Lozano: “Dicen que van a gravar la renta pero en realidad van a gravar la rentita”
“El proyecto oficial dice que van a gravar la renta pero en realidad gravan la rentita, porque exime a la Bolsa, al mercado de valores y demás, no toma la renta financiera de los depósitos”, aseguró Claudio Lozano, diputado y candidato a senador por Camino Popular, tras el debate en Diputados sobre la modificación del Impuesto a las Ganancias.
Los dichos del diputado son ciertos. El proyecto enviado por el oficialismo al Congreso sólo grava una parte de una de las seis actividades económicas que están exentas del pago de Ganancias.
El oficialismo presentó la semana última un proyecto de ley que plantea gravar con una tasa del 10% a los dividendos y utilidades que distribuyan los socios de las empresas; y con una alícuota del 15% a la compraventa de acciones, títulos, bonos y demás títulos valores, cualquiera sea el sujeto que las obtenga.
El argumento central del proyecto, que ya tiene media sanción de Diputados, es “lograr un mayor equilibrio fiscal redistribuyendo la carga tributaria, eliminando distorsiones económicas y generando recursos necesarios para el financiamiento del gasto y la inversión pública”.
El costo de las exenciones del Impuesto a las Ganancias está detallado en el Presupuesto nacional, bajo el rótulo de “Gasto fiscal”. Para 2013, el monto fue de $11.285 millones, mientras que un año antes era de $10.236 millones. Éstas refieren al no cobro de impuestos existentes.
Según los cálculos difundidos por el Gobierno, la exención del pago de Ganancias a quienes cobren menos de 15 mil pesos y la suba del mínimo no imponible, implicarán un costo fiscal de $4.495 millones en el último cuatrimestre del año. La cifra anualizada es de 13.485 millones de pesos.
“Es difícil calcular cuánto representan las transacciones que no están gravadas, es decir, las exclusiones de objeto”, explicó Luis Omar Fernández, especialista en tributos y autor del blog Los Salieris de Jarach. Pese a esto, Fernández consideró que aquellas acciones no gravadas constituyen un monto mayor que las que serían incluidas en el Impuesto a las Ganancias según el proyecto redactado por Héctor Recalde (FpV).
A la misma conclusión llegó Darío Rossignolo, profesor de Macroeconomía de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y consultor especializado en políticas fiscales: “No están gravando la renta financiera completa ni tampoco las ganancias de capital. Se tomó una parte pequeña”. Además, estimó que las acciones que cotizan en la Bolsa, al vincularse a las grandes empresas, son de mayor magnitud que las que no cotizan allí.
El Presupuesto nacional de 2013 tiene seis puntos que indican los sectores exentos de pagar Ganancias, que implican $11.285 millones que deja de recibir el Estado. Sin embargo, en dos de las seis exenciones el Ministerio de Economía no aporta datos, por lo que la cifra mencionada está subestimada.
Los seis puntos son: títulos públicos; depósitos en entidades financieras y Obligaciones Negociables percibidos por personas físicas; ganancias de asociaciones civiles; ganancias por derechos de autor; ganancias de personas físicas residentes en el país y del exterior por compraventa de acciones y demás títulos valores; y la exención a los salarios de los funcionarios del Poder Judicial.
De estos seis puntos, sólo se estaría gravando una parte del referido a las ganancias por compraventa de acciones, ya que el proyecto del oficialismo exime del nuevo impuesto a las empresas que cotizan en Bolsa.
Otra crítica que recibió la iniciativa del Gobierno fue la decisión de establecer tasas específicas para los dos nuevos impuestos. “Las alícuotas propuestas, del 10% y 15%, son independientes del monto gravado. De incluirse en las generales del impuesto serían crecientes, pudiendo acercarse hasta a un 35% que es la alícuota más grande del Impuesto a las Ganancias”, indicó Carlos Martínez, economista y profesor de la Universidad Nacional de General Sarmiento.
Fecha de publicación original: 10/09/2013
Comentarios
Si lo hacen con depósitos en entidades financieras y Obligaciones Negociables percibidos por personas físicas, aumentarían el costo del dinero, generando inflación.
En cuanto a las ganancias de asociaciones civiles es un oxímoron, ya que las solciedades civiles por definición no persiguen fines de lucro (o ganancia).
La compraventa de acciones y demás títulos valores no puede gravarse porque generaría inflación de los bienees o servicios que producen las empresas emisoras de las acciones.
Recuérdese que los salarios de los funcionarios del Poder Judicial no están exentos, pero la Corte emitió una acordada por encima de la ley.
Sólo resta que expliquen la exención sobre los derechos de autor.
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