivo se abstenga de intimar el pago del impuesto. Lo que ocurra con posterioridad a esa intimación (previsiblemente la judicialización del tema por parte de los funcionarios que se nieguen en virtud de los argumentos constitucionales ya expuestos) será beneficioso para todos: aumentará la calidad de la deliberación sobre este tema y, eventualmente, aclarará la situación jurídica del asunto”.

Fecha de publicación original: 15/04/2015

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Comentarios

  • percri18 de abril de 2015 a las 7:52 pmEn pcia. de Buenos Aires solo no pagan los magistrados, el resto pagan todos.
  • JOSE LUIS RONCONI18 de abril de 2015 a las 11:26 pmEn Chubut todo el escalafón administrativo y de maestranza paga ganancias . Sólo están eximidos por Acordada del STJ los funcionarios y magistrados .
  • Edgardo7 de mayo de 2015 a las 9:06 pmEn la Provincia de Buenos aires todos los empleados pagamos ganancias.Solo funcionarios y magistrados estan exceptuados
    • Mariano T.22 de junio de 2016 a las 6:12 pmMuy bien, es lo que corresponde por parte de los empleados. hay que derogar lo de los jueces.
  • marina5 de septiembre de 2015 a las 11:22 amEn pcia de bs as pagan empleados y funcionarios. Los únicos exentos son los magistrados. Xq generalizan y afirman q el poder judicial no paga impuesto a las ganancia. Ningun trabajador tendria q pagar sea del poder q sea. El sueldo es una remuneración no una ganancia. Creo q seria bueno se chequee pcia x pcia. No todo pasa x la capital y los federales. Ademas chequeen las difetencias de sueldo. Igual categoria igual trabajo pero distinta remuneración y nadie dice nada.
    • María Cristina Fossati14 de enero de 2016 a las 2:18 pmEn la Pcia de Buenos Aires sólo algunos empleados, y los jubilados pagamos más que los que aún están en el mismo cargo trabajando porque el 14% que dejamos de aportar para la jubilación queda en la AFIP y en mi caso el 3% por año de antigüedad se lo lleva en gran parte el impuesto. En total dos sueldos y medio netos por año.¿No era que todos somos iguales ante la ley?
    • Mariano T.22 de junio de 2016 a las 6:14 pmEstas totalmente equivocada. Trabajadores somos todos, así que deberíamos pagar todos en la misma escala, con independencia del oriigen de los ingresoso: empleados en relación de de´pendencia, autónomos, monotributistas, jueces, ministros, diputados, etc
  • María Cristina Fossati1 de febrero de 2016 a las 10:00 am¿De qué me sirvió trabajar 40 años y tres meses aportando el 14% de mi sueldo y haberme jubilado a los 72 años para acceder a la jubilación ordinaria? En el año 2008 con un sueldo básico $3.676 y un bruto de 8.5501.78 por la antigüedad,$ me retenían del impuesto 203.57 y hoy con un básico de " 13. 929,12 de los 40 años y 3 meses de antigüedad me retienen mensualmente $10.738,70 .¿ Por qué nadie responde? Mientras tanto Gils Carbó dice que se quedará hasta junio para cumplir los 40 años e irse con el 100%. mientras a mí en 2015 me sacaron $106.000 y pico, casi 107.000 .
  • acalvento17 de marzo de 2016 a las 10:13 amTodos debeían pagar ganancias en el poder judicial,tabien los magistrados.- Ellos mismos fueron los que se eximieron por si solos y no a los empleados.- Ellos deberían renunciar a no pagar impuesto a las ganancias.- Pero no no les comviene obvio.- De los empleados que les importa........
  • acalvento17 de marzo de 2016 a las 10:16 amMI comentario esta pendiente de moderacion..... claro lo que no les conviene a los jueces y a la Corte no lo publican como si todos no lo supueran.....una verguenza... que hay que publicar cosas lindas.... QQUE BIEN QUE LOS MAGISTRADOS NO PAGUEN GANANCIAS Y LOS EMPLEADOS SI.... AOLAUSOS....MUY BIEN........Ahora siiiiiiiiiiiiiii.-
  • LAUTARO17 de marzo de 2016 a las 10:59 amTIENE TODA LA RAZON ES ASI Y NO HAY VUELTA QUE DARLE.- l MISMO ANTES LOS MAGISTRADOS NO PAGABAN PATENTE.... VERGONZOSO..LA GENTE DEJA DE COMER POR LOS DESCUENTOS DE GANANCIAS Y A LOS JUECES NO LES IMPORTA MIENTRAS A ELLOS NO LES DESCUENTEN JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA
  • LAUTARO17 de marzo de 2016 a las 11:00 amES CIERTO QUE TODOS IGUALES ANTE LA LEY mmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmmm
  • FELICITAS18 de marzo de 2016 a las 10:15 amque alguien me diga si es cierto que a partid de 1 de enero de 2016 los judiciales pagan ganancias atento el sueldo basico ???????????
    • JORGERAULAICARDI5 de mayo de 2016 a las 3:54 pmESTAS ATRASADA DE NOTICIAS , LA SCJ PROVINCIA SACO UNA RESOLUCION QUE A PARTIR DE ENERO 2016 EL IMPUESTOS GANANCIAS , SE APLICA SOBRE EL SUELDO BASICO , ESA RESOLUCION NO ALCANZA A LOS JUBILADOS DEL PODER JUDICIAL , TE PARECE BIEN ?

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