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FrasesEn proceso, adelantada
Se tomaron parte de las medidas necesarias y se trabajó para lograr la promesa, aunque todavía no está cumplida.

Javier Milei y su promesa a un año como presidente: “Vamos a reformar varios aspectos de la Ley de Seguridad Nacional”

Si tenés sólo unos segundos, leé estas líneas:
  • El Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto para modificar la Ley de Seguridad Interior y habilitar la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas policiales.
  • La iniciativa permite que los uniformados actúen en casos de terrorismo sin necesidad de que el Congreso declare el estado de sitio.
  • El proyecto se encuentra en la Cámara de Diputados, pero aún no cuenta con dictamen de mayoría para ser tratado en el recinto.

Tanto en el debate presidencial como en su plataforma de campaña, el entonces candidato y actual presidente de la Nación, Javier Milei (La Libertad Avanza), prometió: “Vamos a reformar varios aspectos de la Ley de Seguridad Nacional”.

A un año de asumir como presidente, esta promesa se encuentra “en proceso, adelantada”. El gobierno de Milei envió al Congreso un proyecto que busca modificar la Ley de Seguridad Interior para permitir la intervención de las Fuerzas Armadas bajo ciertas circunstancias. El proyecto se está debatiendo en la Cámara de Diputados, pero aún no cuenta con dictamen de mayoría para ser tratado en el recinto.

Según la metodología de Chequeado, una promesa se encuentra “en proceso, adelantada” cuando “se tomaron parte de las medidas necesarias y se trabajó para lograr la promesa, aunque todavía no está cumplida”.

Qué es la Ley de Seguridad Interior

La Ley 24.059, sancionada en 1991 durante el gobierno de Carlos Menem (Partido Justicialista), establece “las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la seguridad interior”.

La norma define a la seguridad interior como “la situación de hecho basada en el derecho en la cual se encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional”.

¿Pueden las Fuerzas Armadas intervenir en seguridad interior?

Las Fuerzas Armadas no pueden intervenir en tareas de seguridad interior, según la ley actual. Esto se desprende de 3 leyes: la Ley de Defensa Nacional (1988), la Ley de Seguridad Interior (1991) y la Ley de Inteligencia Nacional (2001).

Sin embargo, como se explicó en esta nota de Chequeado, hay 3 supuestos contemplados en estas regulaciones en los que las Fuerzas Armadas pueden intervenir:

  1. En apoyo logístico a través de un Comité de Crisis.
  2. Ante acciones violentas dentro de una jurisdicción militar.
  3. En caso de amenaza que supere las capacidades de las fuerzas policiales, previa declaración del estado de sitio por parte del Congreso.

¿Qué propone el proyecto presentado por el gobierno de Javier Milei?

La iniciativa presentada en agosto en la Cámara de Diputados amplía el rol de las Fuerzas Armadas en su participación ante la creación de un Comité de Crisis.

Ante casos judiciales caratulados como terrorismo, el proyecto permite que el Comité pueda solicitar al Ministerio de Defensa el despliegue de efectivos militares para cumplir tareas de patrullaje, control de personas y vehículos, operaciones de control en puestos fijos o móviles, control y vigilancia de inmuebles y detenciones en flagrancia.

Además, en caso de detectar presuntos delitos, faculta a las Fuerzas Armadas a usar la fuerza bajo los mismos criterios que las fuerzas policiales: de forma “racional, progresiva y proporcional”.

Horacio Jaunarena, abogado y ex ministro de Defensa en 3 presidencias distintas (Raul Alfonsín -Unión Cívica Radical-, Fernando De la Rúa -Alianza- y Eduardo Duhalde -Partido Justicialista-), fue convocado como especialista al debate de comisiones en la Cámara de Diputados: “Si son convocadas las Fuerzas Armadas para intervenir en un conflicto donde intervienen prevalentemente las fuerzas de seguridad, es muy probable que convivan bajo una misma fuerza militares, gendarmes, prefectos y policías. Frente a esta situación, no queda claro en el proyecto quién manda y, según mi experiencia, puedo anticipar que es muy complejo coordinar una cadena de mandos si no está claramente establecido por la ley”.

También cuestionó que no está claro cuál va a ser la asistencia presupuestaria para este nuevo formato. Y agregó: “La formación de un integrante de una fuerza de seguridad es para disuadir al que está cometiendo un delito. En cambio, el hombre de las Fuerzas Armadas tiene la obligación de destruir al enemigo. Son formaciones completamente diferentes”.

Ante la presentación del proyecto, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) señaló: “Es incomprensible en qué situación de ataque terrorista sería útil que los militares hagan operativos de identificación de personas en las calles”. Y agregó: “Al mismo tiempo, implica una denigración de la función militar. Personas formadas para la defensa de la soberanía deberían ir a la calle a cumplir las tareas policiales más básicas”.

El abogado constitucionalista Felix Lonigro, por su parte, consideró que no es inconstitucional que el Presidente pueda decidir la intervención de las Fuerzas Armadas en seguridad interior y que, por el contrario, es inconstitucional la ley vigente, por exigir el requisito del estado de sitio.

Los cambios realizados por decreto en las últimas décadas

Pese a que las 3 leyes mencionadas anteriormente tienen más de 2 décadas de vigencia, el marco legal ha cambiado en los últimos años. La Ley de Defensa (1988) había definido que las Fuerzas Armadas intervenían en caso de una “agresión de origen externo”.

Néstor Kirchner (Frente para la Victoria) dictó en 2006 un decreto que estableció que una “agresión de origen externo” era “el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de nuestro país”.

En 2018, Mauricio Macri (Cambiemos) modificó ese decreto y dispuso que las Fuerzas Armadas “serán empleadas en forma disuasiva o efectiva ante agresiones de origen externo contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de la República Argentina, la vida y la libertad de sus habitantes”. Es decir que ya no habilitaba sólo a intervenir en ataques perpetrados por los ejércitos de otros Estados, sino ante ataques externos contra la soberanía.

En 2020, Alberto Fernández (Frente de Todos) derogó el decreto de Macri y restituyó el de 2006, que aún está vigente.

Sobre este punto, Jaunarena destacó: “Mientras se postula la intervención operativa de las Fuerzas Armadas en temas de seguridad simultáneamente sigue vigente el decreto reglamentario de la Ley de Defensa según la cual las Fuerzas pueden intervenir exclusivamente en caso de ataque exterior por un ejército extranjero, así que acá hay una situación ambivalente entre lo que postula el proyecto de ley y lo que está vigente a través de la reglamentación de la Ley de Defensa”.

La discusión revela divisiones sobre el papel de las Fuerzas Armadas en la seguridad interior y las implicancias legales, operativas y éticas de esta reforma. De todas maneras, la promesa de Milei se encuentra “en proceso, adelantada”. El Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto para modificar la Ley de Seguridad Interior y habilitar la intervención de las Fuerzas Armadas en tareas policiales. El proyecto se encuentra en la Cámara de Diputados, pero aún no cuenta con dictamen de mayoría para ser tratado en el recinto.

 

EN PROCESO, ADELANTADA: se tomaron parte de las medidas necesarias y se trabajó para lograr la promesa, aunque todavía no está cumplida.

Fecha de publicación original: 09/12/2024

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